Hola de nuevo wtunix:
Te voy a poner el extracto de la nueva normativa UE.
"Desde el 19 de Enero de 2013 el nuevo permiso de conducción, es igual para todos los países miembros de la Unión Europea y se denomina “Permiso de conducción de la UE” en base a la Directiva 2011/94/UE de 28 de noviembre de 2011 sobre la conveniencia de adaptar las nuevas autorizaciones válidas para conducir en la Unión Europea...
...El permiso de conducir A2 autoriza a conducir motos de potencia media, hasta los 500 cc. con una potencia máxima de 35 kW (aprox. 48 CV) y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg. En el caso de tratarse de una moto limitada, dicha moto sin limitar no puede tener una potencia superior a 96CV (aprox.). Para obtener dicho permiso de moto, además de tener cumplidos los 18 años, será necesario superar las pruebas..."
Según esto.
En este tipo de motos que no llevan limitación y que de fábrica salieron así, que les quieres aplicar según esta normativa?
En los papeles pone lo que la norma dice. Y ese papel que es oficial y que es por el cual pagas impuestos y te hacen los seguros, etc, es el que firma el fabricante y la ITV correspondiente. Yo no miento y lo que dice el fabricante y la ITV que la ha inspeccionado y autorizado a circular, es que esa moto tiene lo que dice el papel.
No se a ti, pero a mi me parece del todo legal, te pongas como te pongas.
|