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Discusión: Sobre baja temporal
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Anterior 09-oct-2011, 18:33  
Perdi42
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Originalmente publicado por gabirr Ver post
1ª Vas a la ITV en grúa o remolque, y pasas la ITV al coche

2º Vas a tráfico, pagas los 7 euros de turno, rellenas el impreso de rehabilitación, y el coche está de "alta"

3º Como tienes la ITV en vigor (has llevado la fiche técnica sellada por la ITV para que lo comprueben) te dan el permiso de circulación

4º Como tienes el coche de alta, tienes la ITV en vigor, y tienes permiso de circulación, ya puedes asegurar el coche

Copiado de foro coches


No me refería a esto jejejejejeje
Lo que preguntaba en concreto es si tu tienes un vehículo de baja temporal pero ejemplo 2 años y luego lo das de alta, si estas obligado a pagar los numeritos de esos dos años que no has pagado, o simplemente empiezas a pagar otra vez cuando la das de alta en adelante.
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Corre corre que ya te pillare........
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