Cita:
Originalmente publicado por HornetAlcala
El articulo que te exime es el que ha puesto Nypo el art.2 de la ley del 14 de diciembre de 1999. En el BOE que acaba de subir Jimmy. Al final de la página 1 y principio de la pagina 2, en Ámbito de aplicación dice:
2. El régimen de protección de los datos de carácter personal que se establece en la presente Ley Orgánica no será de aplicación:
a) A los ficheros mantenidos por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.
Imprimete las 2 primera paginas y se las pegas al casco del GC que te pare. 
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Ok gracias , eso es lo mejor llevarlo encima , que si quiere te denuciará igual pero ya no es lo mismo ya no quedas como un panoli.