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La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia que marca un antes y un después en la protección de las víctimas de accidentes de tráfico. La aseguradora implicada ha sido condenada a indemnizar con 1.098.391 euros a un motorista que perdió su pierna derecha tras un accidente ocurrido en 2022, garantizándole la cobertura de prótesis presentes y futuras para toda la vida.
El siniestro tuvo lugar en la M-407 (Leganés-Griñón), cuando otro vehículo invadió el carril del motorista, provocando una colisión lateral que lo lanzó contra los temidos guardarraíles. La víctima, un hombre de 46 años y ciclista federado, sufrió lesiones tan graves que fue necesario amputarle la pierna derecha. La dureza del accidente dejó al motorista enfrentándose a una nueva vida donde la necesidad de prótesis avanzadas sería esencial para recuperar parte de su autonomía.
La disputa en los tribunales se centró en la cantidad y tipo de prótesis que la aseguradora debía cubrir. La compañía reconocía la necesidad de dos prótesis, pero el abogado del afectado, Abelardo Moreno, especialista en la defensa de lesionados graves, defendió que su cliente necesitaba tres: una para el uso diario, otra deportiva y una específica para el baño.
El tribunal acabó respaldando esta última postura y argumentó que garantizar estas tres prótesis era imprescindible para asegurar una "calidad de vida digna" y minimizar las secuelas del accidente.
“Esta sentencia no solo garantiza una reparación justa para mi cliente, sino que también establece un precedente fundamental en la protección de los derechos de las víctimas de accidentes de tráfico más vulnerables, como son los motoristas”, declaró Moreno tras conocer el fallo.
El tribunal consideró varios factores para justificar la necesidad de tres prótesis. En primer lugar, destacó la importancia de preservar la funcionalidad y la durabilidad de las prótesis. Aunque existen modelos avanzados como la Genium X3, capaces de mojarse, el uso frecuente en entornos acuáticos reduce su vida útil. Por ello, se considera necesaria una prótesis exclusiva para el baño.
Además, el tribunal insistió en que la reparación del daño debe ser integral, tal y como recoge la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro. Esto implica cubrir no solo las necesidades básicas, sino también garantizar la autonomía y bienestar del afectado en todas las áreas de su vida.
El fallo establece una compensación destinada a cubrir los costes de las tres prótesis a lo largo del tiempo, teniendo en cuenta el avance tecnológico en este campo. Los importes asignados son los siguientes:
Prótesis de uso diario: 484.924,49 €
Prótesis específicas para baño: 336.381,13 €
Prótesis deportivas: 277.085,69 €
El tribunal también tuvo en cuenta que el costo de estas prótesis puede aumentar en el futuro debido a los avances tecnológicos, por lo que prefirió una indemnización capitalizada en lugar de pagos periódicos.
Durante el proceso, la aseguradora intentó argumentar que parte de los gastos deberían ser asumidos por el sistema público de salud o por la mutua de accidentes laborales, Fremap. Sin embargo, el tribunal desestimó este argumento y dejó claro que la aseguradora del vehículo era la única responsable de garantizar la cobertura de las prótesis.
El fallo también recalcó que no se había demostrado que el sistema público hubiera financiado la prótesis ya instalada, ni que la víctima debiera recurrir a procesos administrativos cada vez que necesitara renovar sus prótesis.
Para el abogado Abelardo Moreno, este fallo marca un hito en la interpretación de la responsabilidad civil en accidentes de tráfico: "Pone de relieve la importancia de garantizar prótesis adecuadas y actualizadas para las víctimas de accidentes de tráfico, considerando los avances tecnológicos y la evolución de sus necesidades a lo largo del tiempo", concluyó.
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Además, Moreno destacó que este tipo de sentencias podrían ser clave para impulsar una revisión del baremo de indemnizaciones, que, en muchos casos, no contempla los costos reales de las prótesis más avanzadas y necesarias.