Ver versión completa : Denuncia surrealista
nandito
31-may-2020, 17:42
Hola
Uno cree que se las sabe todas porque tiene experiencia y bla bla bla...
Hoy me han multado ( creo ) por llevar una tapa de colin en lugar del asiento trasero. Tapa original que va con la moto cuando la compras...
Y digo creo, porque no estoy seguro, ya que efectivamente me han parado, pero no se ha realizado boletín alguno, ni he firmado nada...tan sólo han hecho una foto de mi carnet con un móvil, y me han dicho que me llegará la multa a casa...
No se si me estoy haciendo mayor, o esque hace mucho que no salgo por carretera, en cualquier caso, la próxima vez que salga a la calle me iré estudiando el B.O.E. para no cagarla...
Saludos...
juan rc8 cordoba
31-may-2020, 18:30
Ostras que bien no? La verdad q hoy creo q estaba la guardia civil de Tráfico muy revolucionada por media España........ En Córdoba Casi na.....
Dudo mucho que te puedan denunciar por eso ya que no se considera modificación del vehículo. De todas formas si no me equivoco, en caso de denuncia tendría que ratificarse en una ITV como ocurre cuando te denuncian por ruido.
Ya nos contarás en q acaba la cosa.
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Semchumbo
31-may-2020, 19:52
Pues leyendo lo que has puesto, cuando menos el procedimiento no es para nada lo habitual, ya que si eres propuesto para sanción te hacen la receta y tu te vas con tu copia. Por qué no te multan pero si te hacen una foto al carnet.....?? claro ahí está la clave, no lo debían tener claro, se quedan la foto y luego al llegar al cuartel lo consultan, si es una infracción te la tramitan. Me apostaría algo a que no te va a llegar nada, si te llega en este caso siendo una tapa original, homologada quiero decir, en mi opinión es totalmente recurrible.
trasgurr
31-may-2020, 21:23
por una tapa de colin😳
J.gonzalo
31-may-2020, 21:31
A mi me multaron una vez de la misma manera, cuando me llego la multa( era una f4 y llevana las luces apagadas de dia) me ponia no se entrega copia por alegar prisa, la page , en mi caso tenian la razon, en el tuyo ni pies ni cabeza, en mi vida...
Aquí en la zona de Barcelona tiempo atrás de este tipo de multas hubo varias. Moto homologada para 2 plazas con la segunda anulada, bien por tapa de colin en R's, transformaciones en motos custom, etc.
Curioso por eso que a las furgonetas, monovolumenes etc con asientos quitados no les decían nada.
Fue una racha, la gente debió ganar los recursos supongo que dejaron de tocar los huevos con eso.
saludos,
Sergiogemelo
01-jun-2020, 12:10
Yo siempre llevo puesta la tapa colin, el db killer quitado, y me han parado por Murcia y nunca me han dicho nada
Va a llegar el día que nos van a multar por todo
Pues leyendo lo que has puesto, cuando menos el procedimiento no es para nada lo habitual, ya que si eres propuesto para sanción te hacen la receta y tu te vas con tu copia. Por qué no te multan pero si te hacen una foto al carnet.....?? claro ahí está la clave, no lo debían tener claro, se quedan la foto y luego al llegar al cuartel lo consultan, si es una infracción te la tramitan. Me apostaría algo a que no te va a llegar nada, si te llega en este caso siendo una tapa original, homologada quiero decir, en mi opinión es totalmente recurrible.
El procedimiento no es el habitual por la situación de Covid.
Ahora no dan copias escritas para evitar en la medida de lo posible el contacto con la gente. Por eso lo de realizar fotografía a la matrícula y a la identificación personal, para tramitarlo posteriormente.
Lo que no tengo claro es si esta tipificado como sanción la ilegalidad de la tapa Colin. Voy a informarme.
No obstante, y legalidades aparte, menuda situación más surrealista y rocambolesca, compañero.
Un saludo.
El procedimiento no es el habitual por la situación de Covid.
Ahora no dan copias escritas para evitar en la medida de lo posible el contacto con la gente. Por eso lo de realizar fotografía a la matrícula y a la identificación personal, para tramitarlo posteriormente.
