Según he podido ver en el contrato de compra venta, pone esto a ver si por aquí me puedo salvar:
Traducido mas o menos que es catalan cerrado

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6: EL comprador se hace cargo desde este momento, de todas las responsabilidades que se puedan contraer como a consecuencia de la propiedad del vehículo descrito que acepta, para su pertenencia o uso.
El Lunes tengo que ir a trafico a presentar un recurso extraordinario y rezar..... la chica de trafico me ha dicho que esté tranquilo y no me preocupe, me ha tratado muy bien la verdad, igual que los mossos a los que he consultado y un compi que tengo en comisaria, es mas me ha dicho que el articulo de la infracción no es por tema de placas o vehiculo si no por circular por la acera con la moto. Muy raro todo, porque entonces la multa con cargos penales por modificar la matricula (que yo no hice) o tiene sentido.
En fin espero que tengan razón y se solucione. iré poniendo como va el tema por si le sirve a alguien mas porque como para fiarse de la gente, no se puede ir de buenas en esta vida ....