Todocircuito

Todocircuito (https://www.todocircuito.com/foro/)
-   Todocircuito (https://www.todocircuito.com/foro/todocircuito-2/)
-   -   No llevar seguro en el Carro."OJO" (https://www.todocircuito.com/foro/todocircuito-2/no-llevar-seguro-en-carro-ojo-20976/)

Neyeb 22-ene-2013 19:33

Llevar la moto sin seguro en el Carro."OJO"
 
Bueno hace unos meses qye di mi moto de baja en el seguro (ya me habia cumplido), para no seguir pagandolo ya que la moto la quiero solo para usarla en circuito, le he comentado a un amigo policia que habia oido un rumor que tenia que dar de baja temporal la moto, ya que si por un casual te paran los guardias y te piden los papeles y ven que la moto esta dada de alta en trafico, pero no tiene seguro, y me ha encontrado esto: nuevoReglamentoCirculacion.pdf , TE PUEDEN PERFECTAMENTE MULTAR, asi que si hay mas gente como yo, que tiene la moto sin seguro lo mejor es DAR LA MOTO DE BAJA TEMPORAL. Leer el articulo II punto 2. Un saludo. :colleja

rayas yoshi 22-ene-2013 19:37

Yo si lo sabia,por eso,justo un mes antes de cumplirse el seguro la di de baja temporal,y a divertirme de circuito en circuito,que ya en carretera me la estaba jugando demasiaado.:cabeza:cabeza:cabeza:cabeza:cabeza

ne 22-ene-2013 19:44

asi es, ya se ha comentado con anterioridad en algun otro post.. asi que ojito

Bragoncio 22-ene-2013 20:01

Si lo que pone ahí es cierto, a mi lo que me llama la atención es lo siguiente:

1.- Coche matriculado que no se utiliza en vías públicas (en finca privada)

Los daños y perjuicios sufridos por un vehículo a motor en vías o terrenos privados aptos para la circulación se consideran hechos de la circulación. Por lo tanto tendrá cobertura por el seguro obligatorio del vehículo.


Significa que dento de un circuito (finca privada apta para la circulación), las motos que estén aseguradas tienen cobertura por su seguro.

villa 22-ene-2013 20:12

si no está dada de baja tiene que tener seguro.hombre ver una moto encima de un carro, sin foco, sin intermitentes y con carenados de circuito y pedirte el seguro es tocar mucho las pelotas.a mi un guardia en carretera me dijo:no solemos pedir el seguro porque es evidente que es para circuito pero que sepas que tiene que estar asegurada

Setate0 22-ene-2013 20:17

Aparte que no va circulando es una carga del vehículo.

No necesita seguro en un carro.

Otra cosa es que la tengas aparcada en la calle sin seguro, eso si es sancionable, pero montada en un carro no.

Ventaja de la baja temporal, no pagar el impuesto de circulacion y si esta aparcada en la calle dada de baja

Setate0 22-ene-2013 20:39

Aparte que no va circulando es una carga del vehículo.

No necesita seguro en un carro.

Otra cosa es que la tengas aparcada en la calle sin seguro, eso si es sancionable, pero montada en un carro no.

Ventaja de la baja temporal, no pagar el impuesto de circulación y si esta aparcada en la calle dada de baja te pueden multar por residuos pero no por el seguro

Portu 22-ene-2013 20:42

Con la viñeta sabeis si pasa lo mismo....

Rodrigo 22-ene-2013 20:43

yo no lo sabia me pararon los locales y casi me endosan 500 pavos o mas.... porque no quisieron... ya la he dado de baja en trafico por lo mismo y listo

villa 22-ene-2013 21:03

Cita:

Originalmente publicado por Portu (Post 327615)
Con la viñeta sabeis si pasa lo mismo....

¿La viñeta es el impuesto de circulacion? Si no la tienes dada de baja el ayuntamiento te la va a seguir manddo.un vehiculo si está matriculado tiene que tener todo al dia, por lo visto

rokawa 22-ene-2013 21:09

Y los que habeis dado la baja temporal, cuanto os ha costado?

tinoko 22-ene-2013 21:20

A mi me cobraron 8€

JaviR 22-ene-2013 21:44

Vamos a ver..