Lo que no tengo claro es si esta tipificado como sanción la ilegalidad de la tapa Colin. Voy a informarme.
No obstante, y legalidades aparte, menuda situación más surrealista y rocambolesca, compañero.
Un saludo.
Ostia si ya te multan por llevar la tapa del colin es para alucinsr, ami me pararon el finde junto a otro chico basándose en que la matricula no creia que fuera la correcta y me pidieron el carnet sin mas y me lo devolvio después de mirarlo y me dijo ya puede continuar y no me dio ni boletín ni me dijo ya le llegara la denuncia lo cual entiendo no me denuncio
Lo de la tapa imagino que es el mismo caso que la matrícula (tiene que llegar hasta el final de la rueda trasera, no puede pasar de 30 grados de inclinación...), nunca han dicho nada, pero con la ley en la mano te podrán multar, por ir en un vehículo homologado para 2 plazas al que le has quitado un asiento. Sería como ir un coche de 5 plazas al que le quitas los asientos, no es legal (otra cosa son las furgonetas y monovolumen que van preparados para un número variable de plazas).
Lo curioso es que esto no haya pasado nunca y ahora haya varios casos en unos días. Cuidadito, están al acecho... :buitre:buitre:buitre:buitre
Arriero23
02-jun-2020, 09:30
Buenos días.
No creo que llegue a nada esa posible multa.
Entiendo que te multen si alguien va montado en el cubre colin.
Si poner unas alforjas y una mochila que anula el asiento ¿también te multan?
En mi caso el cubre colin que tengo va sobre el asiento. Entiendo que en algunas (o todas) RR's hay que quitar el asiento pero aún así no creo que llegue la multa.
Entendería también que hicieran foto al colin y no lo han hecho. A mi me hicieron foto al escape xq le parecía ruidoso y me decían que iban a mirar en la web del fabricante si existía mi modelo... en fin, cada día te encuentras una historia. Por cierto! No me llego multa
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Mareque
02-jun-2020, 09:34
Yo reclamaría esa multa. El año pasado al pasar la itv de mi moto fui con la tapa del colin y sin las estriberas traseras. Pues bien,despues de darle vueltas y llamar al jefe de linea,no me pasaron la itv. La respuesta del jefe de linea fué: la moto al estar homlogada para dos personas,tienes que llevar las estriberas obligatoriamente aunque la tapa si puedes llevarla ya que no es ilegal.
nandito
02-jun-2020, 09:54
Hola, he encontrado algo.
Manual de reformas de vehículos de marzo de 2018
Punto 8 carrocería. En el último párrafo de información adicional.
-No se considerará reforma la tapa estetica o sustitución de está por el asiento de forma temporal...
Alimentos hay donde recurrir si me viene, o si a alguien le ha pasado lo mismo...
Saludos...
Tiene razón el compañero.
Antes en el manual de la ITV ponía esto (se permitía la tapa solo si debajo estaba el asiento):
Se considerará reforma la anulación de plazas del pasajero en vehículos de 2 ruedas y la anulación permanente así como los asientos de cinturón de seguridad en su caso.
No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta el asiento del pasajero.
Pero ahora pone esto: http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/Reformas/ManualReformasVehiculosRev6.pdf
Se considerará reforma la anulación permanente de plazas del pasajero en vehículos de 2 ruedas y la anulación de asientos y del cinturón de seguridad en su caso.
No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero.
Concretamente, esto cambio en marzo del 2018.
Si no se anula permanentemente la plaza, no habría falta.
Pero claro, falta que el guardia de turno que te pare esté al tanto de estos cambios que se hacen en las normas.
Hola
Uno cree que se las sabe todas porque tiene experiencia y bla bla bla...
Hoy me han multado ( creo ) por llevar una tapa de colin en lugar del asiento trasero. Tapa original que va con la moto cuando la compras...
Y digo creo, porque no estoy seguro, ya que efectivamente me han parado, pero no se ha realizado boletín alguno, ni he firmado nada...tan sólo han hecho una foto de mi carnet con un móvil, y me han dicho que me llegará la multa a casa...
