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Anterior 23-mar-2016, 17:51   #1
Dodi
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denuncia que no procede? de trafico
 
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Hola,

Hay que partir de que todo en esta vida es interpretable, y que muchas veces según el agente que "te toque" varía la interpretación de la Ley, pero bueno en mi humilde opinión sí que te pueden multar, dado que el cuadro 3 del anexo XVIII del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, establece que todas las placas de matrícula deben llevar Reborde plano sin cubrir ni pintar con una anchura de 5 mm en todo su contorno y una embutición de 0,8 ± 0,1 mm.

Efectivamente la justificación es que se consideran un elemento cortante y pueden ser peligrosas para el motorista, peatones, calzada, etc.

Ahora bien en este caso, parece que el agente no lo tenía muy claro y parece que hay alguna contradicción en los hechos denunciados, igual lo puedes aprovechar.

Siguiendo con las matrículas, como han dicho, hace ya unos años que industria homologo las acrílicas (ecoplacas) –no todas solo algunos modelos con unas características concretas-, que precisamente por no ser cortantes no necesitan reborde …….. aunque el reglamento general de vehículos todavía no se ha actualizado y no recoge este hecho, pero lo lógico es que no sancionen este tipo de matrículas.

Saludos.
Dodi está desconectado   Citar y responder
Anterior 03-abr-2016, 22:38   #2
arsenio
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denuncia que no procede? de trafico
 
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Originalmente publicado por Dodi Ver post
Hola,

Hay que partir de que todo en esta vida es interpretable, y que muchas veces según el agente que "te toque" varía la interpretación de la Ley, pero bueno en mi humilde opinión sí que te pueden multar, dado que el cuadro 3 del anexo XVIII del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, establece que todas las placas de matrícula deben llevar Reborde plano sin cubrir ni pintar con una anchura de 5 mm en todo su contorno y una embutición de 0,8 ± 0,1 mm.Saludos.
si miras cualquier matricula de chapa, tiene ese reborde, del color de la chapa.
El guardia te echo la matricula poniendo que no llevaba guardabarros, no que llevase elementos cortantes, con lo cual te ha tocado el cabr... de turno, ¿como demostrar ahora que ese dia circulabas con guardabarros...? empezar con pliego de descargo y vueltas? saben que te sale mas rentable pagarla con descuento y olvidarte......

la matricula creo que no era sancionable, pero no lo aseguro por desconocimiento
arsenio está desconectado   Citar y responder
Anterior 02-may-2016, 13:11   #3
Dalpinest
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denuncia que no procede? de trafico
 
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El Reglamento General de Vehículos establece las medidas de las matrículas. Éstas deben ser homologadas. Como se ha comentado el reborde citado es la parte de la matrícula que queda sin pintar, de color "plata".


Si seguimos con la lectura del citado reglamento encontramos en el artículo 49.3 que "Se autoriza la utilización de un marco ajeno a la propia placa, el cual podrá ir grabado en la parte inferior con publicidad, siempre y cuando su contorno no exceda de 26 milímetros al borde del exterior de la placa"


Por lo que el verbo lo dice claro, se autoriza, pues no obliga de forma imperativa a llevar dicho marco.


¿Qué la matrícula homologada es cortante? Rotundamente SI, pero ha sido la única que se ha homologado hasta el momento, ahora ya existe algún otro modelo de material acrílico homologado (no todos).
Dalpinest está desconectado   Citar y responder
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denuncia, procede, trafico



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