hummm no creo que la cosa difiera mucho de las motos de campo o las motos sin papeles clasicas.
La moto entiendo que estando totalmente de baja se vende igual que las motos de cross como si fuera una lavadora, contrato privado de compraventa y listo.
Lo que puedes aportar es un certificado de que la moto esta de baja total, puesto que para tramitar dicha baja ha tenido que ir a la DGT el anterior propietario y darla de baja, no se puede dar una baja por generacion espontanea.
ejemplo un poco exagerado, te imaginas a la GC parando un camion de algun equipo del CEV o SBK y pidiendo los papeles de las motos para saber si son robadas, un poco tonto no? pues es lo mismo.
el carro si no supera en tara los 750k no esta registrado en la DGT como vehiculo a traccion considerandose accesorio del vehiculo tractor, por lo que poco te pueden pedir factura, es como si te la pidieran no se, de la vaca del coche o del cofre.
Darme una colleja si me paso de frenada