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A pocos días del arranque oficial del Mundial de Motociclismo en Losail, la empresa propietaria de sus derechos, Dorna Sports, acaba de recibir un varapalo importante. El Tribunal Supremo ha publicado un total de doce sentencias relacionadas con varios casos fiscales abiertos contra Dorna Sports en las que se confirma que dos de sus directivos, Carmelo Ezpeleta -CEO de Dorna- y Enrique Aldama, simularon en 2003 y 2004 una compraventa de acciones para obtener ventajas fiscales y un reparto de dividendos encubierto.
El alto tribunal entiende que, a parte de tener que hacer frente a las liquidaciones del impuesto de sociedades e IRPF correspondientes (Hacienda calculó inicialmente una cuantía de 25,5 millones de euros con intereses de demora, que tendrá que ser corregida ligeramente a la baja) cometieron una infracción grave a la Ley General Tributaria al mediar ocultación, por lo que tendrán que pagar una sanción económica.
De acuerdo a la decisión del Tribunal Supremo, Carmelo Ezpeleta y Enrique Aldama, con sus respectivas cónyuges en cada caso, deben pagar 3,9 millones de euros y 2,7 millones respectivamente en concepto de IRPF del año 2004. Además, la sentencia establece que ambos cometieron una infracción grave por dejar de ingresar la correspondiente cuota tributaria, por lo que Hacienda deberá establecer contra ellos la correspondiente sanción.
La simulación apreciada por Hacienda, la Audiencia Nacional y ahora el Supremo se produjo en 2003 y 2004 en una operación de venta de participaciones de Dorna a una sociedad con un capital suscrito por los mismos socios vendedores, financiada mediante un préstamo, y cuyo importe se destina en parte a los socios, persiguiendo en realidad un reparto de dividendos encubierto, según reza el comunicado de prensa emitido por el TSJ.
En julio de 2010, la Inspección de Tributos le impuso a Ezpeleta una sanción de 5,1 millones de euros y a Aldama otra de 1,2 millones por considerar que la infracción tributaria era muy grave (no sólo habría medido ocultación sino también medios fraudulentos), pero la Audiencia Nacional consideró, por el contrario, que era infracción leve. El Supremo ha estimado ahora parcialmente los recursos del abogado del Estado y establece que la infracción es grave (sí hubo ocultación pero no empleo de medios fraudulentos), por lo que Hacienda debe recalcular ahora las dos sanciones.
La mayor incidencia de la decisión del Supremo es en los impuestos de Sociedades de Dorna Sports SL de los años 2003, 2004, 2005 y 2006, por los que inicialmente Hacienda giró una cuota a ingresar de 16,6 millones de euros, por la simulación de la compraventa mencionada y también por lo que consideraba improcedente deducción de un fondo de comercio surgido en fusiones en los ejercicios 1999 y 2003. A ello sumó una sanción por infracción muy grave de 17,2 millones de euros.
La Audiencia Nacional corrigió esas liquidaciones y señaló que no correspondía anular las deducciones relativas al fondo de comercio, pero sí apreció la simulación de la compraventa (que supone la mayor parte de la liquidación calculada), y además rebajó la infracción de muy grave a leve. El Supremo ratifica lo hecho por la Audiencia en cuanto a las liquidaciones, pero eleva a grave la infracción, por lo que Hacienda deberá recalcular la liquidación y además imponer sanción por falta grave.
Fuente: Comunicación Poder Judicial
Foto: Motogp.com