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Anterior 26-mar-2014, 22:09   #1
juantxinz
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Predeterminado como esta el tema de los remolques

buenas compañeros abro este hilo para una pregunta un tanto peculiar pero que no encuentro respuesta, por mi trabajo tengo acceso a un remolque cerrado bastante grande doble eje freno de inercia, matriuclado que se usa para transportar caballos, mi pregunta es si en ese mismo remolque podria llevar las motos al circuito, me entran tres motos todos los apechusques y ademas se puede aparcar sin problemas en cualquier sitio porque tiene cerraduras .

si ademas de decirme si o no, me podeis poner algun texto legal que lo respalde, para no tener problema con los de verde os lo agradezco aun mas

un saludo
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Anterior 27-mar-2014, 09:06   #2
Dodi
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Hola Juantxinz,

En principio no debes tener problema si la masa máxima autorizada de ese remolque no supera los 750 kg, o en tu caso teniendo dicho remolque freno de inercia, incluso si lo pasa, porque todo depende de la masa máxima autorizada del remolque y en su caso de la del vehículo que va a remolcar el remolque (vehículo tractor), no pudiendo obviamente, superar la masa máxima autorizada del remolque la masa máxima remolcable del vehículo, aunque el mismo vehículo tractor podrá remolcar mayor peso dependiendo de si tiene o no freno de inercia…….. la ficha técnica o Tarjeta ITV del vehículo tractor indica su masa máxima autorizada y su masa máxima remolcable con freno y sin freno, míralo y sales de dudas.

Esto se desprende del Artículo 4.2. e) ( y también de los apartados g), h) e i)) del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Este punto de dicho artículo establece que el permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

También autoriza el permiso de conducción de la clase B para conducir Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg.

Si te pasas de eso, que no creo que sea el caso, ya necesitas el permiso B+E o C1 + E.

Saludos.
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Anterior 27-mar-2014, 12:20   #3
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Gracias por la respuesta, lo del tema pesos carnets y tal lo tengo claro, lo q me interesaba es si podía cargar motos en lugar de animales vivos, veo q si, así q gracias por tu respuesta


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Anterior 27-mar-2014, 13:47   #4
Dodi
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Pues había pasado por alto lo de los animales vivos, yo iba más a los pesos, pero ahora que lo dices, para poder realizar transportes de animales vivos existe la obligación previa de autorización y registro de las personas que los lleven y de sus medios de transporte, o sea que si el remolque está digamos “legal” tendrá autorización, vamos la llamada tarjeta de transporte.

Y ahora mismo no tengo del todo claro que sea compatible utilizar el remolque autorizado para otro transporte distinto, yo diría que sí, si el otro transporte cumple todos los requisitos legales, pero hay algunos transportes –comida, alimentos, etc. y vehículos con cámaras frigoríficas por lo menos- cuyos medios empleados son incompatibles con cualquier otro transporte …….. supongo que esa limitación vendrá amparada en normativa sectorial de ese tipo concreto de transporte y que figurará en la tarjeta de transporte, pero la verdad no puedo asegurarlo, cuando tenga un rato voy a curiosear un rato, si averiguo algo ya te cuento.

De momento, lo que sí está claro es que transportar una o varias motocicletas para uso personal del dueño del vehículo (incluyendo familiares, allegados y amigos), en un vehículo ligero (de hasta 3,5 toneladas de mma) con los remolques que a los mismos pueden engancharse y cumpliendo las condiciones comunes a todos los transportes (carga debidamente sujeta y acomodada, separada del habitáculo del conductor, que no sobresalga la planta del vehículo, con todas las luces y placas visibles, etc.) es considerado un transporte privado y no requiere autorización alguna, y por tanto en principio es legal, voy a ver si averiguo si es una excepción este tema de utilizar medios de transportes destinados a otros transportes autorizados.

Saludos.
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Anterior 27-mar-2014, 14:27   #5
juantxinz
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El transporte es de animales vivos pero son mercancías propias, no necesita tarjeta de transporte


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Anterior 27-mar-2014, 18:11   #6
Dodi
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Pues entonces no deberías tener problemas, como te digo la Ley y el reglamento de transportes por carretera no fijan remolques o medios de transportes específicos para los transportes privados de mercancías, ni dimensiones, formatos o volúmenes solo mma y mmr y lo general que he comentado sobre la carga.

De todas formas, aunque el transporte de animales sea privado confirma en tu comunidad autónoma que no sea necesario, al menos, inscribir el remolque en un registro de transportes de animales ……… en casi todas las comunidades esa competencia está atribuida a la consejería- o equivalente- de agricultura y ganadería, y todas suelen tener dentro de la propia consejería un departamento o área de transportes.

Saludos.
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Anterior 01-abr-2014, 23:30   #7
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Hola Juantxinz,

En principio no debes tener problema si la masa máxima autorizada de ese remolque no supera los 750 kg, o en tu caso teniendo dicho remolque freno de inercia, incluso si lo pasa, porque todo depende de la masa máxima autorizada del remolque y en su caso de la del vehículo que va a remolcar el remolque (vehículo tractor), no pudiendo obviamente, superar la masa máxima autorizada del remolque la masa máxima remolcable del vehículo, aunque el mismo vehículo tractor podrá remolcar mayor peso dependiendo de si tiene o no freno de inercia…….. la ficha técnica o Tarjeta ITV del vehículo tractor indica su masa máxima autorizada y su masa máxima remolcable con freno y sin freno, míralo y sales de dudas.

