Haz caso a Pakito, nada de "denuncias públicas".
Por cierto Pakito, tienes razón en este caso es dudoso que proceda el monitorio, más que por que no haya factura (hay otros documentos que justifican la deuda) porque técnicamente lo correcto es instar la resolución judicial de la compraventa, y eso no es objeto del monitorio, que realmente es un requerimiento de pago ............. de todas formas sería un "juicio verbal" y por la cuantía estaría exento de tasa y no sería preceptivo ni abogado, ni procurador ......... pero vamos es un coñazo y encima en este caso al ser entre particulares y no ser de aplicación la Ley de Consumidores, todo esto en el Juzgado del lugar de residencia del demandado........
Saludos