Mucho cuidado con las cosas que se estan diciendo. Por favor todos los que esten interesados leed el Real Decreto Legislativo 8/2004 Capitulo II Seccion I Articulo 2.
Si alguien lee por algun lado que si las vias publicas, que si los garajes privados, que si los carros, por favor que lo diga, pero vamos, mas claro no puede estar.
http://noticias.juridicas.com/base_d...004.t1.html#a2
Saludos!!