Todocircuito

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Gonzrr 04-jun-2020 23:23

Cita:

Originalmente publicado por DarkGio (Post 715128)
Y si la llevas de serie pues multaran por alguna historia... que pena que estemos tan vendidos.

Asi es y yo con la r6 comprada nuevecita y con 700km me parece que este verano pocos mas voy hacer porque paso de multas por estos incompetentes, que vergüenza

juDDen 06-jun-2020 09:13

Cita:

Originalmente publicado por Gonzorr (Post 715162)
Asi es y yo con la r6 comprada nuevecita y con 700km me parece que este verano pocos mas voy hacer porque paso de multas por estos incompetentes, que vergüenza

Hombre no usar la moto por si te multan me parece un poco radical. Mientras no te calientes con la velocidad la moto está para usarla.

Sobre el tuning y demás yo no soy muy partidario pero hay cosas que siempre gusta mejorar. Ahora, si llevas un escape que se te escucha desde 14km yo si fuera guardia también te pararía, pero de serie no entiendo tu miedo.

Ahora, llevamos motos que son como ir en un formula 1 por la calle y son para correr. De hecho si no corres es aburrida e incomoda. Por eso el único miedo que tengo es la velocidad, que es muy fácil pasarte por el doble o más y que te cace el Pegasus.

Cuanto más entro en circuito menos sentido le veo a la R en la calle. Sólo he tenido Rs y una R1150R rockster y a lo mejor le veo más sentido a ese tipo de moto o cualquier otro que al nuestro para hacer salidas. Pero para gustos colores :gayer

Gonzrr 06-jun-2020 09:29

Cita:

Originalmente publicado por juDDen (Post 715209)
Hombre no usar la moto por si te multan me parece un poco radical. Mientras no te calientes con la velocidad la moto está para usarla.

Sobre el tuning y demás yo no soy muy partidario pero hay cosas que siempre gusta mejorar. Ahora, si llevas un escape que se te escucha desde 14km yo si fuera guardia también te pararía, pero de serie no entiendo tu miedo.

Ahora, llevamos motos que son como ir en un formula 1 por la calle y son para correr. De hecho si no corres es aburrida e incomoda. Por eso el único miedo que tengo es la velocidad, que es muy fácil pasarte por el doble o más y que te cace el Pegasus.

Cuanto más entro en circuito menos sentido le veo a la R en la calle. Sólo he tenido Rs y una R1150R rockster y a lo mejor le veo más sentido a ese tipo de moto o cualquier otro que al nuestro para hacer salidas. Pero para gustos colores :gayer

Joder pero si te paran por portamatriculas, tapa de colín etc etc, con nada que cambias ya te quieren denunciar, yo llevo escale pero con db killer y el portamatriculas cambiado fijo y ya me an parado y mira las multas absurdas que an puesto a gente

juDDen 06-jun-2020 11:51

He estado ojeando y la sanción será: art76.o) Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.

O sea que la sanción vendría por "incumplir condiciones técnicas reglamentariamente establecidas" y la pregunta ahí es ¿cuáles? y el otro motivo es por "infracción relativa a las normas de la ITV" y también hay que ver cuáles.

Sobre el Manual de Reformas, según dice El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio:
20. Manual de Reformas de Vehículos: Documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Este manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV. El manual será actualizado cuando se modifique la tipificación de las reformas o los criterios reglamentarios en materia de vehículos, tanto de carácter nacional como de la Unión Europea.

Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo.

El art. 8. Inspecciones técnicas.
1. El titular del vehículo, o persona por él autorizada, al que se le haya efectuado una reforma, está obligado a presentar el mismo a inspección técnica en el plazo máximo de quince días, aportando la documentación según se determina en el manual de reformas de vehículos. El alcance de la inspección será el delimitado por el manual de reformas de vehículos y en su ejecución se utilizará el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV.

En el manual de reformas (Grupo 8, Carrocería vehículos de categorías L, quads y UTV. 8.1) se establece que no se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero.

Yo entiendo de todo ésto que el colín que traen las R de serie para intercambiar con el asiento no necesita reforma pero la duda es cómo acreditas que el colín con el que te han sancionado cumple la normativa técnica y las normas de la ITV. Que no requiera pasar por el trámite de la reforma no implica que cumpla el resto de normativa. Si se aplica de manera extensiva lo del manual ¿Podría yo sustituir el colín de fábrica por una plancha de acero y poder circular al no considerarse reforma? ¿Hay vía libre para hacer lo que se quiera sobre el segundo asiento siempre que sea temporal?

