Hoy toca hablar de la Asistencia Sanitaria. Es decir: Esta cobertura garantiza los gastos médicos, quirúrgicos o farmacéuticos, de rehabilitación y estancias en hospitales, así como el transporte sanitario necesario, que se deriven de un accidente cubierto. Incluye también la primera prótesis practicada para corregir las lesiones resultantes, dentro de los límites contractuales. Ésta se puede contratar desde un mínimo de 6.000€ hasta la cobertura ilimitada. Dicha cobertura se puede contratar con ó sin franquicia -es de 200€- y cubre un período de indemnización que finaliza a los dos años naturales (ininterrumpidos) a contar desde la fecha del siniestro. Felices calorcitos...