Transporte Moto a Transporte Moto - Todocircuito

¿No estás registrado? Pincha aquí para crear una cuenta y aprovéchate de todas las ventajas de nuestro foro. Si ya tienes un usuario , pincha en 'Iniciar sesión' y accede con tus datos (desaparecerá este mensaje).


Regresar   Todocircuito > Zona General > Todocircuito

Post más reciente:



Discusión cerrada
Herramientas Estilo
Anterior 20-mar-2014, 13:47   #1
chuchesparatumoto
Todocircuitero oficial
 
Avatar de chuchesparatumoto

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2011
Ubicación: Barcelona
Moto: KTM SuperDuke 990
Posts: 105
Agradecimientos: 1
Le han dado las gracias 0 veces
Transporte Moto

Buenas!

Mi duda, que a lo mejor es un poco chorras... pero bueno. ¿Es legal transportar la moto de circuito en una furgoneta matriculada como turismo? y si lo es, ¿que condiciones hay que cumplir?

Un saludo!
chuchesparatumoto está desconectado  
Anterior 20-mar-2014, 18:14   #2
Dodi
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Dodi

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2009
Moto: Ducati 998
Posts: 249
Agradecimientos: 18
Le han dado las gracias 26 veces
Fotos: 4
Predeterminado

Hola Kasundena,

Pues de chorra no tiene nada la pregunta, al contrario es muy interesante y mucho más en este foro.

Y además la respuesta no es nada fácil, pero bueno en un principio y para no liarte mucho, yo entiendo que si la furgoneta está dedicada a satisfacer las necesidades de desplazamiento o transporte de carácter personal o doméstico del titular del vehículo y sus allegados (familiares u otras personas que convivan o tengan con aquél una relación de dependencia personal o laboral de carácter doméstico, así como aquellos cuyo transporte se realice en base a una relación social de amistad o equivalente), es un transporte privado definido en los artículos 100 y 101 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestre y en el artículo 156 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, y por tanto estaría exento de la previa obtención de la correspondiente autorización administrativa (tarjeta de transporte) y si se podría transportar, estableciendo dicho reglamento que “los transportes privados particulares de mercancías habrán de llevarse a cabo en vehículos ligeros, salvo que se trate del transporte de máquinas, animales o complementos destinados a la práctica personal de alguna actividad deportiva o recreativa que, por sus características, no resulte posible transportar en un vehículo de dicha categoría”.

Además se deberían observar ciertas normas comunes a todos los transportes de mercancías, no exceder la masa máxima autorizada (MMA) que figura en la inspección técnica del vehículo, estar separado convenientemente el espacio destinado a la carga del habitáculo del conductor, estar debidamente acondicionada y sujeta la carga, que la carga no sobresalga ni por delante, ni por detrás, ni por los laterales de la proyección en planta del vehículo, no ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, así como las placas o distintivos obligatorios que lleve el vehículo, etc.

Luego está el tema del transporte de gasolina, que solo puede hacerse en un número limitado de litros y únicamente en el propio deposito del vehículo transportado o en depósitos homologados.

Saludos.
Dodi está desconectado  
Anterior 21-mar-2014, 08:49   #3
chuchesparatumoto
Todocircuitero oficial
 
Avatar de chuchesparatumoto

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2011
Ubicación: Barcelona
Moto: KTM SuperDuke 990
Posts: 105
Agradecimientos: 1
Le han dado las gracias 0 veces
Predeterminado

Ante todo Gracias Dodi por contestar mi pregunta.

Entiendo entonces que con la carga bien sujeta, un separador de cargas homologado (de los que son desmontables) y con la gasolina que le cabe al depósito + la un bidón estanco homologado de acero de esos verdes, todo estaría en regla... ¿no?

