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Anterior 29-dic-2012, 10:40  
Gori74
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Originalmente publicado por cbr-rito Ver post
Voy a poner aqui mi duda, ya lo he hehco en otro post, pero a ver si alguien me sabe responder:

Pongamonos en el caso de que me saco el seguro anual X, ya sea caser o FCMM o el que sea, como soy de Cataluña los circuitos de aqui no lo aceptan y me hacen pagar un seguro para ese dia que ademas me ofrece unas coberturas de risa. Por mala suerte o mala cabeza mia sufro una caida que requiere atencion sanitaria, ya sea que me rompo algo, me tienen que operar, etc. Podria utilizar mi seguro anual con mejores coberturas en lugar del seguro de un dia?O mi seguro anual podria lavarse las manos por haber tenido que contratar dicho seguro?

PD: Sea como sea en Cataluña nos joden por todos lados.

Si hay algún abogado en la sala, que me corrija :

CONCURRENCIA DE SEGUROS Y COASEGURO

El principio indemnizatorio no impide que puedan coexistir varios contratos de seguro sobre el mismo interés, frente a un mismo riesgo y por el mismo período de tiempo. A esta situación se le denomina seguro cumulativo o concurrencia de seguros. Para evitar el enriquecimiento injusto del asegurado, la LCS (art. 32) prevé lo siguiente:
- Antes del siniestro el tomador o el asegurado deberán comunicar a cada asegurador el resto de los seguros que hayan contratado sobre el mismo interés para los mismos riesgos y períodos de tiempo.

- Si se produce el siniestro el tomador o el asegurado deben comunicarlo a cada uno de los aseguradores, indicando el nombre de los demás. Los aseguradores abonarán la indemnización que corresponda en proporción a la suma asegurada que cada uno de ellos tenga contratada.

Si el asegurado no realiza estas comunicaciones dolosamente, los aseguradores quedarán liberados del pago de la indemnización. La situación de seguro cumulativo sólo puede darse en los seguros de daños, puesto que es perfectamente lícita la coexistencia de varios seguros de vida o de accidentes.


En otros casos son los aseguradores los que deciden cubrir conjuntamente un riesgo, poniéndose previamente de acuerdo respecto al porcentaje asumido por cada uno. En este caso nos hallamos ante un coaseguro.

Editado por Gori74 en 29-dic-2012 a las 10:42
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