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Ver versión completa : vender moto baja temporal


nini04
28-oct-2014, 16:10
e leido y no e visto mucho sobre esto estoy a punto de vender mi moto esta de baja temporal desde marzo ,

para vender como hay que hacer en la gestora me piden que la moto tiene tiene que pasar itv y darla de alta después vender ,.

no se puede hacer un cambio de nombre sin itv ? la moto tiene impuesto circualcion pagado del 2014


gracias

Dapol
28-oct-2014, 16:22
e leido y no e visto mucho sobre esto estoy a punto de vender mi moto esta de baja temporal desde marzo ,

para vender como hay que hacer en la gestora me piden que la moto tiene tiene que pasar itv y darla de alta después vender ,.

no se puede hacer un cambio de nombre sin itv ? la moto tiene impuesto circualcion pagado del 2014


gracias

da igual que tengas pagado el impuesto de circulación, para tramitar un cambio de titularidad necesitas que la moto este dada de alta en trafico con lo cual se requiere pasar obligatoriamente la itv para poder cancelar la baja temporal. no te queda otra compañero.

danininja
28-oct-2014, 17:07
Eso es solo si el otro chico la quiere para calle, si la quiere para circuito con un papel de compra-venta tienes bastante, ni trafico ni itv y otros chorizos... 0€

Dodi
28-oct-2014, 18:40
Pues ya te lo han contestado todo.

Una pequeña ampliación a la contestación de Danininja .......... si lo haces como dice él, el nuevo comprador puede posteriormente rehabilitar la moto en cualquier momento, pasando la itv y pagando el Impuesto de transmisiones que ahora no pagaría.

Supongo que lo has leido, pero si te sirve de ayuda http://www.todocircuito.com/foro/consultas-legales-52/bajas-y-rehabilitacion-vehiculos-32840/

Saludos.

puck
28-oct-2014, 19:06
Hola;
Si la moto esta de baja temporal y el comprador la sique queriendo de baja temporal pero a su nombre no hace falta que paseis ITV.
Deberias primero darla de alta (pagar tasas), luego pagar los impuestos correspondientes en hacienda por la compra-venta (paga segun antiguedad, cilindrada,etc...),hacer el cambio de titular (tasas) y por ultimo volver a darla de baja temporal(tasas).

En caso de no darla de baja temporal la ficha tecnica de la moto no sera valida sin la ITV en vigor, pero eso es para todos los vehiculos...

Espero que te sirva

Dapol
28-oct-2014, 19:17
para pasarla de nombre hace falta que este de alta señores... preguntado en trafico directamente y confirmado. una moto dada de baja temporal segun me dijeron no se puede transferir

fitupo
28-oct-2014, 20:23
Hola. Mi granito de arena x si ayuda. Llamé a la DGT de Madrid hace 2 días sobre este tema precisamente y me dijeron que para darla de alta no hace falta pasar la ITV, y que esta solo es necesaria para circular con el vehículo.
Luego entiendo q puedes darla de alta, transferirla y luego darla de baja provisional otra vez, pero me suscribo al hilo a ver en qué acaba la cosa. Ya nos dirás. Suerte.

nini04
28-oct-2014, 20:42
Según el ultimo email de la gestoria , se puede dar de alta por 8 €+o- y se puede hacer cambio de nombre sin itv ! Luego el comprador decide si la deja de alta o la de baja de nuevo !

La única cosa para poder dar de alta tienes que pagar impuesto circulación año en curso

Gastos

8 € mas menso dar de alta
50€ del cambio nombre
Y luego los gastos que se pagan por valor de moto

Haber si mañana me confirma del todo !!

Dodi
28-oct-2014, 22:41
Yo hace 5 o 6 meses lo consulte en trafico (Madrid) y me dijeron que para cambiar de titular tiene que estar de alta ........ y la ley en principio dice que para tramitar el alta es necesario pasar la itv ........... pero bueno si el nuevo comprador también va a tramitar la baja igual no es necesario..........

Desde luego los que más saben del tema son los gestores ..........Por favor, Nini 04, cuéntanos el desenlace, es una cuestión muy interesante. Gracias!!!!

Saludos.

fitupo
28-oct-2014, 22:45
Pues vaya lío. Parece q a cada uno nos han dicho algo diferente...
Ya nos dirás

Mariajo
28-oct-2014, 23:05
Yo compre una moto hace poco, estaba dada de baja temporal y el vendedor tuvo que darla de alta y pasar la itv, sino recuerdo mal me dijo que de baja temporal SI que se podia transferir en caso de que yo no la hubiera querido dada de alta :-)

Enviado desde mi LG-D505 mediante Tapatalk

Pakito
29-oct-2014, 06:14
Pues si la moto la va a dejar solo para circuito, lo más fácil es darla de baja definitiva y, después, contrato de compra-venta adjuntando fotocopias de ambos dni.

Ni tráfico, ni tasas, ni impuestos... total, si le empieza a meter chuches, posiblemente no vuelva a pisar la calle.

Pero otra cosa es que quiera tener la opción de poder darla de alta, entonces hay que hacer lo que te han dicho.

coque
01-nov-2014, 20:53
hola,y el contrato de compra-venta..se hace en trafico o en una gestoria?gracias

Dodi
03-nov-2014, 08:56
Hola Coque,

Un contrato es un acuerdo privado entre comprador y vendedor y se debería firmar en el momento que entre ellos se alcance un acuerdo.

Otra cosa es que la gente por ahorrarse su redacción utilicen los modelos estereotipados que utilizan las gestorias.

De todas formas si vas a comprar una moto de baja, creo que es mejor que te lo curres un poquito y prepares un contrato que se ajuste a dicho caso y regule todos los aspectos derivados de dicha situación de baja.

Saludos.

coque
03-nov-2014, 10:00
hola de nuevo Dodi,un amigo me dice que no haga solo el contrato que vaya a la junta a pagar el 5% de tramisiones luego a trafico a pagar tasas e impreso de transferencia,reamente es necesario?gracias

Pakito
03-nov-2014, 16:08
coque eso no es necesario. Te comento... para realizar la transferencia el vehículo debe estar dado de alta, ya que lo que se hace es retirar el permiso de circulación donde figura como titular el anterior propietario y emitir uno nuevo, a nombre del comprador. Por lo tanto, si este trámite no se va a realizar (los vehículos dados de baja carecen de permiso de circulación, puesto que no pueden circular por la vía pública), para que quieres pagar las tasas de transferencia?

La cuestión es sencilla... un vehículo de alta debe someterse a la legislación de tráfico; un vehículo de baja no, porque como no va a circular, pasa a ser un objeto (lo puedes poner en un museo, como decoración de un bar o pub o rodar con él en circuito. Mientras no pise la calle...). Ese trámite que dice tu amigo es el correcto para los vehículos dados de alta.

En el otro post he puesto como lo haría yo, por si quieres echarle un vistazo.

De todos modos, para quedarte plenamente tranquilo, lo mejor que puedes hacer es consultar en tráfico y/o en un gestor.