Un saludo!
chuchesparatumoto está desconectado  
Anterior 21-mar-2014, 08:57   #4
Dodi
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Dodi

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2009
Moto: Ducati 998
Posts: 249
Agradecimientos: 18
Le han dado las gracias 26 veces
Fotos: 4
Predeterminado

Así lo entiendo yo ........... de todas formas hay cantidad de Decretos, ordenes ministeriales, etc, regulando el tema de transportes ....... no te extrañe que haya contradicciones entre ellas, pero bueno yo he estado viendo la Ley y el Reglamento de transportes, que son las normas con mayor rango jerárquico, así como la Orden 734/2007 del Ministerio de fomento que regula las autorizaciones de transportes ...............

Por cierto aclaro que un vehículo ligero es aquel cuya masa máxima autorizada no supera las 2 o las 3,5 (según los tipos de transportes) ...... entiendo que la gran mayoría de furgonetas esta dentro de esos limites.

Saludos.
Dodi está desconectado  
Anterior 21-mar-2014, 08:59   #5
Dodi
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Dodi

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2009
Moto: Ducati 998
Posts: 249
Agradecimientos: 18
Le han dado las gracias 26 veces
Fotos: 4
Predeterminado

perdón 2 o 3,5 toneladas de mma........
Dodi está desconectado  
Anterior 21-mar-2014, 13:07   #6
Portu
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Portu

Transporte Moto
 
Registrado: febrero/2011
Ubicación: Guipúzcoa
Moto: SUZUKI gsxr 1000 k7
Posts: 2,408
Agradecimientos: 19
Le han dado las gracias 105 veces
Predeterminado

Gasolina puedes llevar hasta 260 litros creo (si no son 260 cerca andan, pero bueno, que por ahi no tienes problema) y en bidones homologados y que no superen los 60 litros cada uno. mas de eso ya te hace falta permiso especial.
__________________
Portu está desconectado  
Anterior 21-mar-2014, 13:13   #7
annaKMA
Todocircuitero oficial
 
Avatar de annaKMA

Transporte Moto
 
Registrado: marzo/2012
Ubicación: Lleida
Moto: HONDA CBR 600RR 08
Posts: 789
Agradecimientos: 95
Le han dado las gracias 78 veces
Fotos: 24
Predeterminado

pues información muy interesante aunque siempre te encuentras al típico que te quiere multar porque dice que no vas legal...... casi que mejor que tengamos la suerte de que no nos paren
__________________


Twitter: annakma43

Facebook: ANNA 43
annaKMA está desconectado  
Anterior 30-abr-2014, 18:32   #8
iscodez
Todocircuitero oficial

Transporte Moto
 
Registrado: abril/2014
Ubicación: Barcelona
Moto: HUSQVARNA sm610
Posts: 2
Agradecimientos: 1
La han dado las gracias una vez
Predeterminado transporte de moto

Ahondando más en el tema, yo llevaba la moto en un Pick-up y sobresalia un poco al tener que llevar la tapa de la caja de carga entreabierta, cuando menos señalizada con la placa de rayas rojas. Esto se escapa algo de ese artículo que dice que no sobresalga.
iscodez está desconectado  
Estos usuarios le han dado las gracias a iscodez por este post:
Anterior 02-may-2014, 10:04   #9
Dodi
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Dodi

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2009
Moto: Ducati 998
Posts: 249
Agradecimientos: 18
Le han dado las gracias 26 veces
Fotos: 4
Predeterminado

Hola Iscodez!

En los vehículos que no están dedicados a transportes de mercancías, y siempre que se utilice la señal que dices, la carga si es indivisible -como es el caso de una moto- puede sobresalir hasta un 15% de la longitud del vehículo.

Estoy de puente y no puedo copiarte el enlace, si quieres confirmarlo pon en google "reglamento general de circulación" y mírate el artículo 15.

Saludos.
Dodi está desconectado  
Anterior 03-may-2014, 14:19   #10
JaviR
Todocircuitero oficial
 
Avatar de JaviR

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2011
Ubicación: La Rioja
Moto: SUZUKI GSX-R 1000 K9
Posts: 1,522
Agradecimientos: 62
Le han dado las gracias 84 veces
Fotos: 5
Predeterminado

Voy a hacer una claracion, una furgoneta puede estar con el permiso de circulacion como vehiculo mixto o como vehiculo particular.. si es como vehiculo particular UNICAMENTE esta homologado para psajeros y si es mixto es para ambas cosas, SIEMPRE Y CUANDO la carga vaya SIEMPRE SEPARADA de la parte donde esten ubicadas las personas..

