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Ahora sí: los intercomunicadores de moto serán legales con la Ley de Tráfico 2021

Publicado el 18/10/2021 en Actualidad del sector

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TCRedacción 
@todocircuitoweb

El temor por ser multados mientras circulamos en moto utilizando nuestro intercomunicador del casco tiene los días contados. Después de años de lucha por reconocer la legalidad de estos dispositivos -hasta ahora sumidos en una especie de limbo legal-, la última revisión de Ley de Tráfico aborda directamente el empleo de los intercomunicadores de moto y aclara, por fin, su legalidad. 

Hasta ahora, la decisión de sancionar a un motorista por utilizar un sistema de comunicación adaptado al casco dependía de la voluntad del agente de tráfico que nos parara. Algunos hacían la vista gorda y entendían que su uso es legal, pero también había otros agentes que imponían multas de 200 euros y retiraban tres puntos del carnet al dar por sentado que el motorista estaba empleando un sistema de audio ilegal acoplado dentro del casco.

Toda esta incertidumbre que durante años ha afectado al uso de estos dispositivos inalámbricos que facilitan la comunicación del motorista con su entorno ha llegado a su final. Durante el paso por el Senado de la nueva Ley de Tráfico 2021 que está puliendo el Congreso, se ha producido una modificación del apartado 3 del artículo 13 del reglamento, el mismo que sigue prohibiendo "la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares".

Ahora, este apartado cuenta con una excepción que hace referencia directa al uso de intercomunicadores para motoristas, siempre y cuando cuenten con la contraseña de homologación europea: "No se considerará dentro de la prohibición, la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción".

De este modo, dentro de poco podremos circular con total tranquilidad mientras empleamos nuestro intercomunicador sabiendo que no seremos multados. Estos dispositivos permiten hablar libremente con nuestro pasajero, con otros compañeros de ruta que estén dentro de una distancia cercana, contestar llamadas, escuchar música o recibir las instrucciones del navegador GPS del teléfono móvil o de la propia motocicleta.

/IntercomunicadorSenna

Además, en previsión de que los fabricantes de intercomunicadores y otros dispositivos tecnológicos para el motorista ofrezcan nuevas funciones en el futuro, la Ley de Tráfico se guarda el derecho de vetar o permitir estas nuevas funcionalidades en función del grado de distracción que puedan ejercer en el motorista: "Reglamentariamente se podrán establecer otras excepciones a las prohibiciones previstas en los párrafos anteriores, así como los dispositivos que se consideran que disminuyen la atención a la conducción, conforme se produzcan los avances de la tecnología".

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Si todo va según lo previsto, la nueva Ley de Tráfico 2021 debería aprobarse antes de acabar el año, cuando el Congreso apruebe y publique en el BOE los últimos cambios que ha sufrido el texto tras su reciente paso por el Senado.

Tags: intercomunicador moto, ley de trafico, intercomunicadores.


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