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-   -   Despiece Gsxr 1000 K7-K8 (actualidado-Precios anticrisis) (https://www.todocircuito.com/foro/compra-venta-accesorios-y-componentes-10/despiece-gsxr-1000-k7-k8-actualidado-precios-anticrisis-38823/)

065procircuit 12-oct-2014 11:31

Despiece Gsxr 1000 K7-K8 (actualidado-Precios anticrisis)
 
10 Archivo(s) adjunto(s)
Se vende Despiece de Gsxr 1000 K7-K8
La moto tiene papeles para poder matricularse.
NO PROVIENE DE SINIESTRO
Todos los precios incluyen el envio a peninsula.

Chasis-620e
Basculante-385
Subchasis-195
Barras delanteras-550
Tijas- 145
Instalacion completa mas clausor con llave y centralita- 350
Amortiguador trasero- 175
Bombra de freno delantera 60
Bomba de freno trasera-60 con estribera y deposito 115
Deposito liquido freno del.-25
deposito liquido freno tras.-25
Bomba de embrague completa-60
Estriberas piloto-Vendida(LAdo cambio)
Piña derecha(boton rojo) con puño de gas y cables-90
Colin trasero original-175
Tapas de carenados origen parte baja-155
Bobinas-85
Catalizador-160
Sonda lambda-55
Radiador con electro-180
Plasticos ram air (nuevos)-60
Regulador electrico-75
Tapon llenado deposito- 45
Pinzas de freno con latiguillos de origen y latiguillos metalicos a estrenar-375
Foco trasero-60
Foco delantero-95
aislante anticalorico del deposito- 20
soporte deposito delantero-20




Podeis contactarme por privado o mail. Crisaak_motorsport@hotmail.com
Un saludos a tod@s!

065procircuit 12-oct-2014 11:37

Mas fotos
 
10 Archivo(s) adjunto(s)
Mas fotos:

065procircuit 13-oct-2014 22:10

NEGOCIAMOS! que quiero vaciar el garaje.
Un Saludo!

robagallinas 15-oct-2014 09:15

Cita:

Originalmente publicado por Gary_Vigo1987 (Post 517478)
Se vende Despiece de Gsxr 1000 K7-K8
La moto tiene papeles para poder matricularse.
NO PROVIENE DE SINIESTRO
Todos los precios incluyen el envio a peninsula.

Chasis-620e
Basculante-385
Subchasis-195
Barras delanteras-550
Tijas- 135
Instalacion completa mas clausor con llave y centralita- 350
Amortiguador trasero- 175
Bombra de freno delantera completa-60
Bomba de embrague completa-60
Estriberas piloto-75pareja
Piña derecha(boton rojo) con puño de gas y cables-90
Colin trasero original-175
Tapas de carenados origen parte baja-155
Bobinas-85
Catalizador-160
Sonda lambda-55
Radiador con electro-180
Plasticos ram air (nuevos)-60
Regulador electrico-75
Tapa deposito- 45
Pinzas de freno con latiguillos de origen y latiguillos metalicos a estrenar-375



Podeis contactarme por privado o mail. Crisaak_motorsport@hotmail.com
Un saludos a tod@s!

Hola, te he dejado un mp

065procircuit 15-oct-2014 14:03

MP contestado!

065procircuit 16-oct-2014 11:04

Bomba de embrague-Vendida a Robagallinas

065procircuit 21-oct-2014 11:43

up!

robagallinas 22-oct-2014 22:15

Cita:

Originalmente publicado por Gary_Vigo1987 (Post 518586)
Bomba de embrague-Vendida a Robagallinas

gracias gary, todo correcto, vendedor fiable y serio en el trato. un placer tratar contigo

065procircuit 24-oct-2014 11:15

Maneta de freno delantero -Vendida
Estribera izquierda completa-Vendida

065procircuit 29-oct-2014 08:25

Te dije que la palanca sola no te la vendo. Te vendo la estribera completa, que por cierto ya la compro otra persona que si estaba interesada de verdad.
No se por que no dejais de una vez de actuar como nenes y actuais como personas enteras de una vez, que parece que os quejais al profesor...Os quejais de todo ademas, de los precios, que ya inson baratos e incluyen envio. que mas quereis?
De verdad que es tan dificil tragar al final con todo esto....Dejar la vida de los demas tranquila.Que ya tenemos bastante cada uno con la nuestra.
Y especialmente por ti Tukyman que eres un pesado, que agobias y acosas a la gente por whatsapp sin saber si puedes o no. No hubo trato en ningun momento me digas lo que me digas.Deja ya de agobiarme.Un saludo.