Es evidente que la sujeccion dentro de la misma debe de estar correctamente puesta, para evitar movimientos dentro del vehiculo, pero con cinchas esto no es nigun problema.

Si todo esto es asi, no hay nigun tipo de denuncia y si te paran iras correctamente.

En cuanto a el transporte de mercancias peligrosas en este caso gasolina, existe un acuerdo el ADR , es el americano y exixste uno Europeo muy similar, y para aqui dice lo siguiente

Se limita la capacidad de los recipientes, transportados por los particulares, conteniendo líquidos inflamables, a 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte (coche).

No te rayes con nada mas..pero sobre todo.. el mero hecho de llevar un vehiculo particulas y la moto dentro.. no lo hagas porque no te denuncien.. sino por tu seguirdad.. imaginate un frenazo fuerte y que la moto no aguante y se meta en la zona del conductor.. o que vuelques y la moto te aplaste delante.. , no te doy mas detalles..

UN saludo!
__________________


Pito, Pito, Gorgorito cual sera el próximo circuito? XD
JaviR está desconectado  
Anterior 04-may-2014, 20:03   #11
chuchesparatumoto
Todocircuitero oficial
 
Avatar de chuchesparatumoto

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2011
Ubicación: Barcelona
Moto: KTM SuperDuke 990
Posts: 105
Agradecimientos: 1
Le han dado las gracias 0 veces
Cita:
Originalmente publicado por JaviR Ver post
Voy a hacer una claracion, una furgoneta puede estar con el permiso de circulacion como vehiculo mixto o como vehiculo particular.. si es como vehiculo particular UNICAMENTE esta homologado para psajeros y si es mixto es para ambas cosas, SIEMPRE Y CUANDO la carga vaya SIEMPRE SEPARADA de la parte donde esten ubicadas las personas..

Es evidente que la sujeccion dentro de la misma debe de estar correctamente puesta, para evitar movimientos dentro del vehiculo, pero con cinchas esto no es nigun problema.

Si todo esto es asi, no hay nigun tipo de denuncia y si te paran iras correctamente.

En cuanto a el transporte de mercancias peligrosas en este caso gasolina, existe un acuerdo el ADR , es el americano y exixste uno Europeo muy similar, y para aqui dice lo siguiente

Se limita la capacidad de los recipientes, transportados por los particulares, conteniendo líquidos inflamables, a 60 litros por recipiente y 240 litros por unidad de transporte (coche).

No te rayes con nada mas..pero sobre todo.. el mero hecho de llevar un vehiculo particulas y la moto dentro.. no lo hagas porque no te denuncien.. sino por tu seguirdad.. imaginate un frenazo fuerte y que la moto no aguante y se meta en la zona del conductor.. o que vuelques y la moto te aplaste delante.. , no te doy mas detalles..

UN saludo!
Hombre, se entiende que una cosa así SIEMPRE hay que hacerla con conocimiento, pero buen apunte. De todas formas, hay unos separadores de carga homologados que son de "quita y pon" para este tipo de cosas y que en un caso así separan perfectamente la carga del compartimento del conductor.

Salu2!
chuchesparatumoto está desconectado  
Anterior 21-may-2014, 11:43   #12
carlius
Todocircuitero oficial
 
Avatar de carlius

Transporte Moto
 
Registrado: septiembre/2011
Ubicación: Jaén
Moto: HONDA mini bike
Posts: 118
Agradecimientos: 3
Le han dado las gracias 9 veces
Predeterminado

Hola a todos, siento decir que si la furgoneta está como turismo no se puede transportar mercancias, solo pasajeros y equipaje de los mismos. RECALCO si está como turismo, si esta como vehiculo mixto todo lo dicho anteriormente está bien dicho.
carlius está desconectado  
Anterior 24-may-2014, 09:21   #13
Dodi
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Dodi

Transporte Moto
 
Registrado: diciembre/2009
Moto: Ducati 998
Posts: 249
Agradecimientos: 18
Le han dado las gracias 26 veces
Fotos: 4
Predeterminado

Efectivamente, y por razones obvias, es como dicen Javir y Carlius, gracias por recordarlo!!!