No se si me estoy haciendo mayor, o esque hace mucho que no salgo por carretera, en cualquier caso, la próxima vez que salga a la calle me iré estudiando el B.O.E. para no cagarla...
Saludos...
- Yo pasé la itv con el colin puesto y mi moto no lo trae de serie... así que dudo que te multen. La policía cada vez está peor
La anulación permanente sería la eliminación de los reposapiés traseros por ejemplo o la instalación de un colín sin hueco de asiento. Lo que ya no se es cómo se homologa una Panigale V4 por ejemplo que te incluye el kit de segundo pasajero.
Saludos
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El domingo a la salida del Jarama había 4 coches de la GC y pararon a TODAS las motos que salían sin excepción.
Yo llevo colín y el tío no me dijo nada de eso. Le dije "está de serie agente" y me dijo "pero puede salir con gomas no homologadas o homologadas y gastadas" y ahí me pilló. Le dije a OK, tiene usted razón y ya está. Me fui sin más con las gomas llenas de pelotas y el desgaste típico del circuito.
Tiene razón el compañero.
Antes en el manual de la ITV ponía esto (se permitía la tapa solo si debajo estaba el asiento):
Se considerará reforma la anulación de plazas del pasajero en vehículos de 2 ruedas y la anulación permanente así como los asientos de cinturón de seguridad en su caso.
No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta el asiento del pasajero.
Pero ahora pone esto: http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/Reformas/ManualReformasVehiculosRev6.pdf
Se considerará reforma la anulación permanente de plazas del pasajero en vehículos de 2 ruedas y la anulación de asientos y del cinturón de seguridad en su caso.
No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero.
Concretamente, esto cambio en marzo del 2018.
Si no se anula permanentemente la plaza, no habría falta.
Pero claro, falta que el guardia de turno que te pare esté al tanto de estos cambios que se hacen en las normas.
Gran aporte.
Yo creo que con esto sería suficiente para ganar un recurso
El domingo a la salida del Jarama había 4 coches de la GC y pararon a TODAS las motos que salían sin excepción.
Yo llevo colín y el tío no me dijo nada de eso. Le dije "está de serie agente" y me dijo "pero puede salir con gomas no homologadas o homologadas y gastadas" y ahí me pilló. Le dije a OK, tiene usted razón y ya está. Me fui sin más con las gomas llenas de pelotas y el desgaste típico del circuito.
Hola buenas, vamos a ver, en una r6 la tapa del colin si o si quitas el asiento, entonces te pueden denunciar? Esto es la bomba ya
Gran aporte.
Yo creo que con esto sería suficiente para ganar un recurso
Entonces en una r6 la tapa de colin es ilegal? O se refiere anular cuando por ejemplo pones un colin cerrado tipo circuito al cual no puedes poner y quitar el sillon trasero? Ostias esto me deja loco porque toda la vida se a ido con tapa de colin, gracias
Según los documentos de reformas que publica Industria, hasta el 2018 la tapa solo era legal si debajo estaba el asiento.
A partir de marzo del 2018, ese manual indica que no es reforma la "tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero".
La tapa típica se puede interpretar que sustituye temporalmente el asiento, con lo que sería legal.
Si pones un colín donde ya no hay manera de colocar el asiento, pues no sería legal.
Si te paran con la tapa y te dicen que te van a multar, habrá que explicarles amablemente todo esto :colleja:colleja
NelsonA321
02-jun-2020, 15:32
A mi me pasó algo similar , la moto me la rechazaron en la ITV por llevar el colín monoposto en lugar del sillín de acompañante , por ahí pueden andar los tiros quizás . También me obligaron a instalar las estriberas traseras . Un saludo
Según los documentos de reformas que publica Industria, hasta el 2018 la tapa solo era legal si debajo estaba el asiento.
A partir de marzo del 2018, ese manual indica que no es reforma la "tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero".
La tapa típica se puede interpretar que sustituye temporalmente el asiento, con lo que sería legal.
