kawito
16-jun-2015, 08:34
Hola. Acabo de vender una R6 que está dada de baja temporal por su anterior propietario. No se si ha cambiado algo la legislación y queria saber si es suficiente un contrato de compra-venta con la ficha tecnica del vehiculo y una clausula donde el nuevo propietario se compromete a usarla exclusivamente en recintos privados fuera de la via publica. Entiendo que la moto en Tráfico estará a nombre del anterior propietario y es el único que puede darla de alta. He visto varios posts en el foro pero sond el 2011 y no se si ha cambiado algo. ¿Sabies si este procedimiento es suficiente?
Gracias
Gracias