Efectivamente, llevaban un tiempo amenazando con esto y parece que este año ya lo han hecho:
https://www.dgt.es/es/prensa/notas-d..._un_anho.shtml
Aunque no entra en vigor todavía, parece que aplicará a los que den de baja temporal el vehículo a partir del año que viene. Los que ya lo tienen de baja temporal no tendrán que renovar:
ENTRADA EN VIGOR
Si bien la entrada en vigor se produce al día siguiente de su publicación en el BOE, en realidad, la disposición transitoria segunda establece un año de plazo para que las administraciones adopten sus procedimientos y autorizaciones. En este sentido, según la consulta realizada a la DGT por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia, es muy probable que la medida no se haga efectiva antes del 15 de abril del año 2022, un año después de la publicación en el BOE del real decreto. Es decir, que la obligación de la renovación anual se aplicará a las solicitudes de baja temporal que se produzcan a partir de entonces, por lo que hasta el 15 de abril esta medida no entraría en vigor.
Yo tengo una moto de baja temporal y en la app de la DGT me dice que está de baja temporal por tiempo indefinido, nada de límite ni renovación.