Si pones un colín donde ya no hay manera de colocar el asiento, pues no sería legal.
Si te paran con la tapa y te dicen que te van a multar, habrá que explicarles amablemente todo esto :colleja:colleja
Am vale entonces una tapa de quita y pon es legal, vale valee ahora ya segun el guardia 🤣🤣🤣🤣🤣, gracias
A mi me pasó algo similar , la moto me la rechazaron en la ITV por llevar el colín monoposto en lugar del sillín de acompañante , por ahí pueden andar los tiros quizás . También me obligaron a instalar las estriberas traseras . Un saludoPorque tu moto esta homologada para 2 plazas y tú fuistes a la inspección sin los elementos necesarios para esa homologación y por tanto te la echaron para atrás con toda la razón del mundo.
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DarkGio
03-jun-2020, 18:01
Es muy curioso, yo siempre le he pasado a mía Aprilia RSV Mille del 2001 la ITV sin estriberas, solo con los tirantes de los escapes y el colín, pero viendo como esta el tema, a la Ktm le he puesto los reposapiés, espejos de serie, escape, etc... el domingo en Alicante multaron hasta por las manetas de freno, todo lo que no estaba en ficha multa al canto.
Es muy curioso, yo siempre le he pasado a mía Aprilia RSV Mille del 2001 la ITV sin estriberas, solo con los tirantes de los escapes y el colín, pero viendo como esta el tema, a la Ktm le he puesto los reposapiés, espejos de serie, escape, etc... el domingo en Alicante multaron hasta por las manetas de freno, todo lo que no estaba en ficha multa al canto.
Pues mas vale no sacar la moto en un tiempo porque vanos por cualquier tontería te denuncian entonces porque casi ninguno llevamos la moto totalmente de casa
DarkGio
04-jun-2020, 06:37
Pues mas vale no sacar la moto en un tiempo porque vanos por cualquier tontería te denuncian entonces porque casi ninguno llevamos la moto totalmente de casa
Y si la llevas de serie pues multaran por alguna historia... que pena que estemos tan vendidos.
Y si la llevas de serie pues multaran por alguna historia... que pena que estemos tan vendidos.
Asi es y yo con la r6 comprada nuevecita y con 700km me parece que este verano pocos mas voy hacer porque paso de multas por estos incompetentes, que vergüenza
Asi es y yo con la r6 comprada nuevecita y con 700km me parece que este verano pocos mas voy hacer porque paso de multas por estos incompetentes, que vergüenza
Hombre no usar la moto por si te multan me parece un poco radical. Mientras no te calientes con la velocidad la moto está para usarla.
Sobre el tuning y demás yo no soy muy partidario pero hay cosas que siempre gusta mejorar. Ahora, si llevas un escape que se te escucha desde 14km yo si fuera guardia también te pararía, pero de serie no entiendo tu miedo.
Ahora, llevamos motos que son como ir en un formula 1 por la calle y son para correr. De hecho si no corres es aburrida e incomoda. Por eso el único miedo que tengo es la velocidad, que es muy fácil pasarte por el doble o más y que te cace el Pegasus.
Cuanto más entro en circuito menos sentido le veo a la R en la calle. Sólo he tenido Rs y una R1150R rockster y a lo mejor le veo más sentido a ese tipo de moto o cualquier otro que al nuestro para hacer salidas. Pero para gustos colores :gayer
Hombre no usar la moto por si te multan me parece un poco radical. Mientras no te calientes con la velocidad la moto está para usarla.
Sobre el tuning y demás yo no soy muy partidario pero hay cosas que siempre gusta mejorar. Ahora, si llevas un escape que se te escucha desde 14km yo si fuera guardia también te pararía, pero de serie no entiendo tu miedo.
Ahora, llevamos motos que son como ir en un formula 1 por la calle y son para correr. De hecho si no corres es aburrida e incomoda. Por eso el único miedo que tengo es la velocidad, que es muy fácil pasarte por el doble o más y que te cace el Pegasus.