Hace tiempo que esa reforma dice que se puede denunciar a un vehiculo estacionado en la via pública sin circular. ni que decir tiene si va circulando..en una finca privada no hay nigun tipo de problema.

Un circuito de velocidad, es un recinto privado, en el cual no hay normas de circulacion, porque no hay señales de trafico, ni carriles ni nada relacionado con la circulacion y se rige por sus propiar normas y sentido comun de los que no somos profesionales.

Llevar una moto en el carro con estetica del circuito, inclusive si no la lleva, y no tener seguro, no implica denuncia, la moto no esta circulando y la moto no esta estacionada en la via pública.

Para que esa denuncia tuviera efecto deberian poner en la denuncia que se encuentra aparcada en la via pública.. ya que poner que se encuentra elevada en un remolque, en el cual la estan transportando, se considera parte de la carga y por tanto ni esta estatica, ni esta circulando. (seria tocar mucho los cojones por parte del policia, guardia etc..).

La moto la puedes llevar perfectamente en el remolque sin seguro, este dada de baja temporal o no.

Evidentemente lo mas natural es darla de baja temporal en trafico,ya que si no vas a circular con ella porque no tiene seguro (hablo de personas normales) no tiene sentido.. y esto se hace entregando el permiso de circulacion y rellenando unos papeles (tasas) que cuestan unos 7 euros ( y lo mismo si se quiere dar de alta).

EL-CHUKY 22-ene-2013 21:53

Muy bien aclarado y gracias por la informacion @JaviR yo tb tenias dudas

qmasda 22-ene-2013 22:57

Cita:

Originalmente publicado por JaviR (Post 327657)
Vamos a ver..

Hace tiempo que esa reforma dice que se puede denunciar a un vehiculo estacionado en la via pública sin circular. ni que decir tiene si va circulando..en una finca privada no hay nigun tipo de problema.

Un circuito de velocidad, es un recinto privado, en el cual no hay normas de circulacion, porque no hay señales de trafico, ni carriles ni nada relacionado con la circulacion y se rige por sus propiar normas y sentido comun de los que no somos profesionales.

Llevar una moto en el carro con estetica del circuito, inclusive si no la lleva, y no tener seguro, no implica denuncia, la moto no esta circulando y la moto no esta estacionada en la via pública.

Para que esa denuncia tuviera efecto deberian poner en la denuncia que se encuentra aparcada en la via pública.. ya que poner que se encuentra elevada en un remolque, en el cual la estan transportando, se considera parte de la carga y por tanto ni esta estatica, ni esta circulando. (seria tocar mucho los cojones por parte del policia, guardia etc..).

La moto la puedes llevar perfectamente en el remolque sin seguro, este dada de baja temporal o no.

Evidentemente lo mas natural es darla de baja temporal en trafico,ya que si no vas a circular con ella porque no tiene seguro (hablo de personas normales) no tiene sentido.. y esto se hace entregando el permiso de circulacion y rellenando unos papeles (tasas) que cuestan unos 7 euros ( y lo mismo si se quiere dar de alta).

hace poco se comento este tema en este otro post


http://www.todocircuito.com/foro/tod...76/index3.html


y se dice que un vehiculo No dado de baja No se considera carga


copio y pego


Originalmente publicado por @Pakito http://todocircuito.com/foro//images...s/viewpost.gif
Un vehículo dado de alta debe estar asegurado... no es carga.

Con el ejemplo que pones, te digo:

- un camión porta-coches con vehículos que nunca han sido matriculados o están dados de baja temporal o definitiva, si se considera que lleva carga, por lo tanto los cubre el seguro del camión.

- en el caso de que los coches estén dados de alta, el titular (concesionario o compraventa) suele tener un "seguro de flota", igual que las empresas de alquiler de coches, que con una misma póliza cubren varios vehículos. Pero si cuentan con seguro independiente del vehículo que los transporta.


