No os liéis.
1.- El dueño la da de alta (en la DGT)
2.- Se hace la transferencia entre particulares como toda la vida (impuesto sobre transmisión de vehículos entre particulares de la hacienda autonómica, en andalucía es el modelo 621, y trámite en la DGT)
3.- El nuevo dueño la vuelve a dar de baja temporal (en la DGT)
Ni itv, ni denuncia, ni historias. Y, por cierto, una baja definitiva IMPLICA que la moto la recoge y la destruye un centro autorizado (desguace), y es el mismo centro el que tramita la baja definitiva.
Luego otra cosa, es tremendamente recomendable que cuando vayáis con la moto en vuestros remolques por ahí, que llevéis la documentación que demuestra que la moto es vuestra (contrato compraventa, ficha técnica, resguardo de la dgt con el trámite de la baja temporal). Os puede doler mucho la cabeza como deis con un guardia civil poco amistoso (que suele ser lo habitual).
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