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		|  27-may-2012, 12:49 | #1 |  
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				 Dais la circuitera de baja? 
 
			
			Buenas, acabo de dejar la moto de circuito y muy a mi pesar creo que la dejaré así una buena temporada, seguramente años... 
La duda que tengo es si hay que darla de baja temporal ya que lógicamente cuando me venza el seguro no lo renovare, y me acaba de llegar el impuesto de circulación y pagarlo me parece una tontada..... 
Que hacéis vosotros? Gracias anticipadas.
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		|  27-may-2012, 12:55 | #2 |  
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			Normalmente baja temporal, por si la quiero dar de alta más adelante.
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		|  27-may-2012, 13:00 | #3 |  
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			Hombre si tu idea es utilizar la moto únicamente para circuito, pagarle tanto al seguro como al ayuntamiento para nada pues mejor te lo ahorras y si vuelves a usar la moto en carretera la das de alta otra vez que no te va a costar mucho. Suficientes ladrones son los ayuntamientos y los seguros como para regalarles el dinero (uy, ¿lo he dicho en voz alta?)
		 
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		|  27-may-2012, 13:08 | #4 |  
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	Cita: 
	
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					Originalmente publicado por valentina k8  Hombre si tu idea es utilizar la moto únicamente para circuito, pagarle tanto al seguro como al ayuntamiento para nada pues mejor te lo ahorras y si vuelves a usar la moto en carretera la das de alta otra vez que no te va a costar mucho. Suficientes ladrones son los ayuntamientos y los seguros como para regalarles el dinero (uy, ¿lo he dicho en voz alta?) |  Se te a entendido todo      |  
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		|  27-may-2012, 13:40 | #5 |  
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			yo la mia la tengo de baja temporal. creo que es la mejor opcion.
 
 vsss
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		|  27-may-2012, 14:05 | #6 |  
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			Yo también la tengo de baja temporal, pero he escuchado algo de que no pueden estar en este estado más de dos años... y si pasan esos dos años te la dan automáticamente de baja definitiva...   
¿Alguien nos puede aclarar a ciencia cierta este punto?   
Un saludo...  
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		|  27-may-2012, 14:46 | #7 |  
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					Originalmente publicado por paracaman  Yo también la tengo de baja temporal, pero he escuchado algo de que no pueden estar en este estado más de dos años... y si pasan esos dos años te la dan automáticamente de baja definitiva...   
¿Alguien nos puede aclarar a ciencia cierta este punto?   
Un saludo...  |  Puede estar así el tiempo que quieras, para hacer baja definitiva es necesario volver a solicitar una nueva baja. Fíjate en el impreso.
 
Para solicitar tanto baja temporal, como baja definitiva hace falta este impreso:
http://www.dgt.es/was6/portal/conten...Castellano.pdf 
DNI y documentación de la moto (Ficha técnica y Permiso de circulación) + 8€ de tasas
 
Para proceder a su alta de nuevo, es necesario pasar una ITV previa, en la que se "comprueba" que el estado de la moto para circular es el adecuado.
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		|  27-may-2012, 15:21 | #8 |  
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			La baja definitiva solo la puede tramitar un desguace, ya que hay que retirar liquidos, reciclar lo reciclable etc y eso solo lo puede certificar un desguace.
 
 saludos,
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		|  27-may-2012, 16:47 | #9 |  
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			Muchas gracias a todos, mañana iré a darla de baja...
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		|  27-may-2012, 17:27 | #10 |  
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					Originalmente publicado por wtunix  La baja definitiva solo la puede tramitar un desguace, ya que hay que retirar liquidos, reciclar lo reciclable etc y eso solo lo puede certificar un desguace.
 
 saludos,
 |  La gsx que me chafaron la di de baja definitiva, sin mas problemas en trafico, vas rellenas el impreso pagas los 8€ y esperas la cola y ya esta
		 