No os volváis locos. La cuestión está en el Permiso de Circulación. Todo vehículo que lo tenga, debe tener seguro (dados de alta). Porque tiene autorización administrativa para circular, aunque no lo haga. El tema del seguro es denunciable en dos situaciones... circular sin haber contratado seguro obligatorio (vehículos en marcha) y no tener concertada póliza de seguro (vehículos que no estén circulando, estacionados, en remolques, etc... ya que aun no circulando, pueden interactuar con el resto de usuarios de la vía).

Y el tema de no llevar retrovisores, llevar slicks, carenados de fibra... eso, si va en el carro, no afecta a nada, ya que todo eso es denunciable si el vehículo está circulando (ojo, que para circular no hace falta ni que el motor esté en marcha... basta con que vaya por una calle cuesta abajo y con la persona encima). Por eso a una moto dada de alta, con seguro, pero "vestida" de circuito, no se le puede denunciar nada.

Portu 22-ene-2013 23:44

Cita:

Originalmente publicado por Portu (Post 327615)
Con la viñeta sabeis si pasa lo mismo....

Cita:

Originalmente publicado por villa (Post 327622)
¿La viñeta es el impuesto de circulacion? Si no la tienes dada de baja el ayuntamiento te la va a seguir manddo.un vehiculo si está matriculado tiene que tener todo al dia, por lo visto


Perdon me referia a la ITV ya que la mia caduza en Julio y me pilla en medio de la temporada con fibras y todo el belen montado y claro ponerla de calle, solo pa pasar la ITV pues me jode un poquillo... :cabeza:cabeza:cabeza:cabeza

eruizm 23-ene-2013 06:08

Cita:

Originalmente publicado por Bragoncio (Post 327588)
Si lo que pone ahí es cierto, a mi lo que me llama la atención es lo siguiente:

1.- Coche matriculado que no se utiliza en vías públicas (en finca privada)

Los daños y perjuicios sufridos por un vehículo a motor en vías o terrenos privados aptos para la circulación se consideran hechos de la circulación. Por lo tanto tendrá cobertura por el seguro obligatorio del vehículo.


Significa que dento de un circuito (finca privada apta para la circulación), las motos que estén aseguradas tienen cobertura por su seguro.

Mirate bien tu seguro, al firmar aceptas y exoneras al seguro de cubrir gastos de accidentes en eventos deportivos y carreras, una tanda o rodada se considera evento deportivo.

cenvione 23-ene-2013 07:10

Pues yo discrepo un poco en lo que comentáis sobre si te pueden o no multar si llevas la moto en el remolque y no esta de baja temporal, pues si te pueden multar :-( y el hecho no es si te lo cubre el seguro del coche o no.
La historia va que por ley todo vehículo que este dado de alta, es decir este matriculado, tiene la obligación de tener al dia la itv y el seguro, y el "uso" que luego se le de a ese vehículo , dentro de la legalidad, les da "igual" , por eso os recomiendo dar de baja temporal la moto (si solo la utilizas para circuito) , el coste es de 8€, te puedes ahorrar un buen susto económico :cabeza (hasta 1500€ multa) y viajar tranquilo


Saludos
:birras

JaviR 23-ene-2013 09:38

@qmasda

Cuando tu llevas un vehiculo en un remolque, éste tenga o no permiso de circulacion es carga.. el permiso de circulacion, es el impuesto para poder circular.. ese vehiculo no esta circulando ni esta estacionado.. esta siendo transportado

Por poder denunciar , claro que te puden denunciar.. pero ya explique como podian denunciar.. evidentemente si no tienes seguro, lo mas normal es tenerla de baja temporal si no quieres darle la definitiva, yo asi la llevo.

Pero muy malos cojones tiene que tener el profesional si se le podria llamar asi(por hacer una denuncia retorcida) a aquel funcionario de las fuerzas y cuerpos de seguridad para denunciarte por el seguro, sabiendo que vas al circuito, y que no vas circulando con ella.

