Ya tengo respuestas:
Ponemos el ejemplo, vas con tu carro con dos circuiteras por la carretera y te para la guardia civil:
El seguro no es obligatorio pues no vas circulando con ella, en este caso responde el seguro del coche, siempre y cuando lleves en regla la itv del carro la itv de la bola del coche y el seguro de tu coche contemple que estas asegurado para llevar remolque al tener bola para ello. Por lo tanto no todo vehiculo dado de alta tiene que estar aseguardo obligatoriamente. Imaginaros que en una estacion de servicio bajas la moto del carro, la guardia civil te puede pedir toda la documentacion obligatoria (p. de circulacion, itv y seguro) pero si la tienes en carga no, ya que es como si llevaras tomates y en este caso te protege el seguro del coche y debieras demostrar la procedencia o propiedad de la carga. Solo te puede pedir que demuestres que es tuya, (factura de compra o cualquier otro docuemnto que acredite la procedencia o el propietario de la misma).
Resumiendo: El seguro del coche responde del remolque y de su carga y en cuanto a la moto si tienes la obligacion de documentar su propiedad. (P. de circulacion y si es el caso de paco l que no tiene documentacion la moto, con la factura de compra seria valida especificando el bastidor que identifica la misma.
Esto es lo que me a comentado mi colega que es guardia civil de trafico. Tb me ha dicho que segun el gc que te encuentres, pero por eso hay que estar bien informado.