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Anterior 21-nov-2012, 11:02  
trenado34
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Hola Samu. Acabo de leer tu post y veo muchos consejos, todos ellos sin duda con la mejor intención, pero no todo lo que te dicen es correcto, y no todo lo que cuentan es exactamente asi.

Voy a intentar arrojarte un poco de luz al respecto, a ver si soy capaz.
En primer lugar, cuando hay un accidente de éste tipo, la denuncia con un abogado se torna casi imprescincible. Y te digo esto porque la tramitación de tu indemnización a través de la Cia Aseguradora de tu moto, con los convenios que hay entre ellas, implica necesariamente acuerdos solo cuando la cosa está muy clarita, y siempre en cantidades inferiores a las que podrias obtener por via judicial. Por Que? pues porque entre las Compàñias hay un pacto de no agresión que en via extrajudicial se cumple a rajatabla entre ellas. Una vez que el asunto está en el Juzgado y a pesar de que te lo pudiera llevar el abogado de la Compañia, depende de la profesionalidad y orgullo del mismo, aunque también son favorables a llegar a un acuerdo.
En un caso como el tuyo en que hay un golpe en cadena, todos echan la culpa al de detras, y a su vez el de detras alega que el no te ha dado, que te ha dado otro. Al final el desencadentante del accidente es el responsable ultimo del accidente y tendrá que pagar, pero me temo que en un caso como el tuyo salvo que acudas a los Tribunales, te van a estar mareando mucho tiempo para finalmente ofrecerte menos de lo que podrias sacar.
Los plazos para interponer las correspondientes acciones judiciales son de seis meses por via penal desde la fecha del accidente (Juicio de Faltas por imprudencia derivada del uso de un vehiculo a motor, art. 621 del CP) donde se ventila la responsabilidad penal del causante y la civil de su compañia en el siniestro. Y el otro plazo del que dispones es de un año por via civil (art 1902 del CC) como plazo general de prescripción de acciones por responsabilidad civil extracontractual, que es la que opera en un accidente de trafico (ya sabes, quien causa un daño está obligado a repararlo, etc etc), aunque dicho plazo puede verse incrementado si hemos interrumpido la prescripcion con requerimientos o denuncias previas. Pero bueno, te informo a los efectos legales pertinentes.
Otra cuestión a tratar es la de cobrar tu indemnización. Mucho me temo que deberías de forma urgente contactar con un abogado que lleve temas de trafico, de la zona donde tu residas y del que tengas alguna referencia. El sabrá perfectamente como actuar y lo mas inmediato es presentar la correspondiente denuncia o demanda, segun decida actuar por via PENAL O CIVIL ante el correspondiente juzgado. logicamente no podras cobrar hasta que no termine el procedimiento, ya sea a traves de acuerdo o a traves de Sentencia. lo bueno en estos casos es que siempre se cobra pq acaba pagando una aseguradora, lo que implica que tu cobro está asegurado. Si te corre prisa la reparación de la moto o la adquisición de otra, tendras que hacerlo adelantando tu el dinero y luego cobraras. Tienes derecho a reparar tu moto aunque el precio de la reparacion sea superior a la tasacion de la misma, lo que en derecho se llama restitutio in natura, pero se exige acreditar dicha reparacion y el coste de la misma a través de factura, como mínimo. Desde luego hagas lo que hagas, lo primero es cuantificar los daños que has sufrido, y pedir la peritacion de la moto a tu compañia, para ver si te compensa repararla o no. De dicha peritación obtendras la cantidad a reclamar, asi como si has sufrido heridas o lesiones, la indemnizacion que te corresponda por daños corporales, en cuyo caso te recomiendo la denuncia penal para que pueda verte el medico forense y realice el informe de sanidad correspondiente con el que poder reclamar tus lesiones debidamente valoradas sin que tengas que gastar en medicos privados.
En cuanto a lo de los honrarios de abogados...mucho me temo que es incierto que todos vayan a comisión, puesto que en reclamaciones pequeñas como es la tuya lo normal es que se hable de honorarios tasados por norma, que abonara en todo o en parte la cobertura juridica de tu seguro de circulacion, pero que en cualquier caso tendras como norma general que adelantar y luego reclamar a la compañia una vez haya terminado el asunto previa justificacion de la intervencion del abogado y presentación de minuta abonada. Lo normal es que te pidan una pqueña cantidad como provision de fondos y el resto a la finalizacion del procedimiento y una vez hayas cobrado. Lo de los porcentajes es algo que queda para reclamaciones de mayor entidad, donde al abogado le sale rentable, y por supuesto será dificil, salvo determinados abogados que no te recomiendo, que encuentres un abogado que solo cobre si cobras, De hecho conozco muchos que eso te prometen pero que luego no lo cumplen, y que luego te cobran y más de lo que esperas, y están en su derecho de reclamarte los honorarios que marcan las normas de los correspondientes colegios profesionales porque han trabajado, se gane, se pierda, se cobre mucho o se cobre poco. La forma de evitarlo es suscribir un documento de encargo de servicios profesionales donde reflejes esas condiciones de cobro. Pero me temo que salvo que sea un abogado de confianza,amiguete tuyo, lo vas a tener dificil.
Y te preguntaras que por qué se todo esto? la respuesta es obvia,soy abogado y llevo muchos temas de trafico. Se como funciona esto y mi consejo es que de forma inminente busques un abogado de tu zona, de confianza, con experiencia en asuntos de trafico, y lo pongas todo en sus manos. Es la unica manera de que no te acaben toreando, ya que si sigues pensando que la compañia te lo va a resolver, estas equivocado. La otra opcion es hacer uso de la cobertura juridica de la Cia aseguradora,. si la tienes contratada, y que te pongan en contacto con el abogado que sea para que el inicie tu reclamación. En ese caso es el unico en que tu no tendras que hacerte cargo de sus honorarios y en principio debería tratarte como cualquier otro abogado, pero cuidado con quien tratas porque no debemos nunca olvidar que al fin y al cabo trabajan par las compañias con lo que ello implica.
Espero haberte ayudado aunque me he extendido mas de la cuenta, y si tienes alguna duda en concreto, comentameló e intento ayudarte.
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