La moto no va circulando luego se consiedera carga.. se supone tambien, que tu compañia de seguros del vehiculo tiene que estar al corriente de que llevas enganche y que sueles llevar remolque y en tal caso cubriria los daños que el remolque ocasionase o en este caso la carga.. yo lo hice.

Pongamos el ejemplo de una grua que remolca un coche que se ha quedado tirado.. en este caso es evidente que tiene seguro. pero si algo ocurriera con ese coche quien suple los daños es el seguro de la grua.. porque en esos momentos el coche es carga.. no esta circulando y tampoco esta estacionado.

Segun mis conocimientos estoy practicamente seguro que es asi, pero si hay alguien que lo tiene mas claro que yo, ya que llevo un tiempo desconectado XD que me corrija.

Neyeb 23-ene-2013 09:41

A mi me lo ha dicho un policia amigo mio, y el tambien tiene moto y no sabia nada de este tema, dice ke es dificil y ke tienen ke ir a joder pero ke si la moto esta encima del carro y esta dada de alta en trafico como no tengas seguro te foll..

Enviado desde mi GT-S5830

qmasda 23-ene-2013 09:54

@JaviR, una cosa es lo normal o lógico y otra lo estrictamente legal, como bien dice @cenvione "..por ley todo vehículo que este dado de alta, es decir este matriculado, tiene la obligación de tener al dia la itv y el seguro, y el "uso" que luego se le de a ese vehículo , dentro de la legalidad, les da "igual" ...
Tampoco es mi caso, ya que mi caso, mi moto no ha estado nunca matriculada; pero que la gente sepa que es lo LEGAL (que no tiene nada que ver con lo lógico), y tal como están las cosas lo mismo les da a las "cabezas pensantes" de este país, hacernos controles (para recaudar lógicamente) y así jodernos un poco mas la vida..

:birras

JaviR 23-ene-2013 11:06

Cita:

Originalmente publicado por qmasda (Post 327842)
@JaviR, una cosa es lo normal o lógico y otra lo estrictamente legal, como bien dice @cenvione "..por ley todo vehículo que este dado de alta, es decir este matriculado, tiene la obligación de tener al dia la itv y el seguro, y el "uso" que luego se le de a ese vehículo , dentro de la legalidad, les da "igual" ...
Tampoco es mi caso, ya que mi caso, mi moto no ha estado nunca matriculada; pero que la gente sepa que es lo LEGAL (que no tiene nada que ver con lo lógico), y tal como están las cosas lo mismo les da a las "cabezas pensantes" de este país, hacernos controles (para recaudar lógicamente) y así jodernos un poco mas la vida..

:birras

Que todo vehiculo que este dado de alta tiene que llevar Seguro Obligatorio es verdad, pero porque es imperativo que si tiene el permiso de circulacion en vigor se supone que esta circulando (hablamos de personas normales y responsables)

Yo en nigngun momento he dicho que no te puedan denunciar, solo matizo las condiciones de "Moto en Remolque".

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Articulo 2.4 ( https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-18911 ) dice que:

-En todo lo no previsto expresamente en esta ley y en sus normas reglamentarias de desarrollo, el contrato de seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos de motor se regirá por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.

-Si esta subida en el remolque no se esta circulando.. que te pueden denunciar? Si, pero tendran que escribir algo mas que lo que pone en el codigo de circulacion y desde luego tienen que tener ganas de joder.

Articulo 3, opcion b y c

b)Cualquier agente de la autoridad que en el ejercicio de sus funciones requiera la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le sea exhibido formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.

En todo caso, la no presentación, a requerimiento de los agentes, de la documentación acreditativa del seguro será sancionada con 60 euros de multa.

c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

Ese NO de que no estuviese en circulacion entiendo que es para los casos en los que este aparcado en la via pública, ya que entendemos que no puede causar los mismos daños estando en circulacion que en la via pública aparcado.