En el RD 920/2017, de 23 de octubre no hay referencias expresas a los colines de motos, sí a los asientos, entiendo que cuando te tiran en la ITV es porque el apartado 6 Chasis y elementos acoplados al chasis; 6.2.6 Los demás asientos; b) Asientos no montados de forma reglamentaria; c) Asientos que no permiten acceso a plazas posteriores. Ya que no hay asiento directamente.

Yo creo que hay una falta de regulación específica sobre el colín que sustituye al asiento y como dicen por ahí, si alguien va montado encima está claro que hay que sancionar pero si no va nadie porque está anulado temporalmente y lo que anula el asiento trasero no se considera reforma, siempre que no haya nadie subido no debería haber sanción.

Dicho eso, yo estaría muy pendiente del motivo de la sanción, ya no sólo del art.76 sino pedir que expresamente se aclare qué condición técnica reglamentaria se incumple o qué norma relativa a la inspección técnica se incumple al llevar la tapa que cubre el asiento secundario temporalmente sin que haya ningún usuario montado encima.

Otra opción es contactar con el fabricante y solicitar el certificado de homologación o el documento que acredite que antes de su matriculación ese elemento también fue tramitado.

Parece una tontería pero el tema tiene su aquél.

nandito 06-jun-2020 14:44

Cita:

Originalmente publicado por juDDen (Post 715220)
He estado ojeando y la sanción será: art76.o) Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.

O sea que la sanción vendría por "incumplir condiciones técnicas reglamentariamente establecidas" y la pregunta ahí es ¿cuáles? y el otro motivo es por "infracción relativa a las normas de la ITV" y también hay que ver cuáles.

Sobre el Manual de Reformas, según dice El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio:
20. Manual de Reformas de Vehículos: Documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Este manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV. El manual será actualizado cuando se modifique la tipificación de las reformas o los criterios reglamentarios en materia de vehículos, tanto de carácter nacional como de la Unión Europea.

Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo.

El art. 8. Inspecciones técnicas.
1. El titular del vehículo, o persona por él autorizada, al que se le haya efectuado una reforma, está obligado a presentar el mismo a inspección técnica en el plazo máximo de quince días, aportando la documentación según se determina en el manual de reformas de vehículos. El alcance de la inspección será el delimitado por el manual de reformas de vehículos y en su ejecución se utilizará el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV.

En el manual de reformas (Grupo 8, Carrocería vehículos de categorías L, quads y UTV. 8.1) se establece que no se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero.

Yo entiendo de todo ésto que el colín que traen las R de serie para intercambiar con el asiento no necesita reforma pero la duda es cómo acreditas que el colín con el que te han sancionado cumple la normativa técnica y las normas de la ITV. Que no requiera pasar por el trámite de la reforma no implica que cumpla el resto de normativa. Si se aplica de manera extensiva lo del manual ¿Podría yo sustituir el colín de fábrica por una plancha de acero y poder circular al no considerarse reforma? ¿Hay vía libre para hacer lo que se quiera sobre el segundo asiento siempre que sea temporal?

En el RD 920/2017, de 23 de octubre no hay referencias expresas a los colines de motos, sí a los asientos, entiendo que cuando te tiran en la ITV es porque el apartado 6 Chasis y elementos acoplados al chasis; 6.2.6 Los demás asientos; b) Asientos no montados de forma reglamentaria; c) Asientos que no permiten acceso a plazas posteriores. Ya que no hay asiento directamente.

Yo creo que hay una falta de regulación específica sobre el colín que sustituye al asiento y como dicen por ahí, si alguien va montado encima está claro que hay que sancionar pero si no va nadie porque está anulado temporalmente y lo que anula el asiento trasero no se considera reforma, siempre que no haya nadie subido no debería haber sanción.

Dicho eso, yo estaría muy pendiente del motivo de la sanción, ya no sólo del art.76 sino pedir que expresamente se aclare qué condición técnica reglamentaria se incumple o qué norma relativa a la inspección técnica se incumple al llevar la tapa que cubre el asiento secundario temporalmente sin que haya ningún usuario montado encima.

Otra opción es contactar con el fabricante y solicitar el certificado de homologación o el documento que acredite que antes de su matriculación ese elemento también fue tramitado.

Parece una tontería pero el tema tiene su aquél.

Hola, es una tapa original, que se entrega con la moto, con sus numeritos de referencia y homologada por parte del fabricante...
Por el momento no he recibido nada, han pasado 6 días.
Saludos...

DarkGio 06-jun-2020 20:33

Cita:

Originalmente publicado por nandito (Post 715228)
Hola, es una tapa original, que se entrega con la moto, con sus numeritos de referencia y homologada por parte del fabricante...
Por el momento no he recibido nada, han pasado 6 días.
Saludos...

