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Anterior 25-mar-2014, 12:12   #1
Dodi
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Nueva Ley de seguridad vial
 
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Predeterminado Nueva Ley de seguridad vial

Hola a todos,

El congreso ha aprobado la nueva Ley de tráfico, que entrará en vigor al mes de su publicación, lo que se producirá en los próximos días, asimismo antes del verano se prevé la aprobación de un nuevo Reglamento General de Circulación que desarrollará algunos aspectos de la Ley.

Aunque hay cantidad de información sobre la misma en todos los medios de comunicación y en google y os adjunto un pdf de Tráfico, os resumo brevemente las reformas más importantes (disculpar el ladrillo):

- Se prohíbe la utilización de detectores de radar e impone a quien la incumpla una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena de 6.000 euros de multa y la retirada de seis puntos. También hay multa para el taller que lo instala: 20.000 euros. Solo serán legales los avisadores de radar.

- El límite máximo en autopista y autovía sigue siendo de momento de 120 km/hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad a 130 km/hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular a 130 km/h. En las carreteras convencionales la velocidad máxima será de 90 km/h (o 70 km/h, en función de la anchura del carril, no del arcén, como hasta ahora).

- Se aumentan las multas por conducir bajo los efectos de alcohol y drogas, en caso de alcohol la multa será de 500 euros y además se retirarán 6 puntos. En caso de que se duplique la tasa permitida o se sea reincidente la multa económica será de mil euros. En caso de drogas, independientemente del tipo de la misma y a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica será multado con 1.000 euros y 6 puntos.

- Niños: se prohíbe que los niños de menos de 1,35 metros de altura vayan en los asientos delanteros. Los agentes podrán inmovilizar el vehículo si el menor no va en su asiento de retención infantil.

- Ciclistas: la nueva ley obliga al uso del casco a los ciclistas menores de 16 años en las ciudades (ya es obligatorio en las vías interurbanas). Los ciclistas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida, fijada en el 50% del límite máximo. Los agentes no podrán inmovilizar la bicicleta a quienes incumplan este requisito.
- Se prevén zonas 20 y 30 para que las ciudades permitan reducir la velocidad de vehículos motorizados a un máximo de 20 y 30 km/h

- Nueva causas para que los agentes que regulan la circulación puedan multar sin necesidad de parar al conductor.

- Se amplía a 20 días el plazo para pagar multas con el 50% de descuento y para hacer alegaciones, si se opta por no pagar con reducción.

- Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales (por ejemplo restringir la circulación en el centro de las ciudades por contaminación).

- En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo.

- Y por último, os comento algunas otras sanciones que se han elevado:

No notificar el conductor responsable se sancionará al titular del vehículo con el triple de la cuantía de la multa, es decir, podría sancionarse hasta con multa una multa de 1.800.-€!!!!!!, aunque no supondrá la retirada de puntos.

Circular con un turismo o una furgoneta inferior a 3.500 kg sin el seguro obligatorio será sancionado con 1.500.-€ aunque no supondrá la retirada puntos. Si el vehículo está parado y no tiene seguro la sanción será de 800 euros. El nuevo reglamento concede un ‘mes de gracia’: en caso de que la ausencia de seguro sea debido al reciente vencimiento del mismo, se dispone de un mes para solucionarlo.

Saludos.
Archivos adjuntos
Tipo de archivo: pdf NP-Aprobacion-Congreso-Ley-de-Seguridad-Vial.pdf (68.8 KB, 1 vistas)
Tipo de archivo: pdf Cuadro infracciones y sanciones.pdf (49.5 KB, 5 vistas)

Editado por Dodi en 26-mar-2014 a las 10:43
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Los siguientes 2 usuarios le han dado las gracias a Dodi por este post:
Anterior 26-mar-2014, 10:44   #2
Dodi
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Lo edito para añadir un cuadro de infracciones y sanciones, tanto general como de velocidad, que me parece muy interesante .....
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Anterior 27-mar-2014, 01:23   #3
fitupo
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Mil gracias
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Anterior 27-mar-2014, 02:29   #4
TornadoR
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Muchas gracias por la aportación.

Tengo una duda al respecto.. si yo atropello a un jabalí que a pasado corriendo por la carretera tras pasar por una valla en mal estado (que las hay), y me estampo contra una señal,.. he de comerme los daños, pagar la señal e indemnizar al jabalí ?? es decir, que si atropello a un animal que cruce el estado se limpia las manos? Tendrán algún tipo de responsabilidad a la hora de proteger las carreteras no? ya que somos los intrusos..