Por tanto si entendemos todo de esta manera.. una moto en remolque ni esta en circulacion ni esta estacionada en la via pública, forma parte de una carga. Pero todos sabemos como son estas cosas y la lo he dicho en el otro post XD

De todas formas hay gente por el foro que podria aclarar esto mejor que yo.

cenvione 23-ene-2013 11:41

Cita:

Originalmente publicado por JaviR (Post 327870)
Que todo vehiculo que este dado de alta tiene que llevar Seguro Obligatorio es verdad, pero porque es imperativo que si tiene el permiso de circulacion en vigor se supone que esta circulando (hablamos de personas normales y responsables)

Yo en nigngun momento he dicho que no te puedan denunciar, solo matizo las condiciones de "Moto en Remolque".

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Articulo 2.4 ( https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2004-18911 ) dice que:

-En todo lo no previsto expresamente en esta ley y en sus normas reglamentarias de desarrollo, el contrato de seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos de motor se regirá por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.

-Si esta subida en el remolque no se esta circulando.. que te pueden denunciar? Si, pero tendran que escribir algo mas que lo que pone en el codigo de circulacion y desde luego tienen que tener ganas de joder.

Articulo 3, opcion b y c

b)Cualquier agente de la autoridad que en el ejercicio de sus funciones requiera la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le sea exhibido formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.

En todo caso, la no presentación, a requerimiento de los agentes, de la documentación acreditativa del seguro será sancionada con 60 euros de multa.

c) Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.

Ese NO de que no estuviese en circulacion entiendo que es para los casos en los que este aparcado en la via pública, ya que entendemos que no puede causar los mismos daños estando en circulacion que en la via pública aparcado.

Por tanto si entendemos todo de esta manera.. una moto en remolque ni esta en circulacion ni esta estacionada en la via pública, forma parte de una carga. Pero todos sabemos como son estas cosas y la lo he dicho en el otro post XD

De todas formas hay gente por el foro que podria aclarar esto mejor que yo.

@JaviR puedes hacer todas las combinaciones posibles ... :D pero siento decirte que el "agente" se remite y te dira "por ley Ud esta obligado a tener al dia la itv y el seguro de este vehiculo" y si no lo tienes zasca!!!, sabemos que depende de la persona que te pare, si se ha levantado con el pie dcho o el izdo, etc, etc ... que quieres que te diga yo por 8€ no me la juego ;)

Y te lo digo porque me he estado informando bastante sobre el tema, esta semana la doy de baja temporal :plata no me la juego. y para que veas como esta el país :confused:, si te pillan circulando con la moto de baja temporal, por ejemplo: te das una vuelta a probarla por tu calle y te pillan, te cascan 500€, lo pagas antes de 15 dias y es te sale mitad, asi que flipa :mad:

En cuanto al tema de la cobertura del seguro tienes razón, si avisas a tu compañia y dices que llevas remolque, la moto, en caso de siniestro, estaría cubierta por el seguro del propio coche, ahora lo que no se realmente, es el alcance de la cobertura, es un tema que tengo pendiente de revisar con mi compañia o por lo menos yo lo creo así


Saludos
:birras

bazz_17 23-ene-2013 12:21

entonces yo voy al ikea...compro.un armario..lo pongo en un remolque para transportarlo...y le tengo que sacar un seguro?.

JaviR 23-ene-2013 12:28

Cita:

Originalmente publicado por bazz17 (Post 327898)
entonces yo voy al ikea...compro.un armario..lo pongo en un remolque para transportarlo...y le tengo que sacar un seguro?.

Se supone que lo cubre el seguro del coche.. si tiene conocimiento de que tienes remolque etc..


@cenvione tiene un privi.

Por lo demas yo lo dejo ahi XD XD

Tebich 23-ene-2013 12:42

Qué diferencia puede haber entre una moto recién matriculada, en tránsito cargada en una furgoneta, camión o carro, con una sin matricular que va camino de una exposición??? Mientras esta cargada y bien estibada es CARGA. En caso de accidente o incidente, es el vehículo que la transporta el responsable o afectado, no la carga. Si se te cae del carro y provoca un accidente, es tu seguro de coche, camión, furgoneta, etc... el que debería cubrirte. Ante la duda, preguntaré a los Guardias Civiles de Tráfico...