Esto se desprende del Artículo 4.2. e) ( y también de los apartados g), h) e i)) del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Este punto de dicho artículo establece que el permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

También autoriza el permiso de conducción de la clase B para conducir Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg.

Si te pasas de eso, que no creo que sea el caso, ya necesitas el permiso B+E o C1 + E.

Saludos.
Hola;
Muy bien pero ye ha faltado la ultima reforma;
Para arrastrar un remolque de mas de 750Kg de mma, y que la suma del conjunto este entre 3500 y 4250, deberás tener en el permiso de conducir el Código armonizado 96.
Osea, Si el remolque que arrastras es de mas de 750 y la mma de los dos vehículos remolque mas tractor, supera los 3.500 kg, te hace falta el código 96.
Busca en google Codigo armonizado 96
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Anterior 02-abr-2014, 10:20   #8
Dodi
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Gracias por la info Nypo!!, efectivamente me he “saltado” el permiso B96 y el BTP (transporte de personas), la verdad no es un tema que controle, de todas formas según el anexo IX (masas y dimensiones) del reglamento de conductores las cifras de dicho reglamento se refieren a remolques sin freno de inercia, y por eso la ficha técnica te pone la masa máxima remolcable del vehículo con freno y sin freno de inercia…….. en base a esto entiendo que el B96 solo se exige, corrígeme si me equivoco, para cargar un vehículo ligero un remolque pesado (+ de 750 kg de mma) sin freno de inercia, y siempre que la mma del conjunto no supere los 4.250 kg, que no es el caso de Juantxinz ………. así que yo sigo pensando que un vehículo ligero (hasta 3.500 kg de mma) con un carnet B puede cargar en todo caso remolques ligeros (hasta 750 kg de mma) y además podrá cargar remolques pesados (+ de 750 kg de mma), si no tienen freno de inercia si el conjunto no excede de 3.500 kg, y si tienen freno de inercia si el peso del conjunto no supera los 4.250 kg …….

Pero aparte de las múltiples reformas y modificaciones, la ley es un poco farragosa y oscura, dejando algunas cuestiones a la interpretación de cada uno y quizás me esté yo haciendo un lío al interpretar la Ley…….. si no es así por favor acláranos el tema porque entonces yo también ando despistado.

Saludos.
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Anterior 02-abr-2014, 22:56   #9
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Gracias por la info Nypo!!, efectivamente me he “saltado” el permiso B96 y el BTP (transporte de personas), la verdad no es un tema que controle, de todas formas según el anexo IX (masas y dimensiones) del reglamento de conductores las cifras de dicho reglamento se refieren a remolques sin freno de inercia, y por eso la ficha técnica te pone la masa máxima remolcable del vehículo con freno y sin freno de inercia…….. en base a esto entiendo que el B96 solo se exige, corrígeme si me equivoco, para cargar un vehículo ligero un remolque pesado (+ de 750 kg de mma) sin freno de inercia, y siempre que la mma del conjunto no supere los 4.250 kg, que no es el caso de Juantxinz ………. así que yo sigo pensando que un vehículo ligero (hasta 3.500 kg de mma) con un carnet B puede cargar en todo caso remolques ligeros (hasta 750 kg de mma) y además podrá cargar remolques pesados (+ de 750 kg de mma), si no tienen freno de inercia si el conjunto no excede de 3.500 kg, y si tienen freno de inercia si el peso del conjunto no supera los 4.250 kg …….

Pero aparte de las múltiples reformas y modificaciones, la ley es un poco farragosa y oscura, dejando algunas cuestiones a la interpretación de cada uno y quizás me esté yo haciendo un lío al interpretar la Ley…….. si no es así por favor acláranos el tema porque entonces yo también ando despistado.

Saludos.
A ver;
El B96 se exige siempre que se den dos circunstancias:
1ª que el remolque sea de mas de 750Kg (matricula propia de color rojo) Da igual que tenga freno o que no (Eso es otro Tema que afecta al vehículo, que también es interesante)
2º Que el conjunto de los vehículos sume entre 3501Kg y 4250.-
Para hacer la ´Suma de los dos vehículos hay que hacerlo con las MMA.
Ejemplo:
Turismo de MMA 2500 mas remolque de MMA 750= 3250Kg (No hace falta)
Furgon de 3000 Kg de MMA mas remolque de 751= 3751Kg (Como esta comprendido entre 3500 y 4250 Kg , y el remolque es de mas de 750, Si hace falta llevarlo.
Turismo de 3500 kg y remolque de 750= 4250Kg, No es necesario porque el remolque no excede de 750Kg.

Y otro tema es el que dice el compañero Dodi; Debéis tener en cuenta la capacidad de arrastre de Vuestro vehículo. Fijaros en la ficha técnica donde pone MMR; Esto es la Masa máxima Remolcable y os vendrán dos cantidades una de ellas es con freno y otra sin freno. Pues de esas cantidades que pone, supuestamente no podemos arrastrar un remolque que supere dicha cantidad.

Adjunto imagen de ficha tecnica- Espero haber servido de ayuda.
Imágenes adjuntas
Tipo de archivo: png Captura de pantalla 2014-04-02 a la(s) 23.51.24.png (342.5 KB, 16 vistas)
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