065procircuit 29-oct-2014 08:28

ADemas trato cerrado seria con dinero por delante, cuando un articulo que me pagan no llega, devuelvo el dinero.

065procircuit 29-oct-2014 08:29

Querias comprar una palanca de cambio por 20e con envio incluido....te piensas que me chupo el dedo??? Si contais contar la verdad!!! Que sois demasiado "listos" algunos...

065procircuit 29-oct-2014 10:12

Que vas a colgar lo que te interesa? Por cierto para que tengas en mente, por que si andamos a "jugar" jugamos conociendo las reglas del "juego", que ya que lo unico que velais es por el interes de uno mismo, sin conocimiento alguno sobre posibles consecuencias a rabietas por no haber conseguido el objetivo de "mangonear":

"
Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio

CAPÍTULO PRIMERO

Del descubrimiento y revelación de secretos


Artículo 197
1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
3. El que por cualquier medio o procedimiento y vulnerando las medidas de seguridad establecidas para impedirlo, acceda sin autorización a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, será castigado con pena de prisión de seis meses a dos años.
Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis una persona jurídica sea responsable de los delitos comprendidos en este artículo, se le impondrá la pena de multa de seis meses a dos años. Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 3 del artículo 197 introducido en su actual redacción por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010
4. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 4 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 3 del mismo artículo.Vigencia: 23 diciembre 2010
5. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden, ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 5 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 4 del mismo artículo.Vigencia: 23 diciembre 2010
6. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 6 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 5 del mismo artículo.Vigencia: 23 diciembre 2010
7. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado anterior, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 7 del artículo 197 modificado conforme establece el número 2 de la disposición final segunda de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), que corrige determinados artículos y apartados de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.Vigencia: 30 enero 2011 http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 7 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 6 del mismo artículo.Vigencia: 23 diciembre 2010
8. Si los hechos descritos en los apartados anteriores se cometiesen en el seno de una organización o grupo criminales, se aplicarán respectivamente las penas superiores en grado.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 8 del artículo 197 introducido por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010

Artículo 198
La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior, será castigado con las penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años.

Artículo 199
1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.

Artículo 200
Lo dispuesto en este capítulo será aplicable al que descubriere, revelare o cediere datos reservados de personas jurídicas, sin el consentimiento de sus representantes, salvo lo dispuesto en otros preceptos de este Código.

Artículo 201
1. Para proceder por los delitos previstos en este Capítulo será necesaria denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Cuando aquélla sea menor de edad, incapaz o una persona desvalida, también podrá denunciar el Ministerio Fiscal.
2. No será precisa la denuncia exigida en el apartado anterior para proceder por los hechos descritos en el artículo 198 de este Código, ni cuando la comisión del delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas.
3. El perdón del ofendido o de su representante legal, en su caso, extingue la acción penal sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 5º del apartado 1 del artículo 130.
http://noticias.juridicas.com/bitmaps/sp.gif Número 3 del artículo 201 redactado por el apartado quincuagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).Vigencia: 23 diciembre 2010

No dudare en tomar acciones legales.Buenos dias.

065procircuit 29-oct-2014 10:17

Faltan whats avisandote de que no la vendia por partes que ya tenia comprador para ella entera.No lo has entendido, y solo has insultado por whatsapp, pena de borrar la conversacion, seguro que tu tb la tienes.
Lo dicho, mi asesoria se pondra en contacto contigo con las cargas legales pertinentes.
un saludo


Todas las horas son GMT +1. La hora es 00:47.

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