Hola,
La verdad es un tema que yo no tengo claro, en principio según la ley para transferir un vehículo este debe estar de alta o matriculado y para darle de alta o rehabilitarle de una baja temporal en teoría hay que pasar la itv, pero hay foreros que han contado que ellos vendieron la moto de baja de temporal e hicieron el alta, la transferencia y una nueva baja sin itv.
Yo he vuelto a preguntar en tráfico de Madrid y me han dicho lo mismo ……… en fin siento no poder serte de más ayuda, pregunta a una gestoría especializada en trámites de tráfico.
Sino lo que te dicen, contrato de compraventa indicando todo esto y que el comprador se quede con el dni del vendedor y así luego puede rehabilitar el vehículo, pagando entonces el Impuesto………. Pero eso si mientras tanto el vehículo va a seguir figurando a nombre del actual propietario.
Saludos.
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