A ver por si lo queréis saber os paso la definición legal de vehículos:

Turismo: Automóvil destinado al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.

Mixto adaptable: Automóvil especialmente dispuesto para el transporte, simultáneo o no, de mercancías y personas hasta un máximo de 9, incluido el conductor, y en el que se puede sustituir eventualmente la carga, parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.

Como curiosidad y como no, si dispones del certificado del fabricante, puedes cambiar la clasificación de la furgoneta, a excepción de que tengas que “adaptar” el interior el trámite no es muy caro.
Respecto de la separación y retención de la carga, por si alguien quiere perder unos minutillos:

DISPOSITIVOS DE RETENCIÓN Y ASEGURAMIENTO DE LA CARGA EN VEHÍCULOS QUE PUEDAN TRANSPORTAR SIMULTÁNEAMENTE PERSONAS Y CARGA EN UN MISMO HABITÁCULO
1. Objeto y campo de aplicación
1.1 El presente Anexo tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que han de cumplir los distintos dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga así como los ensayos que han de efectuarse para determinar su idoneidad en el aseguramiento de la carga. Las disposiciones aquí indicadas se aplicarán a los dispositivos de protección contra un desplazamiento eventual de la carga y de aseguramiento de la misma, a instalar en vehículos cuyo plano de carga esté directamente limitado por una fila de asientos.
2. Definiciones
A efectos del presente Anexo se entiende por:
2.1 Anclajes para dispositivos de amarre o simplemente, puntos de amarre.
Son aquellos puntos de fijación en el vehículo (por ejemplo: anillas, ganchos, refuerzos roscados, etc.) que sirven para la fijación de dispositivos de amarre.
2.2 Dispositivo de amarre.
Son aquellos dispositivos que permiten asegurar la carga en el vehículo (cintas, cables, etc.) y que su instalación dependerá del tipo de carga que manipule el usuario.
2.3 Preinstalación o anclajes o fijaciones para los dispositivos de retención.
Son aquellos puntos de fijación en el vehículo (refuerzos roscados, anillas, ganchos, remaches, etc.) que sirven para la fijación de los dispositivos de retención.
2.4 Dispositivo de retención.
Es aquel dispositivo (por ejemplo: red, reja, barras) que está situado detrás de los asientos que limitan directamente con el plano de carga y que separa total o parcialmente la zona de pasajeros del espacio de carga para proteger a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga.
El asiento asumirá parcialmente la función de retención cuando el dispositivo de retención asegure únicamente la zona situada por encima del mismo.
3. Requisitos
Requisitos mínimos a cumplir:
VEHÍCULO MIXTO ADAPTABLE (31)
DERIVADO DE TURISMO (30) FURGÓN (24)
FURGONETA (24) Ensayos
Amarres Con puntos de amarre Sin puntos de amarre Puntos de amarre opcionales 4.1
Preinstalación o anclajes para disp. de retención Opción FAB Oblig. FAB Oblig. FAB 4.2
Dispositivos de Retención (Pared div.) parcial total Opción FAB y Opción Usuario Opción FAB y Oblig.Usuario Opción FAB y Obligatorio Usuario parc. 4.3
tot. 4.4
3.1 Anclajes para dispositivos de amarre o simplemente puntos de amarre de la carga.
3.1.1 Los vehículos deberán estar equipados en el espacio destinado a la carga con por lo menos 4 puntos de amarre. Los puntos de amarre deberán colocarse de dos en dos a lo largo de ambos costados de la superficie de carga.
Cuando la longitud del espacio destinado a la carga sea inferior a 700 mm, serán suficientes dos puntos de amarre.
A efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la longitud del espacio destinado a la carga se medirá situando éste en su posición más retrasada y con el respaldo inclinado hacia atrás 14° sobre la vertical. La longitud del espacio destinado a la carga se medirá, en las condiciones citadas anteriormente, sobre la intersección del plano longitudinal que contiene el eje longitudinal medio del asiento del conductor, con el plano horizontal situado 200 mm. por encima de la plataforma de carga.
3.1.2 La distancia al contorno exterior del plano de carga deberá ser lo más corta posible.
