Todocircuito

Todocircuito (https://www.todocircuito.com/foro/)
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-   -   No llevar seguro en el Carro."OJO" (https://www.todocircuito.com/foro/todocircuito-2/no-llevar-seguro-en-carro-ojo-20976/)

qmasda 22-ene-2013 22:57

Cita:

Originalmente publicado por JaviR (Post 327657)
Vamos a ver..

Hace tiempo que esa reforma dice que se puede denunciar a un vehiculo estacionado en la via pública sin circular. ni que decir tiene si va circulando..en una finca privada no hay nigun tipo de problema.

Un circuito de velocidad, es un recinto privado, en el cual no hay normas de circulacion, porque no hay señales de trafico, ni carriles ni nada relacionado con la circulacion y se rige por sus propiar normas y sentido comun de los que no somos profesionales.

Llevar una moto en el carro con estetica del circuito, inclusive si no la lleva, y no tener seguro, no implica denuncia, la moto no esta circulando y la moto no esta estacionada en la via pública.

Para que esa denuncia tuviera efecto deberian poner en la denuncia que se encuentra aparcada en la via pública.. ya que poner que se encuentra elevada en un remolque, en el cual la estan transportando, se considera parte de la carga y por tanto ni esta estatica, ni esta circulando. (seria tocar mucho los cojones por parte del policia, guardia etc..).

La moto la puedes llevar perfectamente en el remolque sin seguro, este dada de baja temporal o no.

Evidentemente lo mas natural es darla de baja temporal en trafico,ya que si no vas a circular con ella porque no tiene seguro (hablo de personas normales) no tiene sentido.. y esto se hace entregando el permiso de circulacion y rellenando unos papeles (tasas) que cuestan unos 7 euros ( y lo mismo si se quiere dar de alta).

hace poco se comento este tema en este otro post


http://www.todocircuito.com/foro/tod...76/index3.html


y se dice que un vehiculo No dado de baja No se considera carga


copio y pego


Originalmente publicado por @Pakito http://todocircuito.com/foro//images...s/viewpost.gif
Un vehículo dado de alta debe estar asegurado... no es carga.

Con el ejemplo que pones, te digo:

- un camión porta-coches con vehículos que nunca han sido matriculados o están dados de baja temporal o definitiva, si se considera que lleva carga, por lo tanto los cubre el seguro del camión.

- en el caso de que los coches estén dados de alta, el titular (concesionario o compraventa) suele tener un "seguro de flota", igual que las empresas de alquiler de coches, que con una misma póliza cubren varios vehículos. Pero si cuentan con seguro independiente del vehículo que los transporta.


No os volváis locos. La cuestión está en el Permiso de Circulación. Todo vehículo que lo tenga, debe tener seguro (dados de alta). Porque tiene autorización administrativa para circular, aunque no lo haga. El tema del seguro es denunciable en dos situaciones... circular sin haber contratado seguro obligatorio (vehículos en marcha) y no tener concertada póliza de seguro (vehículos que no estén circulando, estacionados, en remolques, etc... ya que aun no circulando, pueden interactuar con el resto de usuarios de la vía).

Y el tema de no llevar retrovisores, llevar slicks, carenados de fibra... eso, si va en el carro, no afecta a nada, ya que todo eso es denunciable si el vehículo está circulando (ojo, que para circular no hace falta ni que el motor esté en marcha... basta con que vaya por una calle cuesta abajo y con la persona encima). Por eso a una moto dada de alta, con seguro, pero "vestida" de circuito, no se le puede denunciar nada.

Portu 22-ene-2013 23:44

Cita:

Originalmente publicado por Portu (Post 327615)
Con la viñeta sabeis si pasa lo mismo....