Cuanto más entro en circuito menos sentido le veo a la R en la calle. Sólo he tenido Rs y una R1150R rockster y a lo mejor le veo más sentido a ese tipo de moto o cualquier otro que al nuestro para hacer salidas. Pero para gustos colores :gayer
Joder pero si te paran por portamatriculas, tapa de colín etc etc, con nada que cambias ya te quieren denunciar, yo llevo escale pero con db killer y el portamatriculas cambiado fijo y ya me an parado y mira las multas absurdas que an puesto a gente
He estado ojeando y la sanción será: art76.o) Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.
O sea que la sanción vendría por "incumplir condiciones técnicas reglamentariamente establecidas" y la pregunta ahí es ¿cuáles? y el otro motivo es por "infracción relativa a las normas de la ITV" y también hay que ver cuáles.
Sobre el Manual de Reformas, según dice El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio:
20. Manual de Reformas de Vehículos: Documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Este manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV. El manual será actualizado cuando se modifique la tipificación de las reformas o los criterios reglamentarios en materia de vehículos, tanto de carácter nacional como de la Unión Europea.
Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo.
El art. 8. Inspecciones técnicas.
1. El titular del vehículo, o persona por él autorizada, al que se le haya efectuado una reforma, está obligado a presentar el mismo a inspección técnica en el plazo máximo de quince días, aportando la documentación según se determina en el manual de reformas de vehículos. El alcance de la inspección será el delimitado por el manual de reformas de vehículos y en su ejecución se utilizará el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV.
En el manual de reformas (Grupo 8, Carrocería vehículos de categorías L, quads y UTV. 8.1) se establece que no se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero.
Yo entiendo de todo ésto que el colín que traen las R de serie para intercambiar con el asiento no necesita reforma pero la duda es cómo acreditas que el colín con el que te han sancionado cumple la normativa técnica y las normas de la ITV. Que no requiera pasar por el trámite de la reforma no implica que cumpla el resto de normativa. Si se aplica de manera extensiva lo del manual ¿Podría yo sustituir el colín de fábrica por una plancha de acero y poder circular al no considerarse reforma? ¿Hay vía libre para hacer lo que se quiera sobre el segundo asiento siempre que sea temporal?
En el RD 920/2017, de 23 de octubre no hay referencias expresas a los colines de motos, sí a los asientos, entiendo que cuando te tiran en la ITV es porque el apartado 6 Chasis y elementos acoplados al chasis; 6.2.6 Los demás asientos; b) Asientos no montados de forma reglamentaria; c) Asientos que no permiten acceso a plazas posteriores. Ya que no hay asiento directamente.
Yo creo que hay una falta de regulación específica sobre el colín que sustituye al asiento y como dicen por ahí, si alguien va montado encima está claro que hay que sancionar pero si no va nadie porque está anulado temporalmente y lo que anula el asiento trasero no se considera reforma, siempre que no haya nadie subido no debería haber sanción.
Dicho eso, yo estaría muy pendiente del motivo de la sanción, ya no sólo del art.76 sino pedir que expresamente se aclare qué condición técnica reglamentaria se incumple o qué norma relativa a la inspección técnica se incumple al llevar la tapa que cubre el asiento secundario temporalmente sin que haya ningún usuario montado encima.
Otra opción es contactar con el fabricante y solicitar el certificado de homologación o el documento que acredite que antes de su matriculación ese elemento también fue tramitado.
Parece una tontería pero el tema tiene su aquél.
nandito
06-jun-2020, 14:44
He estado ojeando y la sanción será: art76.o) Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.
O sea que la sanción vendría por "incumplir condiciones técnicas reglamentariamente establecidas" y la pregunta ahí es ¿cuáles? y el otro motivo es por "infracción relativa a las normas de la ITV" y también hay que ver cuáles.
Sobre el Manual de Reformas, según dice El Real Decreto 866/2010, de 2 de julio:
20. Manual de Reformas de Vehículos: Documento elaborado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en colaboración con los órganos competentes en materia de ITV de las comunidades autónomas, que establece las descripciones de las reformas tipificadas, su codificación y la documentación precisa para su tramitación. Este manual estará disponible para consulta de los solicitantes de una reforma en todas las estaciones de ITV. El manual será actualizado cuando se modifique la tipificación de las reformas o los criterios reglamentarios en materia de vehículos, tanto de carácter nacional como de la Unión Europea.
Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo.
El art. 8. Inspecciones técnicas.
1. El titular del vehículo, o persona por él autorizada, al que se le haya efectuado una reforma, está obligado a presentar el mismo a inspección técnica en el plazo máximo de quince días, aportando la documentación según se determina en el manual de reformas de vehículos. El alcance de la inspección será el delimitado por el manual de reformas de vehículos y en su ejecución se utilizará el manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV.
En el manual de reformas (Grupo 8, Carrocería vehículos de categorías L, quads y UTV. 8.1) se establece que no se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero.
Yo entiendo de todo ésto que el colín que traen las R de serie para intercambiar con el asiento no necesita reforma pero la duda es cómo acreditas que el colín con el que te han sancionado cumple la normativa técnica y las normas de la ITV. Que no requiera pasar por el trámite de la reforma no implica que cumpla el resto de normativa. Si se aplica de manera extensiva lo del manual ¿Podría yo sustituir el colín de fábrica por una plancha de acero y poder circular al no considerarse reforma? ¿Hay vía libre para hacer lo que se quiera sobre el segundo asiento siempre que sea temporal?
En el RD 920/2017, de 23 de octubre no hay referencias expresas a los colines de motos, sí a los asientos, entiendo que cuando te tiran en la ITV es porque el apartado 6 Chasis y elementos acoplados al chasis; 6.2.6 Los demás asientos; b) Asientos no montados de forma reglamentaria; c) Asientos que no permiten acceso a plazas posteriores. Ya que no hay asiento directamente.
Yo creo que hay una falta de regulación específica sobre el colín que sustituye al asiento y como dicen por ahí, si alguien va montado encima está claro que hay que sancionar pero si no va nadie porque está anulado temporalmente y lo que anula el asiento trasero no se considera reforma, siempre que no haya nadie subido no debería haber sanción.
Dicho eso, yo estaría muy pendiente del motivo de la sanción, ya no sólo del art.76 sino pedir que expresamente se aclare qué condición técnica reglamentaria se incumple o qué norma relativa a la inspección técnica se incumple al llevar la tapa que cubre el asiento secundario temporalmente sin que haya ningún usuario montado encima.
Otra opción es contactar con el fabricante y solicitar el certificado de homologación o el documento que acredite que antes de su matriculación ese elemento también fue tramitado.
Parece una tontería pero el tema tiene su aquél.
Hola, es una tapa original, que se entrega con la moto, con sus numeritos de referencia y homologada por parte del fabricante...
Por el momento no he recibido nada, han pasado 6 días.
Saludos...
DarkGio
06-jun-2020, 20:33
Hola, es una tapa original, que se entrega con la moto, con sus numeritos de referencia y homologada por parte del fabricante...
Por el momento no he recibido nada, han pasado 6 días.
Saludos...
Todas mis motos R siempre las he llevado sin asiento trasero y sin estriberas, me han parado en la carrasqueta cientos de veces y nunca me dijeron nada, es mas, la RSV le paso la itv asi y sin problemas, y es del 2001.
Lo que te paso a ti es por culpa de la presion de Jijona y que van a por nosotros, no hay mas.
Rickper33
07-jun-2020, 09:48
Que absurdeza de multa la verdad, que se paren a mirar esa parte específica de la moto es ganas de tocar las pelotas la verdad yo que tu la recurriría porque vamos...
Si tienes dudas de como hacerlo aqui lo explican muy bien: http://clubdelmotorista.com/como-recurrir-una-multa-de-moto-paso-a-paso/ (https://accesoriosdeplaya.website)
De igual manera no es muy complicado hacerlo, otra cosa es que te la quiten roto2
juanito954
10-jun-2020, 22:16
Es muy curioso, yo siempre le he pasado a mía Aprilia RSV Mille del 2001 la ITV sin estriberas, solo con los tirantes de los escapes y el colín, pero viendo como esta el tema, a la Ktm le he puesto los reposapiés, espejos de serie, escape, etc... el domingo en Alicante multaron hasta por las manetas de freno, todo lo que no estaba en ficha multa al canto.
