Joder me quedo flipado, hay alguno que afirma las cosas con una rotundidad acojonante, vamos solo le falta cortarse las venas, parece que todos son corredores de seguos.....
Voy a poner dos granitos mas de arena.
1.- El RD 1507/08 del 12 de septiembre esta a disposición de todos, en su apartado 1 deja bien claro que trasto se considera vehículo a motor, y todo vehiculo a motor DADO DE ALTA EN DGT debe estar asegurado.
Si bien en su apartado 2.1 dice que se considera HECHO DE CIRCULACIÓN, y en el 2.2 dice que NO es un hecho de circulación: Los derivados de la celebración de pruebas deportivas con vehículos a motor en circuitos especialmente destinados a esos efectos.
2.- En la práctica, que es lo que cuenta, DGT no cruza datos con FIVA excepto para fines estadísticos, no denuncia ABSOLUTAMENTE nada de oficio, salvo denuncia previa de un Agente de la Autoridad.
Los Agentes de la Autoridad SOLO, SÓLO y SÓLO, denuncian vehiculos estacionados en VÍAS PÚBLICAS (800€) o lugares privados de uso comun y los que estan CIRCULANDO (1500€).
Otra cosa, alguien a dicho que el FIVA se actualiza diariamente, FALSO, te lo puede confirmar cualquier Agente de la Autoridad que trabaje en carretera, se dan casos de vehículos que según el FIVA no están asegurados desde 1990, incluso mi coche sale sin seguro desde 2007.
No le deis más vueltas ni compliquéis más el tema con casos tipo.....a un amigo de un amigo de mi primo el de la CBR.....
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