Otra, que igual no la he entendido bien,.. un vehículo parado sin seguro,.. multa de 800e? es decir, si tengo un coche en el parking, parado, aún de alta y me vence el seguro,.. decido no sacárselo por una temporada, pues ... porque no tengo un duro ni para comer,por ejemplo, no quiero gastar en bajas temporales pues vale un dinero por poco que sea, y me dispongo a venderlo, qeu no malvenderlo , que no es fácil, es posible que me llegue a casa una bonita sanción de 800e pues detecten en tráfico un coche dado de alta sin seguro?(situación hipotética que está pasando a mucha gente, el no tener un duro)

Por lo demás no veo mas que euros y euros y euros.. 500e si te pillan ebrio y por el doble 1000, a vale osea.. mi vida tiene un precio... al que le pillen bebido se le retira el carnet de conducir y a la cárcel coño. Y luego el que conduce sin seguro.. no será que es porque no tiene un duro? y le van a hacer pagar 1500e? Esto ya estaba creo lo que no se si a ese precio.. pero.. sin puntos? y volvemos a lo mismo dinerillo pa la saca que el atropellado ya se buscará luego la vida. Pero claro no vamos a meter a la cárcel a un tio que vaya sin seguro o borracho a la primera de cambio, porque si renicide pues multiplicamos x2 lo recaudado. Cuanta hipocresía, más de lo mismo y lo mismo de simpre.
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Anterior 27-mar-2014, 10:45   #5
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Hola Tornador,

Pues esas preguntas que tu tienes las tenemos casi todos ......... habrá que esperar a ver como se aplican o a ver si el Reglamento General de Circulación aclara algo al respecto.

De todas formas, en relación al atropello de especies cinegéticas, el nuevo texcto de la Ley indica que "También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos."

Además no será responsabilidad del conductor si hubiera habido una batida de caza en las 12 horas precedentes.

En fin, esta prohibido hablar de política, pero parece que los propietarios de cotos de caza o tienen mucho poder o tienen buenas amistades en este gobierno ........ pero bueno mejor dejar la política .......

Respecto a lo del seguro, recordar que solo se sanciona a los vehículos estacionados en la vía pública o que estén circulando, NO a los estacionados en garajes o propiedades privadas.

Saludos.
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Anterior 27-mar-2014, 19:15   #6
Dodi
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Una pequeña corrección al hilo de lo que dice Tornador, efectivamente la multa por no llevar seguro viene de lejos, pensaba que habían actualizado ahora el importe de la sanción, pero no, me he hecho la picha un lío con tanta reforma, pero ese importe ya se fijó en la anterior reforma que modificó el artículo 3 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor……..

Disculpar el error y tomarlo como un recordatorio y no como una novedad.

Ya que he estado refrescando esa Ley, he visto que aunque hasta ahora solo se multa a los vehículos sin seguro estacionados en la vía pública, según dicha Ley dicha todos los vehículos matriculados deben tener seguro …….. o sea que te podrían multar aunque este estacionado en un garaje o propiedad privada si está matriculado…….. o dicho de otro de modo si dejas de pagar el seguro de un vehículo deberías también tramitar su baja temporal en tráfico.

La sanción por no identificar al conductor tampoco se ha tocado, también viene de la anterior reforma.

Ya veis que carajal legislativo y que profesión tan apasionante.
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Anterior 28-mar-2014, 15:31   #7
TornadoR
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Sisi apasionante profesión jejeje pero para ti eh!

Habrá que esperar a ver.Lo del atropello de especies se ve más lógico con los matices.
Lo de poder multar un coche que esté en su garaje estacionado puesno me parece bien la verdad. Cuando a un conductor lo paran, le piden el carnet de conducir y el seguro. Si no lo tiene, sabe que se la esta jugando y lo mismo pasa si no tiene carnet, con lo que, aunque tengas seguro, sin carnet este queda invalidado pues la compañía no se haría responsable.
Con esto quiero decir que un vehículo parado en un garaje no se vuelve seguro para el resto de ciudadanos por tener un seguro en caso de que siga dado de alta. Exagerando es como decir que hay que sacarse un carnet para tener cuchillos en la cocina. Ese vehículo puede estar dado de baja temporal para no pagarse el seguro y no tener que pagar así ninguna sanción, pero ahí está, y el propietario, si es el mismo que lo hubiese cogido sin seguro, lo hará estando de baja temporal. Se la está jugando si, pero también se la está jugando sin seguro. No se si me explico.
No creo que sea la solución porque aunque el desconocimiento de la ley no te exima de ella, estoy seguro que mucha gente, por tal desconocimiento acabará pagando una sanción. Así que volvemos a tener un cambio de ley con carácter recaudatorio.
No hubiese sido mas lógico aplicar pena de cárcel a todo aquel que conduzca fuera de la ley? Sin reincidencias. Todo el mundo sabe que está bien y que está mal. Todo lo que venga sólo con euros detrás, pera mi no es mas que por lo mismo de siempre. El dinero siempre ira por delante de la seguridad.

Se agradece la información se ve como algunas cosas nos las van metiendo poco a poco. Pero como son causas de menos repercusión social pues sólo van sumando, al igual que el pago de las sanciones.
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Anterior 20-oct-2015, 10:31   #8
elsabasset
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Gracias por la aportación .
Efectivamente hay muchas normas que no se han tocado. Siguen poniendo infracciones por cosas que podrían solucionarse previamente, en el caso de la señalizacion vial barcelona es un auténtico desastre y estamos pagando multas por una mala gestión de tráfico.
Si van haciendo los cambios con cuentagotas, podemos esperar sentados.
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