En serio multaron por las manetas? roto2
Imagino que sería en la carrasqueta
Todas mis motos R siempre las he llevado sin asiento trasero y sin estriberas, me han parado en la carrasqueta cientos de veces y nunca me dijeron nada, es mas, la RSV le paso la itv asi y sin problemas, y es del 2001.
Lo que te paso a ti es por culpa de la presion de Jijona y que van a por nosotros, no hay mas.
Hoy en día estamos vendidos, van a saco y siempre tienen algo por que denunciarte por que siempre es a su parecer del agente claro, ami me pararon y me dijo que el creí que mi matrícula pasaba un poco de la inclinación del máximo de 30 grados (mentira la llevo a 20 ya que se cambió y se Le dio la inclinación del original) pues bueno ablando con el y conversando que parecía muy riguroso ya que no tenía manera de probarlo y que no lo veía ni el mismo claro pues me dijo vale ya puede irse va y ni me dio multa ni nada, pues bien ahora 2 meses después me llega una denuncia porque dice que la matrícula no cumple los 30 grados de inclinación y obstaculiza la visión, para mear y no tirar gota, me gustaría que vieras la matrícula por que vamos la tengo prácticamente recta, es ridículo y no es regulable que eso sería ilegal también es completamente fijo
Hola, es una tapa original, que se entrega con la moto, con sus numeritos de referencia y homologada por parte del fabricante...
Por el momento no he recibido nada, han pasado 6 días.
Saludos...
Buenas, quería saber si al final te an denuncia por la tapa de Colin porque es para flipar yo llevo un portamatriculas fijo no regulable como dice la ley a 20 grados de inclinación y la ley dice hasta 30 pues bien al señor por decir algo agente Le parecia que tenia quizás un par de grados más sin comprobar nada y me dijo bueno va tranquilo no pasa nada puedes irte, pues 2 meses después tengo la receta en casa y pienso recurrir la con fotos etc porque hoy en día esta claro que todo es al parecer de ellos, entiendo que si vas sin retrovisor, dB killer, la matrícula mirando el cielo etc te denuncien pero por una tapa de Colin o la inclinación de la matrícula por su parecer ya es acojonante y ni me hicieron foto ni nada, es una puta vergüenza lo de la guardia civil y las motos
nandito
04-ago-2020, 11:16
Hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de ITV al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
Saludos...
hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de itv al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
saludos...
alucinas, a tomar por culo las tapas de colin también
Hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de ITV al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
Saludos...
Seguro que si vas a la itv te cobran 30 40e y ale ya es legal la tapita😂😂😂😂😂 menuda mafia tenemos entre itv y algunos civiles te cagas, es más lo mismo pasas la itv con algo que luego va el guardia y te denuncia porque el quiere y punto y entonces para que sirve la itv? Pues para recaudar mas😂😂😂
Hola.
Perdón, se me había pasado...
La multa está pagada...tardó en venir, pero vino...
Me estuve informando para recurrirla, pero me dijeron que sería difícil, puesto que en la multa no pone nada del colín...
Pone :
Circular con un vehículo que ha sido objeto de una reforma de importancia no autorizada.
El manual de reformas de ITV al que yo me acogía, es de 2018...puede que se hayan inventado algo nuevo...
Así pues, aviso a navegantes...la moto de estricta serie y si en la ficha pone dos plazas, hay que llevar el asiento...
Para todo lo demás...máster card...
Han estado tres meses sin "recaudar"
Saludos...