La distancia longitudinal entre dos puntos de amarre contiguos no deberá ser superior a 1,2 m. Si hay razones técnicas que lo justifiquen, esta distancia podrá ampliarse a 1,5 m.
3.1.3 Los puntos de amarre deberán soportar durante al menos 3 minutos las fuerzas del ensayo realizado según el apartado 4.1. Se admiten deformaciones permanentes siempre y cuando se mantenga la función de punto de amarre.
3.1.4 Si el punto de amarre se compone de una anilla, el diámetro interior útil deberá ser ⩾20 mm. Si se utilizan anillas de menor diámetro útil, el fabricante deberá aportar los elementos de unión apropiados.
3.1.5 Si el punto de amarre se compone de una unión por rosca, el fabricante deberá aportar los elementos de unión apropiados.
3.2 Anclajes o fijaciones para dispositivos de retención.
3.2.1 Los vehículos N1 destinados al transporte de mercancías deben estar provistos en el plano vertical transversal tras el respaldo que limita con el plano de carga, de un número suficiente de anclajes para fijar el dispositivo de retención de manera que cumplan durante al menos 10 segundos con el ensayo establecido en el apartado 4.2. Los vehículos que incorporen en origen un dispositivo de retención deberán cumplir únicamente con los ensayos del apartado 4.3 ó 4.4.
3.2.2 Los puntos de anclaje o fijaciones deben distribuirse convenientemente a lo largo del contorno del plano vertical transversal que separa el espacio destinado a la carga del de pasajeros.
3.2.3 El fabricante deberá indicar los elementos de unión apropiados para el anclaje o la fijación cuando no se incorpore el dispositivo de retención.
3.3 Dispositivos de retención.
3.3.1 Dispositivos de retención parcial:
Los vehículos mixtos adaptables opcionalmente podrán instalar un dispositivo de retención que proteja a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga en la zona situada por encima del respaldo.
En los dispositivos de retención flexibles la deformación máxima hacía adelante producida por el elemento de prueba no deberá sobrepasar los 300 mm. medidos desde el plano transversal vertical al eje longitudinal del vehículo que pasa por el borde posterior del respaldo en su posición de construcción. En el caso de dispositivos de retención rígidos se permitirán deformaciones justo hasta la aparición de grietas en la superficie.
Las pruebas de los dispositivos de retención parcial destinados a vehículos equipados con apoyacabezas en los asientos posteriores deberán realizarse con los apoyacabezas montados.
3.3.2 Dispositivos de retención total:
3.3.2.1 Los vehículos N1 destinados al transporte de mercancías de cualquier longitud de plano de carga, opcionalmente podrán instalar un dispositivo de retención que proteja a los pasajeros en un área que en anchura cubra como mínimo 544 mm. por cada respaldo de asiento posterior y en altura desde el plano de carga al techo. La separación entre el dispositivo de retención y la carrocería no deberá exceder de 40 mm.
3.3.2.2 Durante la realización de la prueba descrita en el apartado 4.3, el elemento de prueba debe permanecer retenido en el área de la zona de protección.
3.3.2.3 Se permitirá una deformación permanente máxima de 300 mm., en el dispositivo de presión siempre y cuando esta deformación no genere aristas vivas capaces de producir lesiones a los ocupantes.
3.3.2.4 En el caso de dispositivos de protección de rejilla, malla o red, el entramado de éstas no dejará pasar una barra de prueba de 50 mm. × 10 mm.
4. Descripción de los ensayos
4.1 Puntos de amarre.
Se escogerá un punto de amarre arbitrariamente en el vehículo.
Se someterá el punto de amarre a una fuerza de tracción de 250 daN y en un ángulo de aplicación no superior a 15° con respecto a la vertical.
El punto de amarre debe soportar el esfuerzo especificado en el punto anterior durante al menos 3 minutos.
4.2 Anclajes para dispositivos de retención.
4.2.1 Elementos de prueba (figura 3).
Estará compuesto por una placa de forma rectangular de dimensiones iguales a 3/4 de la altura útil de carga × 2/3 de la anchura útil de carga × un espesor proporcional a la carga a aplicar, montada sobre rodamientos apoyados adecuadamente sobre el suelo de carga del vehículo para evitar fricción alguna y que permita la aplicación de una fuerza F: dicha placa se apoyará sobre la parte posterior de una mampara seleccionada por el fabricante del vehículo dentro del abanico de mamparas disponibles por éste.