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		|  27-may-2012, 20:50 | #11 |  
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					Originalmente publicado por rubenv  La gsx que me chafaron la di de baja definitiva, sin mas problemas en trafico, vas rellenas el impreso pagas los 8€ y esperas la cola y ya esta |  En teoría por ley es así, a no ser que vaya por comunidades...
 
saludos,
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		|  27-may-2012, 23:03 | #12 |  
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			Como ya te han dicho varios compañeros le das de baja y te ahorras impuestos y seguro, pero lo que muchos no saben que hoy en dia cualquier vehiculo matriculado a de tener el seguro al dia ya que si te paran (aunque este encima del carro) y vean que esta matriculada te pueden multar por no tener el seguro en regla, a mi vecino le llego la multa por tener el coche en la via publica "ESTACIONADO" sin seguro, asi que ojo, mas vale que le des baja tempora que no cuesta nada y te evitas problemas. 
Por cierto alguno pensara que es una exageracion, pero segun la ley dice lo siguiente:
Artículo 3. Incumplimiento de la obligación de asegurarse. 
 1.  El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará:
 
 La prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados.
 
 El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro.
 
 Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente. Los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo.
 
 
 
 Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase  o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.
 
Y por si no queda claro el enlace http://noticias.juridicas.com/base_d....t1.html#texto 
sacado del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR.
 
Mas claro el agua asi que ojito con no tener el vehiculo asegurado y tenerlo matriculado         |  
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		|  28-may-2012, 17:40 | #13 |  
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			Lo malo es que este año tendrás que pagar igualmente el impuesto de circulación. Vigilad que no os lo cobren, os lo digo por propia experiencia puesto que yo di de baja temporal una moto, y me cobraron igualmente el recibo (lo tenía domiciliado) al año siguiente. Si lo detectas y no han pasado muchos días es tan sencillo como devolver el recibo.
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		|  29-may-2012, 13:47 | #14 |  
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				Le han dado las gracias 0 veces
			
		
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	Cita: 
	
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					Originalmente publicado por revolcones  Como ya te han dicho varios compañeros le das de baja y te ahorras impuestos y seguro, pero lo que muchos no saben que hoy en dia cualquier vehiculo matriculado a de tener el seguro al dia ya que si te paran (aunque este encima del carro) y vean que esta matriculada te pueden multar por no tener el seguro en regla, a mi vecino le llego la multa por tener el coche en la via publica "ESTACIONADO" sin seguro, asi que ojo, mas vale que le des baja tempora que no cuesta nada y te evitas problemas. 
Por cierto alguno pensara que es una exageracion, pero segun la ley dice lo siguiente:
Artículo 3. Incumplimiento de la obligación de asegurarse. 
 1.  El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará:
 
 La prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados.
 
 El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro.
 
 Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente. Los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo.
 
 
 
 Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase  o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.
 
Y por si no queda claro el enlace http://noticias.juridicas.com/base_d....t1.html#texto 
sacado del TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY SOBRE RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGURO EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR.
 
Mas claro el agua asi que ojito con no tener el vehiculo asegurado y tenerlo matriculado        |  Como bien reza el texto que nos cuelga el compañero, las cosas estan asi. 
De cualquier modo, habras de sopesar tus intenciones (temporal, si tienes pensamiento de volver a rodar con ella en calle, o, definitiva, si como la propia palabra indica, definitivamente, abandonas la via publica y te dedicas a su uso exclusivo en circuito) 
Sea como sea, si optas por la definitiva, ello es sintoma de que tu intención es la de hacer uso de la misma en tandas, en cuyo caso, te recomiendo optes por "federarte" con lo que acabas ahorrando una pasta en seguros, o, en su caso, si no  vas a competir, obtengas una licencia federativa para entrenos, cuyo importe resulta sensiblemente menor (en torno a los 90 lereles), quedando sobradamente cubierto para acceder a tandas sin necesidad de abonar el "seguro"......
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