Visente 23-ene-2013 12:52

Cita:

Originalmente publicado por JaviR (Post 327900)
Se supone que lo cubre el seguro del coche.. si tiene conocimiento de que tienes remolque etc..


@cenvione tiene un privi.

Por lo demas yo lo dejo ahi XD XD

Hola a todos y perdonar que me meta pero el problema no es que la carga en sí, lo es que cause algún daño ya que los que tienes asegurados son los que ocasionados por el remolque......para la carga es necesario un seguro de responsabilidad aparte (del que por cierto que llevo pidiendo información a mi asegurador), si como en mi caso las motos que transporto lo tienen no es preciso.

Salu2 :birras

JaviR 23-ene-2013 12:58

Acabo de llamar a mi asegurador, y me ha confirmado (a parte de que yo confirme en su dia que ponia bola de remolque al coche) que tengo incluido o asegurado los daños que ocasione la carga o el remolque que este lleve con misma matricula del vehiculo tractor, en este caso mi coche.

Por tanto llamad a los seguros y que os confirmen eso.. lo que os pregunto yo ahora a ver si me podeis decir algo al respecto es lo siguiente..

Si yo me voy con un amigo con mi coche y con mi carro y las motos de los dos, y se sufre un accidente.. pongamos que ha sido por culpa del estado de la calzada o similares..

EL seguro se hace cargo de daños a terceros de lo anteriormente dicho pero.. y de la moto de mi amigo?? cuando vamos asi.. hay riesgo de que luego te pidan daños y perjuicios los amigos que por entonces ya no lo serian?? y si te pasa a ti en el coche de tu amigo??

A ver si alguien ha tenido alguna desagradable esperiencia como esta y puede aportarme algo de luz, gracias!

JSP CMX 23-ene-2013 14:05

Cita:

Originalmente publicado por ne (Post 327573)
asi es, ya se ha comentado con anterioridad en algun otro post.. asi que ojito

Como dice el compi este tema esta tocado ya, pero tambien os voy a decir que por norma general NO se DENUNCIA, si tu vas con un remolque y la moto sin seguro. Otra cosa es como le hables tu al policia, ya que si el te lo dice como informacion y tu le contestas con el "¿Y?", y la chuleria que uno ponga al hablar a un agente. Pero si uno es persona ni se pone chulo ni el otro lo denuncia por eso solamente.

Setate0 23-ene-2013 14:11

+1 No conozco a nadie que le hayan multado por este motivo.

Cervibestia 23-ene-2013 14:19

De todas formas que manía tiene la gente con "interpretar" la ley. La norma es la norma y dice lo que dice, y si por 8 euros puedes darla de baja temporal no hacerlo es por pura cabezonería o dejadez. Si tiene permiso de circulación debe estar asegurado y punto. Si es carga, no es carga, el guardia esa noche ha discutido con la parienta o demás cosas es hablar por hablar. Estamos acostumbrados a saber lo que hay que hacer, no hacerlo y encima si nos crujen quejarnos. Asi nos luce el pelo en muchas ocasiones.

Tebich 23-ene-2013 14:42

Cita:

Originalmente publicado por Setate0 (Post 327949)
+1 No conozco a nadie que le hayan multado por este motivo.

A parte de lo que dice el compañero, he leído de pe a pa el documento, y no veo donde dice que un vehículo transportado, ya sea en furgón o remolque, deba llevar, como norma general seguro en vigor.
Creo que se está sacando el tema de quicio. Siempre que el texto se refiere a la obligación de que un vehículo esté debidamente asegurado, lo hace refiriéndose al caso de que ocurra un Hecho de la Circulación. Y especifica qué y dónde se considera o no dicho Hecho de la Circulación.
Por favor, leed el texto completo y me lo confirmáis. Mi abuela siempre decía que cuatro ojos ven mas que dos...