Todas mis motos R siempre las he llevado sin asiento trasero y sin estriberas, me han parado en la carrasqueta cientos de veces y nunca me dijeron nada, es mas, la RSV le paso la itv asi y sin problemas, y es del 2001.

Lo que te paso a ti es por culpa de la presion de Jijona y que van a por nosotros, no hay mas.

Rickper33 07-jun-2020 09:48

Que absurdeza de multa la verdad, que se paren a mirar esa parte específica de la moto es ganas de tocar las pelotas la verdad yo que tu la recurriría porque vamos...

Si tienes dudas de como hacerlo aqui lo explican muy bien: http://clubdelmotorista.com/como-rec...to-paso-a-paso/


De igual manera no es muy complicado hacerlo, otra cosa es que te la quiten roto2

juanito954 10-jun-2020 22:16

Cita:

Originalmente publicado por DarkGio (Post 715110)
Es muy curioso, yo siempre le he pasado a mía Aprilia RSV Mille del 2001 la ITV sin estriberas, solo con los tirantes de los escapes y el colín, pero viendo como esta el tema, a la Ktm le he puesto los reposapiés, espejos de serie, escape, etc... el domingo en Alicante multaron hasta por las manetas de freno, todo lo que no estaba en ficha multa al canto.

En serio multaron por las manetas? roto2

Imagino que sería en la carrasqueta

Gonzrr 03-ago-2020 16:14

Cita:

Originalmente publicado por DarkGio (Post 715236)
Todas mis motos R siempre las he llevado sin asiento trasero y sin estriberas, me han parado en la carrasqueta cientos de veces y nunca me dijeron nada, es mas, la RSV le paso la itv asi y sin problemas, y es del 2001.

Lo que te paso a ti es por culpa de la presion de Jijona y que van a por nosotros, no hay mas.

Hoy en día estamos vendidos, van a saco y siempre tienen algo por que denunciarte por que siempre es a su parecer del agente claro, ami me pararon y me dijo que el creí que mi matrícula pasaba un poco de la inclinación del máximo de 30 grados (mentira la llevo a 20 ya que se cambió y se Le dio la inclinación del original) pues bueno ablando con el y conversando que parecía muy riguroso ya que no tenía manera de probarlo y que no lo veía ni el mismo claro pues me dijo vale ya puede irse va y ni me dio multa ni nada, pues bien ahora 2 meses después me llega una denuncia porque dice que la matrícula no cumple los 30 grados de inclinación y obstaculiza la visión, para mear y no tirar gota, me gustaría que vieras la matrícula por que vamos la tengo prácticamente recta, es ridículo y no es regulable que eso sería ilegal también es completamente fijo

Gonzrr 03-ago-2020 22:50

Cita:

Originalmente publicado por nandito (Post 715228)
Hola, es una tapa original, que se entrega con la moto, con sus numeritos de referencia y homologada por parte del fabricante...
Por el momento no he recibido nada, han pasado 6 días.
Saludos...

Buenas, quería saber si al final te an denuncia por la tapa de Colin porque es para flipar yo llevo un portamatriculas fijo no regulable como dice la ley a 20 grados de inclinación y la ley dice hasta 30 pues bien al señor por decir algo agente Le parecia que tenia quizás un par de grados más sin comprobar nada y me dijo bueno va tranquilo no pasa nada puedes irte, pues 2 meses después tengo la receta en casa y pienso recurrir la con fotos etc porque hoy en día esta claro que todo es al parecer de ellos, entiendo que si vas sin retrovisor, dB killer, la matrícula mirando el cielo etc te denuncien pero por una tapa de Colin o la inclinación de la matrícula por su parecer ya es acojonante y ni me hicieron foto ni nada, es una puta vergüenza lo de la guardia civil y las motos

nandito 04-ago-2020 11:16

Hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de ITV al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
Saludos...

CBRFHV 04-ago-2020 11:54

Increible!!

Gonzrr 04-ago-2020 12:56

Cita:

Originalmente publicado por nandito (Post 716897)
hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de itv al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
saludos...

alucinas, a tomar por culo las tapas de colin también

Gonzrr 04-ago-2020 14:13

Cita:

Originalmente publicado por nandito (Post 716897)
Hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de ITV al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
Saludos...

Seguro que si vas a la itv te cobran 30 40e y ale ya es legal la tapita😂😂😂😂😂 menuda mafia tenemos entre itv y algunos civiles te cagas, es más lo mismo pasas la itv con algo que luego va el guardia y te denuncia porque el quiere y punto y entonces para que sirve la itv? Pues para recaudar mas😂😂😂


Todas las horas son GMT +1. La hora es 13:01.

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