Cita:
Originalmente publicado por Jimmy
Esto sale mucho y yo creo que la mayoría de la gente no sabe que se refiere a un vicio oculto QUE EL VENDEDOR CONOCE. Si te venden una moto que tiene el cigüeñal en las últimas y a la semana de comprarla parte, tienes que demostrar que el vendedor conocía ese defecto y te lo ocultó para la venta.
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No, eso no es cierto..... es vicio oculto tanto si lo conoce el vendedor como si no lo conoce.
Como se establece en el artículo 1486 del Código Civil, en el supuesto en que el vendedor ya conociera los defectos del vehículo y no los manifestara al comprador, éste tendrá derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que le pudiera ocasionar la rescisión del contrato.
Es decir que si el vendedor no conoce el defecto ha de asumir la reparación o deshacer la venta, pero si pueden demostrar que le has vendido la moto conociendo que hay un defecto oculto, te pueden pedir no solo deshacer la venta si no incluso una indemnización.