Cita:

Originalmente publicado por villa (Post 327622)
¿La viñeta es el impuesto de circulacion? Si no la tienes dada de baja el ayuntamiento te la va a seguir manddo.un vehiculo si está matriculado tiene que tener todo al dia, por lo visto


Perdon me referia a la ITV ya que la mia caduza en Julio y me pilla en medio de la temporada con fibras y todo el belen montado y claro ponerla de calle, solo pa pasar la ITV pues me jode un poquillo... :cabeza:cabeza:cabeza:cabeza

eruizm 23-ene-2013 06:08

Cita:

Originalmente publicado por Bragoncio (Post 327588)
Si lo que pone ahí es cierto, a mi lo que me llama la atención es lo siguiente:

1.- Coche matriculado que no se utiliza en vías públicas (en finca privada)

Los daños y perjuicios sufridos por un vehículo a motor en vías o terrenos privados aptos para la circulación se consideran hechos de la circulación. Por lo tanto tendrá cobertura por el seguro obligatorio del vehículo.


Significa que dento de un circuito (finca privada apta para la circulación), las motos que estén aseguradas tienen cobertura por su seguro.

Mirate bien tu seguro, al firmar aceptas y exoneras al seguro de cubrir gastos de accidentes en eventos deportivos y carreras, una tanda o rodada se considera evento deportivo.

cenvione 23-ene-2013 07:10

Pues yo discrepo un poco en lo que comentáis sobre si te pueden o no multar si llevas la moto en el remolque y no esta de baja temporal, pues si te pueden multar :-( y el hecho no es si te lo cubre el seguro del coche o no.
La historia va que por ley todo vehículo que este dado de alta, es decir este matriculado, tiene la obligación de tener al dia la itv y el seguro, y el "uso" que luego se le de a ese vehículo , dentro de la legalidad, les da "igual" , por eso os recomiendo dar de baja temporal la moto (si solo la utilizas para circuito) , el coste es de 8€, te puedes ahorrar un buen susto económico :cabeza (hasta 1500€ multa) y viajar tranquilo


Saludos
:birras

JaviR 23-ene-2013 09:38

@qmasda

Cuando tu llevas un vehiculo en un remolque, éste tenga o no permiso de circulacion es carga.. el permiso de circulacion, es el impuesto para poder circular.. ese vehiculo no esta circulando ni esta estacionado.. esta siendo transportado

Por poder denunciar , claro que te puden denunciar.. pero ya explique como podian denunciar.. evidentemente si no tienes seguro, lo mas normal es tenerla de baja temporal si no quieres darle la definitiva, yo asi la llevo.

Pero muy malos cojones tiene que tener el profesional si se le podria llamar asi(por hacer una denuncia retorcida) a aquel funcionario de las fuerzas y cuerpos de seguridad para denunciarte por el seguro, sabiendo que vas al circuito, y que no vas circulando con ella.

La moto no va circulando luego se consiedera carga.. se supone tambien, que tu compañia de seguros del vehiculo tiene que estar al corriente de que llevas enganche y que sueles llevar remolque y en tal caso cubriria los daños que el remolque ocasionase o en este caso la carga.. yo lo hice.

Pongamos el ejemplo de una grua que remolca un coche que se ha quedado tirado.. en este caso es evidente que tiene seguro. pero si algo ocurriera con ese coche quien suple los daños es el seguro de la grua.. porque en esos momentos el coche es carga.. no esta circulando y tampoco esta estacionado.

Segun mis conocimientos estoy practicamente seguro que es asi, pero si hay alguien que lo tiene mas claro que yo, ya que llevo un tiempo desconectado XD que me corrija.

Neyeb 23-ene-2013 09:41

A mi me lo ha dicho un policia amigo mio, y el tambien tiene moto y no sabia nada de este tema, dice ke es dificil y ke tienen ke ir a joder pero ke si la moto esta encima del carro y esta dada de alta en trafico como no tengas seguro te foll..

Enviado desde mi GT-S5830

qmasda 23-ene-2013 09:54

@JaviR, una cosa es lo normal o lógico y otra lo estrictamente legal, como bien dice @cenvione "..por ley todo vehículo que este dado de alta, es decir este matriculado, tiene la obligación de tener al dia la itv y el seguro, y el "uso" que luego se le de a ese vehículo , dentro de la legalidad, les da "igual" ...
Tampoco es mi caso, ya que mi caso, mi moto no ha estado nunca matriculada; pero que la gente sepa que es lo LEGAL (que no tiene nada que ver con lo lógico), y tal como están las cosas lo mismo les da a las "cabezas pensantes" de este país, hacernos controles (para recaudar lógicamente) y así jodernos un poco mas la vida..