Davinsky 23-ene-2013 14:43

Cita:

Originalmente publicado por Cervibestia (Post 327954)
De todas formas que manía tiene la gente con "interpretar" la ley. La norma es la norma y dice lo que dice, y si por 8 euros puedes darla de baja temporal no hacerlo es por pura cabezonería o dejadez. Si tiene permiso de circulación debe estar asegurado y punto. Si es carga, no es carga, el guardia esa noche ha discutido con la parienta o demás cosas es hablar por hablar. Estamos acostumbrados a saber lo que hay que hacer, no hacerlo y encima si nos crujen quejarnos. Asi nos luce el pelo en muchas ocasiones.

No se puede decir mas claro.......

Tebich 23-ene-2013 14:56

Cita:

Originalmente publicado por Cervibestia (Post 327954)
De todas formas que manía tiene la gente con "interpretar" la ley. La norma es la norma y dice lo que dice, y si por 8 euros puedes darla de baja temporal no hacerlo es por pura cabezonería o dejadez. Si tiene permiso de circulación debe estar asegurado y punto. Si es carga, no es carga, el guardia esa noche ha discutido con la parienta o demás cosas es hablar por hablar. Estamos acostumbrados a saber lo que hay que hacer, no hacerlo y encima si nos crujen quejarnos. Asi nos luce el pelo en muchas ocasiones.

Y qué pasa si es un comercio de compra-venta de motos? No todos los carros llevan motos a circuitos. Hay gente que los usa simple y llanamente para transportar motos del punto A al punto B. Pongamos por ejemplo que las motos se revisan y se ponen a punto en un taller, y después se llevan a la tienda a 15 kilómetros de distancia. Qué habría que hacer? Sacar un seguro sólo para llevarlas del taller a la tienda en el remolque? Ridículo.

villa 23-ene-2013 14:57

Cita:

Originalmente publicado por Tebich (Post 327962)
A parte de lo que dice el compañero, he leído de pe a pa el documento, y no veo donde dice que un vehículo transportado, ya sea en furgón o remolque, deba llevar, como norma general seguro en vigor.
Creo que se está sacando el tema de quicio. Siempre que el texto se refiere a la obligación de que un vehículo esté debidamente asegurado, lo hace refiriéndose al caso de que ocurra un Hecho de la Circulación. Y especifica qué y dónde se considera o no dicho Hecho de la Circulación.
Por favor, leed el texto completo y me lo confirmáis. Mi abuela siempre decía que cuatro ojos ven mas que dos...

Da igual que le lleves transportado o que le tengas en tu garaje sin usarlo, si un vehículo está dado de alta tiene que tener seguro, itv e impuesto de circulación en vigor. la guardia no multa porque no quieren

kruzky 23-ene-2013 15:28

Cita:

Originalmente publicado por villa (Post 327972)
Da igual que le lleves transportado o que le tengas en tu garaje sin usarlo, si un vehículo está dado de alta tiene que tener seguro, itv e impuesto de circulación en vigor. la guardia no multa porque no quieren

No se en vuestras localidades pero aqui en pamplona han montado un nissan micra con dos camaras en el techo para hacer lectura de matriculas continuamente y confirmar que el vehiculo tiene el seguro en vigor ya este circulando o aparcado. si no lo tienes multa al canto. Si comprueban que no tiene seguro luego miran si esta dado de alta, si no lo esta lo retiran me imagino que con la consiguiente sanción ya que se supone que un vehiculo dado de baja no puede estar aparcado en la calle. Esta claro, si tiene la documentación de alta tiene que estar asegurado

Setate0 23-ene-2013 18:17

Claro esta aparcado en la calle, se supone que NO ha llegado allí volando, si no circulando y se va a ir del mismo modo.

Ahí si es lógica la multa pero en el carro no lo veo la verdad.

Si fuera como dice el compañero seria tan fácil como que el ordenador de la DGT donde figuran los datos de itv y seguro, baja etc. Automáticamente al mes de caducar el seguro o al día siguiente de caducar la itv te ZUMBARAN y punto.

Si no lo hacen será posiblemente porque no sea legal porque técnicamente es muy fácil, ganas de recaudar seguro que no les faltan y ya se les hubiera ocurrido

JimmyEsp 23-ene-2013 18:39

Ya lo ha comentado alguien antes: No interpretéis las normas. No es cuestión de si es lógico o no es lógico.