4.2.2 La placa rectangular estará diseñada de forma que se pueda aplicar en su centro geométrico la fuerza F.
4.2.3 Procedimiento de ensayo.
Se deslizará y apoyará la placa sobre la mampara seleccionada y se aplicará sobre el centro geométrico de la placa una fuerza F durante 10 segundos en sentido longitudinal y horizontal hacia delante. La fuerza F ejercida se calculará según las fórmulas:
Fuerzas máximas de aplicación: 10.000 N y 5.000 N, respectivamente.
F= 0,6 × Q × 9.81 en el ensayo de anclajes para dispositivos de retención total.
F= 0,6 × Q/2 × 9.81 en el ensayo de anclajes para dispositivos de retención parcial.
siendo:
Q = carga útil del vehículo en Kg.
F = fuerza de compresión en N.
Después del ensayo se admitirán deformaciones permanentes de los anclajes siempre y cuando sigan cumpliendo con su función.
Alternativamente a este ensayo se pueden hacer los ensayos según los apartados 4.3 y 4.4.
4.3 Dispositivo de retención parcial (por encima del respaldo).
4.3.1 Prueba de carga por unidad de superficie.
a) Elemento de prueba.
Será un dispositivo tal que la superficie que haya de entrar en contacto con el dispositivo de retención parcial (objeto del ensayo) sea plana y de sección cuadrada de 50 mm. de lado, cuyas aristas no tengan un radio superior a 0,5 mm.
b) Procedimiento del ensayo (prueba de carga por unidad de superficie).
Un elemento de prueba tal y como está descrito en la letra a) anterior debe colocarse en cualquier punto del dispositivo de retención parcial.
Se ejercerá una fuerza de compresión F a través del extremo del elemento de prueba en sentido longitudinal y horizontal. En caso de que el dispositivo de retención esté compuesto por una rejilla, el elemento de prueba hará contacto en el punto de intersección que forma la rejilla.
La fuerza F ejercida se aplicará durante al menos 10 segundos y se calcula por medio de la siguiente fórmula.
F = 0.3 × [Q – (68 × n)] / 2 × 9.81
siendo:
F = fuerza de compresión en N.
Q = carga útil del vehículo en Kg.
n = número de ocupantes del vehículo.
4.3.2 Prueba dinámica.
En alternativa a la prueba por unidad de superficie del apartado 4.3.1 los vehículos equipados con un dispositivo de retención parcial podrán ser sometidos al siguiente ensayo:
a) Elemento de prueba.
Cuerpo rígido resistente a la presión con centro de gravedad en el centro geométrico y con las siguientes características.
a.1) Dimensiones: Cubo de 300 mm. de longitud de arista.
Radio de aristas: 20 mm.
Peso: 18 kg.
a.2) Dimensiones: 500 × 350 × 125 mm.
Radio de aristas: 20 mm.
Peso: 10 kg.
b) Procedimiento de ensayo (ver figura 1, para disposición de los elementos de prueba).
El ensayo se realizará con el interior de una carrocería representativa del vehículo a ensayar, en la cual se han montado los asientos traseros (cojines y respaldo) con los elementos de fijación y bloqueo previstos por el fabricante del vehículo, así como el dispositivo de retención instalado de acuerdo con las instrucciones del fabricante del dispositivo y fijado con los elementos definidos por el fabricante del vehículo.
b.1) Se utilizarán dos elementos de prueba del descrito en la letra a.1) y se colocarán (ver figura 1) apoyados sobre el suelo del espacio de carga (sin ningún tipo de fijación). Los elementos de prueba se ubicarán en anchura simétricamente con respecto al eje longitudinal medio del vehículo de tal manera que dejen entre sí un hueco de 50 mm. y en longitud estén a una distancia de 200 mm. de la parte más saliente del respaldo del asiento.
b.2) El elemento de prueba descrito en la letra a.2) se apoyará sobre un fondo intermedio fijado sólidamente a la carrocería de tal manera que el centro de gravedad de dicho elemento de prueba esté situado centralmente entre el borde superior del respaldo (sin tener en cuenta los apoyacabezas) y el revestimiento interior del techo.
El elemento de prueba se colocará centrado con respecto al eje longitudinal central del vehículo y en posición apaisado, en contacto con el dispositivo de retención.

