a Todocircuito - Ver post - Denuncia por ir en un patinete electrico
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Anterior 14-jul-2014, 10:00  
Dodi
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Copio un extracto de la instrucción de la DGT de fecha 26 de septiembre de 2001.

Saludos

Los patinetes con motor no se encuentran recogidos en la clasificación y categorías de los vehículos a efectos de homologación y de cumplimentación de las tarjetas de inspección técnica o de la documentación necesaria para la matriculación recogidas en el anexo II del R. G. de Vehículos, aprobado por RD 2822/98, de 23 de diciembre, y no se pueden considerar vehículos de motor a los efectos de la Ley de Seguridad Vial. En cuanto a la posible asimilación de estos patinetes con motor a los ciclomotores, formulada consulta al respecto a la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial, ésta informa que los patinetes autopropulsados no tienen la condición de vehículos, salvo que estén debidamente homologados, para lo cual deberían cumplir con la Directiva 92/61 CEE, relativa a la recepción de vehículos de dos o tres ruedas, lo que les permitiría su matriculación como si de un ciclomotor se tratara. Tampoco se trata de bicicletas ni de bicicletas con pedaleo asistido como se puede deducir de las definiciones que de estos vehículos se contienen en el citado anexo II.
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