Perdona una cosa, si no te dieron el boletín en su día supongo que ahora te abra llegado certificada verdad? Lo digo por lo de el pronto pago, por que ami ni me avisaron que me fueran a denunciar y encima no me a venido certificada la denuncia lo cual no es legal porque como se demuestra los 20 días de plazo para el pronto pago, que desastre de país madremiaaaaa
nandito
04-ago-2020, 22:00
Perdona una cosa, si no te dieron el boletín en su día supongo que ahora te abra llegado certificada verdad? Lo digo por lo de el pronto pago, por que ami ni me avisaron que me fueran a denunciar y encima no me a venido certificada la denuncia lo cual no es legal porque como se demuestra los 20 días de plazo para el pronto pago, que desastre de país madremiaaaaa
Hola
No vino certificada, pero los 20 días son a partir de que la recibes...supongo que correos tendrá un registro para eso...
Hola
No vino certificada, pero los 20 días son a partir de que la recibes...supongo que correos tendrá un registro para eso...
Eso no es legal, si no es certificada no hay registro de nada por que no se puede demostrar que se a entregado ni cuando ni donde ni a quien y en Internet lo pone bien claro que ordinaria no sirve si no es que an intentado entregártela certificada hasta en 2 ocasiones y no es ese el motivo tampoco, quien no dice que el cartero se a equivocado de buzón? O que la an extraviado?es más y si estas de vacaciones 1 mes justamente ahora que es verano? Que no tengo entonces derecho al pronto pago? Nada no sirve el correo ordinario
nandito
05-ago-2020, 07:43
Eso no es legal, si no es certificada no hay registro de nada por que no se puede demostrar que se a entregado ni cuando ni donde ni a quien y en Internet lo pone bien claro que ordinaria no sirve si no es que an intentado entregártela certificada hasta en 2 ocasiones y no es ese el motivo tampoco, quien no dice que el cartero se a equivocado de buzón? O que la an extraviado?es más y si estas de vacaciones 1 mes justamente ahora que es verano? Que no tengo entonces derecho al pronto pago? Nada no sirve el correo ordinario
Pues recurre y nos cuentas...yo tire la toalla...
Saludos...
Desde 2018 no es reforma la colocación de la tapa por el asiento.
La última versión del manual de reformas es de mayo de 2020 y dice lo mismo que se añadió en 2018:
"No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero."
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/Reformas/ManualReformasVehiculosRev6.pdf
Si te multaron por llevar la tapa, no tenían razón, no habías hecho ninguna reforma.
Desde 2018 no es reforma la colocación de la tapa por el asiento.
La última versión del manual de reformas es de mayo de 2020 y dice lo mismo que se añadió en 2018:
"No se considerará reforma la instalación de tapa cosmética que oculta o sustituye temporalmente el asiento del pasajero."
http://www.f2i2.net/documentos/lsi/STO_Vehiculos/Reformas/ManualReformasVehiculosRev6.pdf
Si te multaron por llevar la tapa, no tenían razón, no habías hecho ninguna reforma.
Buen apunte porque yo ya estaba por quitarla, sin embargo la itv no la pasas, son cosas que no se entienden porque si la ley dice que se puede poner la itv porque no te lo admite? Increíble
Imagino que si la moto está homologada para 2 plazas, en la itv se tienen que asegurar que la segunda plaza cumple los requisitos de seguridad (el asiento está fijo, tienes asa para agarrarte...), por si en algún momento decides utilizarla.
Otra cosa es que luego tú decidas cambiar temporalmente el segundo asiento por la tapa. Según el manual de reformas eso no se considera una reforma, y no te pueden multar como al compañero, diciendo que has hecho una reforma en el vehículo.
Imagino que si la moto está homologada para 2 plazas, en la itv se tienen que asegurar que la segunda plaza cumple los requisitos de seguridad (el asiento está fijo, tienes asa para agarrarte...), por si en algún momento decides utilizarla.
Otra cosa es que luego tú decidas cambiar temporalmente el segundo asiento por la tapa. Según el manual de reformas eso no se considera una reforma, y no te pueden multar como al compañero, diciendo que has hecho una reforma en el vehículo.
Te denuncian por lo que quieren, ami llevando la matrícula a 24 25 grados y no a ojo el civil decía que el pensaba que estaba a 40😂😂😂😂total me dijo va vete y olvidate tranquilo y 2 meses después zas en el buzón y sin ser certificada lo cuál no es legal y ya la tengo recurrida con fotos etc
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