Muy buenas Raymon, bienvenido al bonito mundo de la fiscalidad!!. Pues sí, para que sea válida una aportación a un equipo como patrocinador, debes estar dado de alta con NIF ó NIE y emitir una factura a favor del donante, por la que éste se podrá desgravar el año siguiente el porcentaje que permita la ley, en función si es persona física ó jurídica. Desconozco la obligatoriedad de estar dado de alta en la Seguridad Social, aunque por lógica, si emites un documento por haber recibido un dinero, en tu contabilidad debes anotarlo, y pasar cuentas con nuestros socios de hacienda. Ésto es, si como imagino eres persona física y supongo sin ánimos de lucro en el sentido de negocio, si emites factura con tu NIF, lo deberías incluir en la declaración de renta del siguiente 2017, en el apartado que corresponda, que se sumaría a la base imponible de tu actividad ordinaria -como entradas dinerarias-, y pagarías en función del escalado que nuestros supinos políticos determinen. Saludos, espero haberte ayudado en algo,