:birras

JaviR 23-ene-2013 11:06

Cita:

Originalmente publicado por qmasda (Post 327842)
@JaviR, una cosa es lo normal o lógico y otra lo estrictamente legal, como bien dice @cenvione "..por ley todo vehículo que este dado de alta, es decir este matriculado, tiene la obligación de tener al dia la itv y el seguro, y el "uso" que luego se le de a ese vehículo , dentro de la legalidad, les da "igual" ...
Tampoco es mi caso, ya que mi caso, mi moto no ha estado nunca matriculada; pero que la gente sepa que es lo LEGAL (que no tiene nada que ver con lo lógico), y tal como están las cosas lo mismo les da a las "cabezas pensantes" de este país, hacernos controles (para recaudar lógicamente) y así jodernos un poco mas la vida..

:birras

Que todo vehiculo que este dado de alta tiene que llevar Seguro Obligatorio es verdad, pero porque es imperativo que si tiene el permiso de circulacion en vigor se supone que esta circulando (hablamos de personas normales y responsables)

Yo en nigngun momento he dicho que no te puedan denunciar, solo matizo las condiciones de "Moto en Remolque".

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Articulo 2.4 ( https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-18911 ) dice que:

-En todo lo no previsto expresamente en esta ley y en sus normas reglamentarias de desarrollo, el contrato de seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos de motor se regirá por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.

-Si esta subida en el remolque no se esta circulando.. que te pueden denunciar? Si, pero tendran que escribir algo mas que lo que pone en el codigo de circulacion y desde luego tienen que tener ganas de joder.

Articulo 3, opcion b y c

b)Cualquier agente de la autoridad que en el ejercicio de sus funciones requiera la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le sea exhibido formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.

En todo caso, la no presentación, a requerimiento de los agentes, de la documentación acreditativa del seguro será sancionada con 60 euros de multa.

c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

Ese NO de que no estuviese en circulacion entiendo que es para los casos en los que este aparcado en la via pública, ya que entendemos que no puede causar los mismos daños estando en circulacion que en la via pública aparcado.

Por tanto si entendemos todo de esta manera.. una moto en remolque ni esta en circulacion ni esta estacionada en la via pública, forma parte de una carga. Pero todos sabemos como son estas cosas y la lo he dicho en el otro post XD

De todas formas hay gente por el foro que podria aclarar esto mejor que yo.

cenvione 23-ene-2013 11:41

Cita:

Originalmente publicado por JaviR (Post 327870)
Que todo vehiculo que este dado de alta tiene que llevar Seguro Obligatorio es verdad, pero porque es imperativo que si tiene el permiso de circulacion en vigor se supone que esta circulando (hablamos de personas normales y responsables)

Yo en nigngun momento he dicho que no te puedan denunciar, solo matizo las condiciones de "Moto en Remolque".

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Articulo 2.4 ( https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-18911 ) dice que:

-En todo lo no previsto expresamente en esta ley y en sus normas reglamentarias de desarrollo, el contrato de seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos de motor se regirá por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.

-Si esta subida en el remolque no se esta circulando.. que te pueden denunciar? Si, pero tendran que escribir algo mas que lo que pone en el codigo de circulacion y desde luego tienen que tener ganas de joder.

Articulo 3, opcion b y c

b)Cualquier agente de la autoridad que en el ejercicio de sus funciones requiera la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le sea exhibido formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.

En todo caso, la no presentación, a requerimiento de los agentes, de la documentación acreditativa del seguro será sancionada con 60 euros de multa.

c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

Ese NO de que no estuviese en circulacion entiendo que es para los casos en los que este aparcado en la via pública, ya que entendemos que no puede causar los mismos daños estando en circulacion que en la via pública aparcado.

Por tanto si entendemos todo de esta manera.. una moto en remolque ni esta en circulacion ni esta estacionada en la via pública, forma parte de una carga. Pero todos sabemos como son estas cosas y la lo he dicho en el otro post XD

De todas formas hay gente por el foro que podria aclarar esto mejor que yo.

