Si es obligatorio , pero ojo no tiene que ser beneficiario del total del piso, si no de lo que reste por pagar de capital, con los intereses que conlleve en la clausula por pago anticipado, pero obligado si que lo es, ya que si tienes la desgracia de tener un siniestro estas jodido de por vida, el banco no va a dejar de cobrar esa deuda aunque no exista el piso..... y lo cobrara con intereses mas los intereses de demora si hay, asi que mejor un seguro lo que no es obligatorio el que te imponga el banco, puedes tenerlo donde quieras, pero el banco sera beneficiario de la deuda hasta su totalidad, asi que hazte el seguro por si las moscas

