Por lo que tengo entendido, no se puede dar de baja definitivamente un vehículo y tenerlo en tu propiedad... Para dar de baja un vehículo definitivamente, en tráfico te pide que la entregues a un desguace y el mismo desguace te dan un papel como que has entregado dicho vehículo y entonces los de tráfico te la dan de baja definitivamente...
Ahora bien, si la tiene dada de baja temporalmente, tráfico te da un documento como que se ha tramitado dicha baja temporal y ese papel te lo tiene que dar el vendedor y con ese puedes darlo de alta....
Ahora bien, si la moto está dada de baja definitivamente y lo tiene alguno que se lo haya quedado en dicho desguace y solo la utiliza para fines de circuitos, entonces lo que puedes hacer, es ir a una notaría gestoría y hacer un contrato de compra y venta firmado los dos y sellado dicha notaría o gestoría para que ese vehículo pase de tu propiedad y con ese fin no pueda reclamar...
Corregidme si me equivoco pero creo que no ando mal encaminado.
Saludos.