c) Prueba dinámica.
Una vez colocado el elemento de prueba sobre la carrocería a ensayar conforme a lo indicado en la letra b) se acelerará dicha carrocería sobre un carro de ensayo en sentido contrario al de marcha según se muestra en la figura 2. Este ensayo se corresponde con una velocidad de impacto del vehículo entre 30 y 32 Km/h.

4.4 Dispositivo de retención total.
a) Elemento de prueba.
Es el mismo que se ha descrito en la letra a) del anterior apartado 4.3.
b) Procedimiento del ensayo (prueba de carga por unidad de superficie).
El mismo descrito en la letra b) del apartado anterior 4.3, y en las mismas condiciones de ejecución: siendo la fórmula para el cálculo de la fuerza F ejercida en este caso la siguiente:
F = 0.3 × [Q – (68 × n)] × 9.81
siendo:
F = fuerza de compresión en N.
Q = carga útil del vehíulo en Kg.
n = número de ocupantes del vehículo.
Dodi está desconectado  
Discusión cerrada

También te puede interesar...
Discusión Autor de la discusión Foro Respuestas Último post
Ayuda!!!empresa de transporte de moto Jsandá Todocircuito 30 21-may-2020 19:24
Transporte moto Madrid-Cádiz Rafafdez Todocircuito 5 30-ene-2014 05:52
transporte moto de barcelona a albacete pierre nodoyuna Todocircuito 3 06-may-2013 19:54
Transporte de moto pedrofazer Todocircuito 6 19-mar-2013 01:06
transporte de moto pitufillo Todocircuito 20 13-dic-2011 21:05


Etiquetas
moto, transporte



Reglas del foro
No puedes publicar nuevas discusiones
No puedes responder a discusiones
No puedes publicar archivos adjuntos
No puedes editar tus posts

BB code is activado
Emotíconos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado

Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 12:29.

Transporte Moto
Documento sin título
Publicidad

Tiendas y preparadores destacados

Tandas libres y cursos destacados

Powered by vBulletin® Version 3.8.4
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
Search Engine Optimisation provided by DragonByte SEO v2.0.41 (Pro) - vBulletin Mods & Addons Copyright © 2024 DragonByte Technologies Ltd.
vBulletin Optimisation provided by vB Optimise v2.7.1 (Lite) - vBulletin Mods & Addons Copyright © 2024 DragonByte Technologies Ltd.
User Alert System provided by Advanced User Tagging (Lite) - vBulletin Mods & Addons Copyright © 2024 DragonByte Technologies Ltd.
© Todocircuito.com