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Anterior 06-may-2014, 16:22   #1
PpRr
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Cambio de titular en moto NO matriculada
 
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Originalmente publicado por Dodi Ver post
Hola a todos,

A ver hoy en día para poder transferir un vehículo en tráfico, este debe estar dado de alta, si luego no se va a circular con él, el comprador puede volver a tramitar su baja, pero si no esta matriculado NO SE PUEDE TRANSFERIR.

Así que mucho me temo que la matriculación te va a tocar a ti, y tendrás que pagar el impuesto de matriculación – según el artículo 70 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, su importe es variable entre el 0 y el 14.75% en función de las emisiones de CO2 homologadas del vehículo, mira la tabla abajo- y además deberás pagar también los días que pasen en su caso hasta la transferencia o la posterior baja del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Si no contabas con esos gastos, calcúlalos a la hora de fijar el precio de venta.

Por su parte el comprador tendrá que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales, que es un 4% del valor del vehículo (y no del valor que tu declares, sino del valor “tasado” que calcula tráfico en virtud del año de compra, y el tiempo transcurrido hasta su transmisión).

Además el comprador tiene que pagar otra tasa por la transferencia, que creo que en la actualidad está fijada en 52.-€.

Un saludo.

0% Emisiones inferiores o iguales a 120 g/km de CO2.
4.75% Emisiones mayores de 120 y menores de 160 g/km de CO2.
9.75% Emisiones mayores o iguales de 160 y menores de 200 g/km de CO2.
14.75% Emisiones mayores o iguales de 200 g/km de CO2.

Entiendo tu respuesta y te la agradezco pero sigo teniendo algunas dudas...
Yo interpreto que a tráfico No voy a transferir, voy a Matricular.
Si en la ficha técnica que tengo no pone ni mi nombre ni nada, no la puedo matrícular sin más?

Otro ejemplo: Yo tengo una moto que compré para rodar en circuito. Se la vendo a los 3 meses a otro tío que también rueda en circuito y a los 3 meses decide que no quiere rodar más en pista y que quiere matricular la moto. En esos 3 meses, el anterior propietario se ha marchado a vivir a Guatemala y cualquiera le encuentra. El actual dueño no puede matricular la moto?? Si tiene ficha técnica y demás?

Muchas gracias!
PpRr está desconectado   Citar y responder
Anterior 06-may-2014, 21:35   #2
Dodi
Todocircuitero oficial
 
Avatar de Dodi

Cambio de titular en moto NO matriculada
 
Registrado: diciembre/2009
Moto: Ducati 998
Posts: 244
Agradecimientos: 18
Le han dado las gracias 26 veces
Fotos: 4
Predeterminado

No las merecen PpRr, gracias a ti por animar un poco el cotarro.

Pero lamento decirte que no puedo estar de acuerdo con tu interpretación jaja

De todas formas ya se ha comentado en este subforo que cada itv y cada jefatura provincial de tráfico interpreta la Ley como quiere, y las trampas, “vistas gordas” y demás existen, yo me limito a comentar las Leyes, de todas formas lo mejor es que preguntes en la jefatura de tráfico de tu provincia, en tu delegación de hacienda o a algún gestor de la zona especializado en trámites de tráfico, y así sales de dudas y te enteras como interpretan por allí la ley.

Respecto a la matriculación del vehículo, creo que se te olvida una cosa llamada “diligencia de venta” que el concesionario vendedor del vehículo habrá rellenado por la cuenta que le trae y donde constará la fecha en la que te vendieron la moto.

También se te olvida que cuando pagaste el vehículo, te emitieron una factura, que supongo –también por la cuenta que les trae – que el concesionario habrá declarado en sus declaraciones de IVA …………..

Podéis intentarlo, y que lo haga directamente el que te va a comprar la moto, (yo personalmente creo que os os van a denegar la matriculación porque en los registros públicos rige un principio en las inscripciones, que se denomina de tracto sucesivo), pero si lo conseguís olé por vosotros, ese dinero que os habéis ahorrado, de todas formas, como algo extrañe a tráfico, y tiren de los documentos que te he dicho, durante 4 años os podrían llamar a una inspección y además de pagar lo que no habéis pagado ahora, pagar los intereses, el recargo de apremio y una sanción.

Lo de la moto dada de baja para circuito, si la vendes sin hacer la transferencia en tráfico, si hacienda se entera lo considera sencillamente un fraude de ley para no pagar lo que toca por la venta.

Una persona que no sea titular del vehículo lo puede rehabilitar si acredita de algún modo por que lo posee (suelen aceptar declaraciones responsables indicando la causa y se suele aceptar casos como que fuese de tu padre fallecido y no se incluyera en la herencia, que estuviera a nombre de tu mujer y en el divorcio por error no se incluyó en la liquidación de gananciales, que te la regalo un amigo a cambio de hacer los trámites, ¿¿¡¡porque te las encontrado abandonada!!?? y cosas así...... imagínate lo que diría hacienda si en esa declaración el comprador dice que la adquirió sin documentación y sin realizar ningún trámite).

En cualquier caso y para evitar suspicacias el reglamento general de vehículos en su anexo XV al enumerar la documentación a aportar para las rehabilitaciones, exige en todo caso cuando quien insta la rehabilitación no es el propietario, que se acredite el pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales (mira pequeño extracto del texto abajo), vamos que lo considera en todo caso una transmisión y si no se pagó en el momento de la venta, al final lo tiene que pagar ese tercero al rehabilitarla ……………... y si le pillan que ha mentido en la declaración responsable hasta la podrían denunciar por un presunto delito de falsificación documental.

Vaya ladrillo!!!, disculparme.

Saludos.

3.º En el supuesto de que solicite la rehabilitación tercera persona distinta del titular, documento que acredite el pago, la exención o no sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Dodi está desconectado   Citar y responder
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cambio, matriculada, moto, titular



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