Si está matriculado, es obligatorio que tenga seguro!

Caso 1 (Real): Una moto dada de alta, sin seguro y estacionada en una plaza de garaje. Hay un incendio por culpa de otro. La policía llega a hacer el atestado y pide los seguros de todos los coches aparcados. Le meten 600 euros de multa al dueño de la moto.

Caso 2 (Ficticio): Voy en mi coche con mi moto dada de alta en el remolque y sin seguro. Se me cruza un perro, doy un volantazo, la moto se suelta del remolque y sale despedida. Queda tirada en medio de la via, llega un remolque de Repsol con 20.000 litros de combustible, choca con la moto, vuelca, vierte el combustible y se prende fuego. Resultado: 20 muertos y 1 millones de euros en daños.

En el caso 2 la compañía de seguros ve que mi moto es la que causó el accidente. La moto está dada de alta y sin seguro. Resultado: Paga el consorcio de seguros (aprox un 70%) y este me demanda por la responsabilidad civil. Me quitan la casa, el coche, las motos y hasta los calzoncillos usados.

Las grúas llevan un seguro de responsabilidad civil específico, no lo mezcléis con esto.

Si quieres transportar un coche dado de alta en el tren, lo primero que te piden es el seguro.

JaviR si la moto de tu amigo se escoña como causa de un accidente (importante este punto) tu seguro cubre tu responsabilidad civil. Si se rompe porque se suelta por mala colocación de las cinchas por ejemplo, NO cubriría esa responsabilidad. Y SIEMPRE HAY QUE COMUNICAR A LA COMPAÑIA DE SEGUROS QUE HEMOS COLOCADO UNA BOLA.

JaviR 23-ene-2013 20:12

Yo he dicho en todo momento que poder denunciarte te pueden, pero que es una gran putada, si ven que la moto esta en el remolque, efectivamente te pueden denunciar unicamente por carecer de seguro obligatorio sin especificar nada mas, para la moto son 700 pavos creo pues la mitad por pronto pago.

Esto se suele hacer cuando NO se puede demostrar en el momento del alto al vehiculo de que tiene seguro y esta en vigor..

Tambien se podria hacer en el caso de una moto en remolque, pero insisto que menduo hijo puta tiene que ser porque aunque cumpla la ley.. ay que mirar el contexto de la situacion.. para eso somos personas.. menudo profesional de lo cojones que las clava asi porque no ha fo llao con la parienta o tenga un mal dia.. y los demas que culpa tienen oiga?? vale que hay que ir cmo hay que ir.. pero seamos personas y analicemos la situacion.. y por cierto.. los jueces interpretan la ley cada uno a su manera.. de ahi que haya sentencias tan dispares.. de modo qie si se interpreta sobre todo segun el contexto.

Eso si.. insisto.. no cuesta nada pagar las tasas de trafico y darla de baja temporal..:colleja

@JimmyEsp

caso 1 ya estas diciendo que esta estacionada.. (nada que ver con estar en el remolque de viaje) normal que le denuncien, esta en un sitio público, via publica..

caso 2 tu moto al ir en el remolque es carga por tanto si lo tienes contratado en el seguro del coche te lo cubre el seguro del coche ( lo he preguntado esta tarde a mi asegurador) y le he comentado un caso similar.

Tambien he preguntado lo de la moto y me ha dicho lo mismo que tu XD gracias por la info

Tebich 23-ene-2013 21:33

Como siempre en este país, a bajarse los pantalones. Esto se está convirtiendo en una costumbre que no mola nada. En mi caso, la moto la uso mas por la calle que en circuito, y obviamente tengo seguro. Pero es un sacacuartos descarado. Como decía antes, qué hay del profesional que compra motos de segunda mano, las arregla en un taller, y las trasporta en carro hasta la tienda? Si le pillan, 3 motos, a 700 euros, 2100 euros de multita, no?
Vaya tela...


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