@JaviR puedes hacer todas las combinaciones posibles ... :D pero siento decirte que el "agente" se remite y te dira "por ley Ud esta obligado a tener al dia la itv y el seguro de este vehiculo" y si no lo tienes zasca!!!, sabemos que depende de la persona que te pare, si se ha levantado con el pie dcho o el izdo, etc, etc ... que quieres que te diga yo por 8€ no me la juego ;)

Y te lo digo porque me he estado informando bastante sobre el tema, esta semana la doy de baja temporal :plata no me la juego. y para que veas como esta el país :confused:, si te pillan circulando con la moto de baja temporal, por ejemplo: te das una vuelta a probarla por tu calle y te pillan, te cascan 500€, lo pagas antes de 15 dias y es te sale mitad, asi que flipa :mad:

En cuanto al tema de la cobertura del seguro tienes razón, si avisas a tu compañia y dices que llevas remolque, la moto, en caso de siniestro, estaría cubierta por el seguro del propio coche, ahora lo que no se realmente, es el alcance de la cobertura, es un tema que tengo pendiente de revisar con mi compañia o por lo menos yo lo creo así


Saludos
:birras

bazz_17 23-ene-2013 12:21

entonces yo voy al ikea...compro.un armario..lo pongo en un remolque para transportarlo...y le tengo que sacar un seguro?.

JaviR 23-ene-2013 12:28

Cita:

Originalmente publicado por bazz17 (Post 327898)
entonces yo voy al ikea...compro.un armario..lo pongo en un remolque para transportarlo...y le tengo que sacar un seguro?.

Se supone que lo cubre el seguro del coche.. si tiene conocimiento de que tienes remolque etc..


@cenvione tiene un privi.

Por lo demas yo lo dejo ahi XD XD

Tebich 23-ene-2013 12:42

Qué diferencia puede haber entre una moto recién matriculada, en tránsito cargada en una furgoneta, camión o carro, con una sin matricular que va camino de una exposición??? Mientras esta cargada y bien estibada es CARGA. En caso de accidente o incidente, es el vehículo que la transporta el responsable o afectado, no la carga. Si se te cae del carro y provoca un accidente, es tu seguro de coche, camión, furgoneta, etc... el que debería cubrirte. Ante la duda, preguntaré a los Guardias Civiles de Tráfico...

Visente 23-ene-2013 12:52

Cita:

Originalmente publicado por JaviR (Post 327900)
Se supone que lo cubre el seguro del coche.. si tiene conocimiento de que tienes remolque etc..


@cenvione tiene un privi.

Por lo demas yo lo dejo ahi XD XD

Hola a todos y perdonar que me meta pero el problema no es que la carga en sí, lo es que cause algún daño ya que los que tienes asegurados son los que ocasionados por el remolque......para la carga es necesario un seguro de responsabilidad aparte (del que por cierto que llevo pidiendo información a mi asegurador), si como en mi caso las motos que transporto lo tienen no es preciso.

Salu2 :birras

JaviR 23-ene-2013 12:58

Acabo de llamar a mi asegurador, y me ha confirmado (a parte de que yo confirme en su dia que ponia bola de remolque al coche) que tengo incluido o asegurado los daños que ocasione la carga o el remolque que este lleve con misma matricula del vehiculo tractor, en este caso mi coche.

Por tanto llamad a los seguros y que os confirmen eso.. lo que os pregunto yo ahora a ver si me podeis decir algo al respecto es lo siguiente..

Si yo me voy con un amigo con mi coche y con mi carro y las motos de los dos, y se sufre un accidente.. pongamos que ha sido por culpa del estado de la calzada o similares..

EL seguro se hace cargo de daños a terceros de lo anteriormente dicho pero.. y de la moto de mi amigo?? cuando vamos asi.. hay riesgo de que luego te pidan daños y perjuicios los amigos que por entonces ya no lo serian?? y si te pasa a ti en el coche de tu amigo??

A ver si alguien ha tenido alguna desagradable esperiencia como esta y puede aportarme algo de luz, gracias!


Todas las horas son GMT +1. La hora es 23:54.

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